NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (20/09/2014)
CANTIDAD DE PAGINAS: 88
TEXTO PAGINA: 20
El Peruano Sábado 20 de setiembre de 2014 532914 Técnico Inspector FAP MIGUEL SEGUNDO ORDINOLA ORDINOLA Mecánico NSA: S-60315081 DNI: 32770790Técnico de 1ra. FAP EDGAR ALEJANDRO MARALLANO RAMOS MecánicoNSA: S-60642391 DNI: 20992601Empleada Civil FAP CLAUDIA MARCELA ORTEGA FIGUEROA HostessNSA: C-71347907 DNI: 45555238Empleada Civil FAP KATHERINE TERESA GARCIA CORDOVA HostessNSA: C-78122012 DNI: 45091776 Artículo 2º.- La participación de la aeronave alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la aeronave principal; asimismo, la participación de las tripulaciones alternas quedan supeditadas solamente a la imposibilidad de participación por parte de la tripulaciones principales. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2014, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 440.00 x 07 días x 11 personas = US$ 33,880.00 TOTAL = US$ 33,880.00 Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1140560-4 Autorizan viaje de oficiales del Ejército del Perú a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 481-2014-DE/EP Lima, 19 de setiembre de 2014 VISTO: El O fi cio Nº 1677/DIEDOC/C-5.b, del 08 de setiembre de 2014, del Director de Educación y Doctrina del Ejército. CONSIDERANDO:Que, mediante O fi cio P.200-0893 del 02 de setiembre de 2014, el Director de la Escuela Superior de Guerra Naval, informó al Comandante General del Comando de Personal del Ejército, que la Escuela Superior de Guerra Naval, dentro de sus actividades académicas como parte de la currícula del Programa de Comando y Estado Mayor y Maestría en Estrategia Marítima, tiene programada la realización de viajes profesionales de sus alumnos, entre ellos seis (06) miembros del Ejército del Perú a la República de Colombia; Que, con el documento del visto, el Director de Educación y Doctrina del Ejército informa al Director de Relaciones Internacionales del Ejército, que el Jefe del Estado Mayor General del Ejército ha designado en Comisión de Servicio en el extranjero a los seis (06) O fi ciales Superiores, los cuales se encuentran realizando el Programa de Comando y Estado Mayor y Maestría en Estrategia Marítima, en la Escuela Superior de Guerra Naval, para que participen en el viaje profesional a la Ciudad de Bogotá – República de Colombia del 22 al 26 de setiembre de 2014; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del personal militar que se detalla en la parte resolutiva, lo cual permitirá al Ejército del Perú disponer de personal instruido en los aspectos inherentes a su desarrollo humano, profesional y ocupacional con estándares similares a países desarrollados; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional del Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora 003, Ejército del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, del 05 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal militar durante la totalidad de la Comisión mencionada, es necesario autorizar su salida del país con UN (01) día de anticipación, así como su retorno UN (01) día posterior al término de la misma, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; Ley Nº 30114 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002 y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2004/DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-2009-DE/SG del 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el General de Ejército Comandante General del Ejército y lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, a los O fi ciales Superiores del Ejército del Perú, quienes se encuentran realizando el Programa de Comando y Estado Mayor y Maestría en Estrategia Marítima en la Escuela Superior de Guerra Naval, para que participen en el viaje profesional a la Ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 22 al 26 de setiembre de 2014, así como autorizar la salida del país el 21 de setiembre y su retorno el 27 de setiembre de 2014; de acuerdo al siguiente detalle: Nº GRADO NOMBRES Y APELLIDOS DNI 01 TTE CRL EP Juan Luis ZAVALA OLIVOS 2073439802 TTE CRL EP Néstor Fernando MAZUELOS VIZCARRA 43621032 03 TTE CRL EP Ladislao Humberto ROJAS SOTO 44117636 04 TTE CRL EP Bruno Raúl LOCATELLI LOPEZ 44175286 05 TTE CRL EP Jorge Luis SOTO FLORES 43339286 06 TTE CRL EP Gino Javier MENDIOLA UNZUETA 21527900 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Ejército del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al