NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 13
El Peruano Sábado 20 de setiembre de 2014 532907 Artículo 3.- Normas complementarias El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cada uno en el marco de sus competencias, podrán dictar las normas complementarias para la implementación de la presente norma. Artículo 4.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por la Ministra de Comercio Exterior y Turismo y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de setiembre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1140557-1“Anexo I Distribución de la Información del Documento Único de Escala - DUE y documentos vinculados DOCUMENTOAutoridad MigratoriaAutoridad de SaludAdministración AduaneraAutoridad Marítima NacionalAutoridad de Sanidad AgrariaAdministrador PortuarioAutoridad Nacional de Transporte AcuáticoAutoridad Portuaria Autorización de zarpe último puerto XX X X X X X /Código PBIP (Código de Protección de Buques e Instalaciones Portuarias)XX X X Declaración General de Arribo (Fal 1) (*) XX X X X X X Rol de tripulación (Fal 5) (*) XX X X X X Efectos de la Tripulación (Fal 4) (*) X Lista de Pasajeros (Fal 6) (*)XX X X X X Mani fi esto de Carga Peligrosa (Fal 7) (*)XX X X Declaración Marítima de Sanidad X Declaración Complementaria de Sanidad X Plano de Estiba de Mercancía Peligrosa XX Plano de Estiba para Mercancía a Granel X Lista de Vacunas X Lista de Narcóticos XX Certi fi cado de Exención de Control de Sanidad a Bordo o Certi fi cado de Control de Sanidad a Bordo (vigentes)X Declaración de Carga (Fal 2) (*) X Lista de Provisiones a Bordo (Fal 3) (*) X Declaración General de Zarpe (Fal 1) (*) XX X X X X Copia de la Comunicación a la Autoridad Marítima de su ingreso a aguas peruanas (EPW) de naves que operan en puertos PeruanosX Reporte de Lastre X Guía de Valija y Envíos Postales X Plan de Navegación X Documentos para la autorización de Mercancías Peligrosas Clase 1X Lista de armas y municiones X Autorización de operación de las naves de bandera nacional. Xx Póliza de seguro vigente de naves marítimas, fl uviales y lacustres. XX Constancia de Fletamento para naves de bandera extranjera- Cabotaje XX Autorización para Operaciones y Actividades Offshore XX Documento de pago de tarifa o peaje por el uso público de infraestructura de transporte de vías navegablesX (*) Referido a los formularios previstos en el Convenio para Facilitar el Trá fi co Marítimo Internacional de 1965, de la Organización Marítima Internacional.