Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2015 (10/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Viernes 10 de MORDAZA de 2015

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CONSIDERANDO: Que, mediante comunicacion electronica de fecha 4 de marzo de 2015, el Departamento de Investigacion del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), cursa invitacion al Ministerio de Economia y Finanzas para participar en la "XLI Meeting of The Network of Central Banks and Finance Ministries", a llevarse a cabo en la MORDAZA de MORDAZA D.C., Estados Unidos de MORDAZA, los dias 15 y 16 de MORDAZA de 2015; Que, el objetivo del mencionado evento consiste en abordar los temas relacionados a los retos economicos de la region, en el contexto actual de condiciones externas menos favorables; asimismo, reune a los principales economistas de Bancos Centrales y Ministerios de Finanzas de MORDAZA Latina y el Caribe, asi como a distinguidos invitados academicos y analistas internacionales; Que, la Direccion General de Politica Macroeconomica y Descentralizacion Fiscal es el organo de linea del Viceministerio de Economia del Ministerio de Economia y Finanzas, encargado de asegurar la estabilidad macroeconomica y financiera del MORDAZA, a traves del diseno y propuesta de las politicas economicas, tomando en consideracion el entorno macroeconomico y reglas fiscales vigentes del pais; Que, en tal sentido, resulta conveniente la participacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Direccion General de Politica Macroeconomica y Descentralizacion Fiscal del Ministerio de Economia y Finanzas en el evento MORDAZA citado; toda vez, que los temas a tratar se encuentran vinculados a las funciones de la citada Direccion General; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del articulo 10 de la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, establece que las autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los senalados en los literales a), b), c), d), e) y f) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante resolucion suprema;

DECRETA: Articulo 1.- Modificacion del numeral 4 del Apendice II del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N° 05599-EF Modificase el numeral 4 del Apendice II del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo N° 055-99-EF, por el siguiente texto: "4. Espectaculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de musica clasica, opera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados como espectaculos publicos culturales por la Direccion General de Industrias Culturales y Artes del Ministerio de Cultura." Articulo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los nueve dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1222598-2

Autorizan viaje de funcionario del Ministerio a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 011-2015-EF MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2015

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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