Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2015 (17/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Viernes 17 de MORDAZA de 2015

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mediante el Informe Nº 046-2015/COE-TC, del 02 de marzo de 2015, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires, el 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Homicidio Calificado, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1225786-5

Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y la Republica MORDAZA, suscrito en la MORDAZA de Buenos Aires, el 11 de junio de 2004; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA VALDIVIESO, formulada por la Sala Mixta Permanente de la Corte Superior de Justicia de La MORDAZA y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la Seguridad Publica - Tenencia Ilegal de Arma de Fuego, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica a la Republica MORDAZA, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Ministra de Relaciones Exteriores 1225786-4 RESOLUCION SUPREMA Nº 076-2015-JUS MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2015 VISTO; el Informe de la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 046-2015/ COE-TC, del 02 marzo de 2015, sobre la solicitud de extradicion activa a la Republica MORDAZA del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por la MORDAZA Sala Penal para Procesos con Reos en Carcel de la Corte Superior de Justicia de Lima; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del articulo 34º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 01 de octubre de 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion activa del ciudadano peruano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser procesado por la presunta comision del delito contra la MORDAZA, el Cuerpo y la Salud en la modalidad de Homicidio Calificado, en agravio de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (Expediente Nº 141-2014); Que, el literal a) del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Aprueban transferencia financiera a favor de Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito de competencia del Ministerio, la cual sera destinada al pago de remuneraciones y pensiones de MORDAZA 2015
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 066-2015-MIMP MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2015 Vistos, el Memorando Nº 130-2015-MIMP/DGFC de la Direccion General de la Familia y la Comunidad, el Informe Nº 076-2015-MIMP-DGFC-DIBPV-AACG de la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado, el Memorando Nº 186-2015-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 157-2015-MIMP/OGPP-OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones y el Memorando Nº 493-2015-MIMP/OGA de la Oficina General de Administracion del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables;

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