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El Peruano Miércoles 29 de octubre de 2014 536162 cumplimiento de las veinticinco (25) metas establecidas para el 31 de julio de 2014. Asimismo, conforme al numeral 8.1 del mismo artículo 8º, los resultados de las evaluaciones son aprobados mediante Resolución Directoral de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, previo informe de dicha Dirección General, como requisito para la asignación de los recursos; disponiéndose que los gobiernos locales podrán presentar sus observaciones a estos resultados en los plazos que establezca el Ministerio de Economía y Finanzas, las cuales se analizarán con las entidades correspondientes y se procederá a la aprobación de resultados complementarios de las evaluaciones observadas sujetándose a la misma formalidad de aprobación antes mencionada; Que, conforme a la Resolución Directoral Nº 003- 2014-EF/50.01 y modi¿ catoria, norma que aprueba los Instructivos para el cumplimiento de las metas para el año 2014 en el marco del plan citado en el considerando precedente, correspondiente a las metas del 01 al 25 establecidas en el Anexo Nº 02 del Decreto Supremo N° 015-2014-EF; la evaluación del cumplimiento de las metas será realizada por determinadas entidades públicas en base a la información suministrada por los gobiernos locales. De esa manera, para las metas 01, 09 y 15 se realiza sobre la base de la información registrada por los gobiernos locales en el Sistema de Información de Obras Públicas a cargo de la Contraloría General de la República (CGR) al 31 de julio de 2014; para la meta 02 se considera la información remitida al Consejo Nacional para la Integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS), adscrito al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP); para las metas 03 y 10 se considera la información remitida a la Dirección General de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente (MINAM); para las metas 04 y 11 se considera la información remitida a la Secretaria Técnica del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana (CONASEC) del Ministerio del Interior (MININTER); para las metas 05 y 12 se considera la información remitida por la Dirección General de Promoción de la Salud (DGPS) del Ministerio de Salud (MINSA); para las metas 16 y 22 se considera la información remitida por la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP); para las metas 17 y 21 se considera la información remitida por la O¿ cina de Coordinación Regional del Ministerio de Educación (MINEDU); para las metas 18 y 23 se considera la información remitida por la Dirección General de Gestión de Usuarios (DGGU) del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); para la meta 08 se considera la información remitida por el Consejo Nacional de la Competitividad (CNC) del Ministerio de Economía y Finanzas; para las metas 14, 19 y 24 se realiza sobre la base de la información registrada por los gobiernos locales en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF-SP y cuya evaluación está a cargo de la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); y ¿ nalmente, la evaluación de las metas 06, 07, 13, y 20, 25 estarán a cargo de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) en base a la información registrada por los gobiernos locales en el Sistema Integrado de Administración Financiera – SIAF-SP y el Sistema de Gestión Presupuestal – SGP, respectivamente, al 31 de julio de 2014. Que, en el marco de lo señalado en los considerandos precedentes, la Dirección de Calidad del Gasto Público de la Dirección General de Presupuesto Público, ha determinado una relación complementaria de Gobiernos Locales que han cumplido la metas 09 “Registro y seguimiento de las obras en ejecución, en el Sistema de Información de Obras Públicas (INFObras)”, la meta 15 “Registro de las obras en ejecución, en el Sistema de Información de Obras Públicas (INFObras)”, las metas 03 y 10 “Implementar un programa de segregación en la fuente y recolección selectiva de residuos sólidos domiciliarios en un 25% y 20% de viviendas urbanas del distrito (según corresponda)”, las metas 06 y 13 “Incremento en 12% y 14% (según corresponda) de la recaudación predial respecto a lo recaudado al 31 julio del 2013 y registro de información en aplicativo”, la meta 14 “Ejecución presupuestal de inversiones igual o mayor al 40% del PIA de inversiones y alineamiento estratégico del 75% o alineamiento competitivo del 40%”, la meta 19 “Ejecución presupuestal de inversiones igual o mayor al 40% del PIA de inversiones y alineamiento estratégico del 70% o alineamiento competitivo del 30%”, la meta 24 “Ejecución presupuestal de inversiones igual o mayor al 40% del PIA de inversiones y alineamiento estratégico del 60% o alineamiento competitivo del 25%”, la meta 16 “Atención de calidad en la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente – DEMUNA”, la meta 22 “Creación de la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente – DEMUNA”, las metas 17 y 21 “Realizar acciones de monitoreo al mantenimiento preventivo en los locales escolares de la jurisdicción”, sobre la base del análisis de la información complementaria remitida por las dependencias competentes; Que, teniendo en cuenta que mediante Resolución Directoral Nº 020-2014-EF/50.01 se aprobaron los resultados de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente al 31 de julio de 2014, y, dado que a la fecha se cuenta con información complementaria que amplia los resultados de la citada evaluación, resulta necesario aprobar resultados complementarios de la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13º de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, los artículos 3º y 4º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y el artículo 8º de los procedimientos para el cumplimiento de metas y la asignación de los recursos del referido Plan, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2014-EF; SE RESUELVE: Artículo1º.- Objeto Modi¿ car el anexo de la Resolución Directoral Nº 020- 2014-EF/50.01, incorporando resultados complementarios a la evaluación del cumplimiento de las metas del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal correspondiente al 31 de julio de 2014, conforme a los Anexos N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, y N° 7 que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral, rati¿ cándose en lo demás que contenga la Resolución Directoral Nº 020-2014-EF/50.01 y el anexo respectivo. Artículo 2°.- Asignación de recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal La asignación de los recursos del Plan de Incentivos a la Mejora de la Gestión y Modernización Municipal del año 2014, se encuentra supeditada a las condiciones de otorgamiento de recursos vinculados a instrumentos de incentivos, a que se re¿ ere la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 y modi¿ catoria. Artículo3º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como los Anexos referidos en el artículo 1°, en el Diario O¿ cial “El Peruano”. Dichos Anexos también deberán ser publicados en el portal electrónico institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación o¿ cial de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RODOLFO ACUÑA NAMIHAS Director General Dirección General de Presupuesto Público