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El Peruano Viernes 17 de abril de 2015 550786 viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, la participación de la citada funcionaria de PROINVERSIÓN en el referido evento, se enmarca dentro de las acciones de promoción de la inversión privada consideradas de importancia para el Perú; en consecuencia resulta necesario autorizar el viaje en mención, respecto del cual UNCTAD, organizador del evento, asumirá los gastos por concepto de pasaje aéreo y alojamiento; asimismo, los gastos de alimentación y transporte interno, serán asumidos por PROINVERSIÓN, en tanto dure su estancia en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; De conformidad con lo dispuesto en la Directiva N° 002-2014-PROINVERSIÓN, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por los Decretos Supremos N° 005-2006-PCM y N° 056- 2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Yris Araceli Ríos Barzola, Directora (e) de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN, entre los días 17 y 23 de abril de 2015, a la ciudad Ginebra, Confederación Suiza, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quien en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirá las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 2º.- UNCTAD, organizador del evento, quien asumirá los gastos por concepto de pasajes aéreos y alojamiento y los gastos de alimentación y transporte interno en tanto dure su estancia en la ciudad Ginebra, Confederación Suiza, serán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos : US$ 1,080.00 Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO HERRERA PERRET Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 1225396-1 SEGURO INTEGRAL DE SALUD Autorizan lo solicitado por el INEN en lo referente a recursos transferidos con R.J. Nº 060-2015/SIS en el Programa Presupuestal Articulado Nutricional y el Programa Presupuestal Enfermedades No Transmisibles, a fin que sean incorporados ante el Ministerio de Economía y Finanzas en el programa presupuestal de Prevención y Control del Cáncer RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 084-2015/SIS Lima, 16 de abril de 2015 VISTOS: El Informe N° 002-2015-SIS/GNF-SGLP/ PHL con Proveído Nº 110-2015-SIS/GNF de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, el Memorando N°149- 2015-SIS/OGPPDO emitido por la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, el Ofi cio N° 005-2015-OGPP/INEN y el Informe N° 065- 2015-SIS/OGAJ/JMC con Proveído N° 210-2015-SIS/ OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece los principios así como los procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto a que se refi ere el artículo 11 de la Ley Nº 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, en concordancia con los artículos 77 y 78 de la Constitución Política del Perú; Que, en los numerales 12.1, 12.2 y 12.3 del artículo 12 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se dispone la autorización de las transferencias fi nancieras durante el Año Fiscal 2015, entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud, establece que la transferencia de fondos o pagos que efectúe el Seguro Integral de Salud requiere la suscripción obligatoria de un convenio o contrato, pudiendo tener una duración de hasta tres (3) años renovables, de igual modo, dispone que en los convenios que se suscriban con las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas podrá establecerse diferentes modalidades o mecanismos de pago; Que, mediante Resolución Jefatural N°060-2015/SIS de fecha 13 de marzo del 2015, se aprueba la transferencia del mes de marzo 2015 a las Unidades Ejecutoras a Nivel Nacional por la suma de S/.260´652,708.00 ( Doscientos sesenta millones seiscientos cincuenta y dos mil setecientos ocho con 00/100 nuevos soles), transfi riendo a la Unidad Ejecutora 1235: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, el importe de S/.7’146,828.00 (Siete millones ciento cuarenta y seis mil ochocientos veintiocho con 00/100 nuevos soles), a razón de S/.2,490.00 (Dos mil cuatrocientos noventa con 00/100 nuevos soles) en el Programa Presupuestal Articulado Nutricional: 0001, S/.9,379.00 (Nueve mil trescientos setenta y nueve con 00/100 nuevos soles) en el Programa Presupuestal Enfermedades No Transmisibles: 0018 y S/.7´134,959.00 (Siete millones ciento treinta y cuatro mil novecientos cincuenta y nueve con 00/100 nuevos soles) en Asignaciones (Sin Programa): 9002; Que, según Memorando N°149-2015-SIS/OGPPDO la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional comunica la solicitud del INEN efectuada con Ofi cio N°005-2015-OGPP/INEN, a fi n de que los recursos transferidos con RJ N°060-2015/SIS en los programas presupuestales Programa Articulado Nutricional: 0001 y Enfermedades No Transmisibles: 0018, sean reasignados al Programa Presupuestal Prevención y Control de Cáncer: 0024 por el importe de S/.11,869.00 (Once mil ochocientos sesenta y nueve con 00/100 nuevos soles); Que, en el marco de los principios de publicidad y transparencia del proceso de ejecución presupuestaria, es pertinente publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano”, la distribución de los recursos que se transfi eren a la Unidades Ejecutoras vinculadas al Seguro Integral de Salud por la Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias, correspondiéndoles tramitar ante sus respectivos Pliegos Presupuestales la incorporación de los recursos transferidos, dentro de su marco presupuestal; Con el visto de la Secretaría General, de la Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Gerencia de Riesgos y Evaluación de las Prestaciones, de la Ofi cina General de Administración de Recursos, de la Ofi cina General de Tecnología de la Información y con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,