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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (29/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Miércoles 29 de octubre de 2014 536160 Técnico Inspector FAP ANSELMO WILSON MARTIN OLEA ALFARO Mecánico NSA: S-60547387 DNI: 43329903 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess NSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA Hostess NSA: C-71347907 DNI: 45555238 Empleada Civil FAP KATHERINE TERESA GARCIA CORDOVA Hostess NSA: C-78122012 DNI: 45091776 Empleada Civil FAP STEFANIA ANTONELLA ARFINENGO MESONES Hostess NSA: C-78133913 DNI: 47169366 TRIPULACIÓN ALTERNA Comandante FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO Piloto NSA: O-9582190 DNI: 43345549 Comandante FAP OMAR MARTIN SANCHEZ GUILNET LEON Piloto NSA: O-9582490 DNI: 43354037 Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess NSA: C-71347807 DNI: 44934122 Empleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Purser NSA: C-71512713 DNI: 40091107 AERONAVE ALTERNA LEAR JET 45XR FAP 526 TRIPULACIÓN PRINCIPAL Mayor FAP FIDEL ERNESTO CASTRO HERRERA Piloto NSA: O-9657996 DNI: 10558101 Mayor FAP JIMMY OSWALDO RIOS TAVARA Piloto NSA: O-9664497 DNI: 10863814 Técnico de 1ra. FAP JOSE FREDDY GONZALES TERRONES Mecánico NSA: S-60514086 DNI: 18857960 TRIPULACIÓN ALTERNA Comandante FAP CARLOS MANUEL VARGAS CERNA Piloto NSA: O-9625893 DNI: 43357130 Artículo 2º.- La participación de las aeronaves alternas quedan supeditadas solamente a la imposibilidad de participación por parte de la aeronave principal; asimismo, la participación de las tripulaciones alternas quedan supeditadas solamente a la imposibilidad de participación por parte de la tripulaciones principales. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US$ 370.00 x 01 día x 10 personas = US$ 3,700.00 ------------------ Total a pagar = US$ 3,700.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM y su modi¿ catoria. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1156650-9 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan viaje de Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 355-2014-EF/10 Lima, 27 de octubre de 2014 VISTO: El O¿ cio N° 079-2014-SUNAT/1M0000, de la Secretaria Institucional de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (SUD) N° 22-6-BB/121, de fecha 15 de octubre de 2014, el Ministro de Relaciones Exteriores del Perú cursa invitación a la Superintendente Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria para que participe en el evento central del Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Perú- Ecuador, a realizarse en la localidad de Arenillas, provincia de El Oro, República del Ecuador, el día 30 de octubre del año en curso; Que, el Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Perú-Ecuador es la máxima instancia de diálogo político con el Ecuador y constituye una oportunidad para fortalecer los niveles de integración y cooperación existentes entre ambos países, así como avanzar en la identificación y realización de proyectos en beneficio mutuo, en especial de las poblaciones que habitan en la Zona de Integración Fronteriza (ZIF); Que, conforme a lo acordado en la XIII Reunión de la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana, realizada recientemente en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el Gabinete Binacional se dividirá en cinco ejes temáticos: (i) Asuntos Sociales; (ii) Medio Ambiente; (iii) Seguridad y Defensa; (iv) Infraestructura y Conectividad, y (v) Productivo, Comercio, Inversiones y Turismo. Asimismo, se abordará la temática de régimen fronterizo sobre facilitación del tránsito de personas, vehículos, embarcaciones À uviales y marítimas; Que, actualmente, la SUNAT participa en la formulación de un Régimen Simpli¿ cado de Intercambio Comercial Fronterizo, así como en la Sección Nacional Peruana de la Comisión Binacional Perú-Ecuador, desarrollando acciones y estrategias en coordinación con otras entidades del Estado peruano en la lucha contra el contrabando; Que, de acuerdo con el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, los viajes que efectúe el Superintendente Nacional serán autorizados mediante resolución expedida por el titular del Sector Economía y Finanzas; Que, en tal sentido, considerando la importancia de los temas a tratar y de los aportes de la SUNAT en la temática de régimen fronterizo, los cuales contribuirán al proceso de integración y cooperación con el Ecuador