Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2015 (10/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Viernes 10 de MORDAZA de 2015

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entre ellas la recomendacion en relacion a que Comite Especial podria hacerse cargo de conducir el proceso; d. Evaluar y emitir los informes tecnicos correspondientes para la verificacion del cumplimiento de los requisitos minimos para la admision a tramite de las iniciativas privadas cofinanciadas y autosostenibles; e. Gestionar a solicitud de los Comites Especiales la formulacion de estudios requeridos para las iniciativas privadas incorporadas al MORDAZA de promocion de inversiones a cargo de PROINVERSION; f. Elaborar, en el caso de iniciativas, el analisis comparativo a que se refiere el literal a) del articulo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1012, aprobado por Decreto Supremo N° 127-2014-EF y modificatoria y elevarlo al Comite Especial de Proyectos de Inversion Publica y al Comite Especial correspondiente para su aprobacion conjunta; g. Requerir a los Comites Especiales la contratacion de personas naturales o juridicas para la realizacion de los estudios tecnicos y/o economicos, y proponer los terminos de referencia correspondientes, en el MORDAZA del Reglamento para la Contratacion de Servicios y Adquisicion de Bienes; h. Formular las intervenciones y reformular los estudios de preinversion, y solicitar la declaratoria de viabilidad ante la Direccion General de Inversion Publica del Ministerio de Economia y Finanzas, o la que haga sus veces; de acuerdo con la normatividad vigente; i. Formular los estudios de preinversion requeridos para los proyectos del Portafolio de Inversiones, de conformidad con los planes y politicas nacionales, sectoriales, regionales y locales; j. Asistir a los concedentes a su solicitud, en la negociacion y suscripcion de adendas a los contratos de promocion de inversion privada; k. Poner a disposicion de los Comites Especiales y del Comite Especial de Proyectos de Inversion Publica los profesionales para conformar los equipos tecnicos, segun el perfil planteado por los respectivos Comites; que incluye a los Jefes de Proyecto, especialistas tecnicos, legales, economicos u otros que fueran requeridos por los respectivos Comites; l. Brindar apoyo tecnico a los Comites Especiales, al Comite Especial de Proyectos de Inversion y a sus Equipos Tecnicos, a solicitud, en la realizacion de los estudios tecnicos, legales y economicos que fueran necesarios para llevar adelante la formulacion de proyectos de inversion publica y los procesos de promocion de la inversion, asi como poner a su disposicion recomendaciones de buenas practicas a partir de la revision y sistematizacion de resultados obtenidos en procesos anteriores y/o del seguimiento de los procesos en curso; m. Apoyar a los Comites Especiales y sus Equipos Tecnicos con las coordinaciones necesarias con otras entidades del Estado para llevar adelante la formulacion de proyectos de inversion publica y los procesos de promocion de la inversion; n. Brindar apoyo a los Comites Especiales y sus Equipos Tecnicos en la identificacion de potenciales inversionistas para los procesos de promocion a cargo de PROINVERSION, promoviendo el desarrollo, implementacion y actualizacion de herramientas y mecanismos de soporte; o. Apoyar en la identificacion y evaluacion de las matrices de riesgos de los procesos de promocion de inversion privada a cargo de PROINVERSION y en la implementacion de medidas de mitigacion que permita concretar la suscripcion de contratos en condiciones de oportunidad y satisfaccion del concedente, concesionario e interesados en general; p. Cumplir las funciones de Secretaria Tecnica de los Comites Especiales, lo que implica llevar el registro de los Acuerdos de los Comites, cursar las comunicaciones correspondientes, realizar el seguimiento del cumplimiento de los acuerdos, asi como custodiar las actas de los acuerdos adoptados. Esta funcion podra ser delegada en otra persona en coordinacion con el respectivo Comite;

h. Constituir la primera instancia de resolucion de recursos impugnativos respecto a las decisiones de adjudicacion de buena pro de los procesos de promocion de inversion privada; i. Asistir a las sesiones del Consejo Directivo para informar respecto a la marcha de los procesos de promocion de la inversion privada que le han sido asignados; j. Las demas que le MORDAZA asignadas." Articulo 2.- Modificacion del articulo 20 del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION Modificar el articulo 20 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, aprobado con Resolucion Ministerial N° 083-2013-EF/10, el cual queda redactado en los siguientes terminos: "Articulo 20.- Funciones El Comite Especial de Proyectos de Inversion Publica tiene las siguientes funciones y atribuciones: a. Dirigir las acciones para la formulacion de intervenciones y la reformulacion de proyectos de inversion publica, en el MORDAZA de lo dispuesto en la Nonagesima Sexta Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 29951; b. Coordinar con la Direccion General de Inversion Publica del Ministerio de Economia y Finanzas, la evaluacion, la declaratoria de viabilidad o su verificacion, de los proyectos de inversion publica segun corresponda; c. Aprobar, de manera conjunta, con el Comite Especial correspondiente, en el caso de las iniciativas, el analisis comparativo a que se refiere el literal a) del articulo 3 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1012, aprobado por Decreto Supremo N° 127-2014-EF y modificatoria; d. Proponer al Consejo Directivo los proyectos de inversion publica que podran ser incorporados al MORDAZA de promocion de la inversion privada bajo la modalidad de Asociacion Publico Privada; e. Realizar las coordinaciones con los sectores del Gobierno Nacional o las entidades de los Gobiernos Regionales o Locales durante la formulacion y reformulacion de los proyectos prioritarios; f. Aprobar la contratacion de personas naturales y/ o juridicas para la realizacion de los estudios tecnicos y/o economicos necesarios para llevar a cabo sus funciones; g. Designar al representante de la Direccion de Promocion de Inversiones en los comites de contrataciones de los bienes y servicios, para la realizacion de los encargos requeridos por dicha Direccion, cuando corresponda; h. Las demas que MORDAZA asignadas por el Consejo Directivo". Articulo 3.- Modificacion del articulo 30 del Reglamento de Organizacion y Funciones de PROINVERSION Modificar el articulo 30 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Agencia de Promocion de la Inversion Privada - PROINVERSION, aprobado con Resolucion Ministerial N° 083-2013-EF/10, el cual queda redactado en los siguientes terminos: "Articulo 30.- Funciones Son funciones de la Direccion de Promocion de Inversiones: a. Proponer al Consejo Directivo, a traves del Director Ejecutivo, modificaciones normativas dentro del ambito de su competencia; b. Brindar el soporte tecnico, financiero y legal a los Comites Especiales, al Consejo Directivo, a la Direccion Ejecutiva y a los demas organos de PROINVERSION para facilitar el desarrollo de los procesos de promocion de la inversion privada; c. Evaluar y emitir los informes tecnicos, financieros y legales respecto a las iniciativas privadas y estatales presentadas a PROINVERSION, elevando al Director Ejecutivo las recomendaciones correspondientes;

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