Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2015 (17/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26918 se crea el Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo -SPR- con la finalidad de dirigir las actividades del Estado y convocar a la comunidad en general para la promocion, atencion y apoyo a ninos, adolescentes, mujeres, jovenes y ancianos, y en general toda persona en situacion de riesgo y abandono o con problemas siquicos, sociales o corporales que menoscaben su desarrollo humano; MORDAZA que a traves de su MORDAZA Disposicion Transitoria y Complementaria senala que el Organo Rector del Sistema aprobara la forma y plazo en el que las Sociedades de Beneficencia Publica o Juntas de Participacion Social, transformadas o no en fundaciones, iran asumiendo los costos que irrogan las remuneraciones de sus trabajadores; siendo que en tanto no se concluya con dicho MORDAZA, el Ministerio de Economia y Finanzas continuara transfiriendo los recursos aprobados en la Ley de Presupuesto Publico; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1098 se aprobo la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP, la cual establece en su articulo 5 literal m) que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables tiene dentro de su ambito de competencia el ejercicio de la rectoria sobre el Sistema Nacional de Voluntariado, el Sistema Nacional de Atencion Integral del MORDAZA, MORDAZA y Adolescente y el Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, entre otros; Que, a traves del articulo 12 de la Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, se autoriza al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ­ MIMP a efectuar, mediante resolucion del Titular del Pliego, transferencias financieras a favor de las Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran bajo el ambito de su competencia, para el pago de remuneraciones y pensiones; Que, el articulo 61 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2012MIMP, senala que la Direccion General de la Familia y la Comunidad es el organo de linea encargado de disenar, promover, coordinar, monitorear y evaluar las politicas, planes, programas y proyectos para la promocion y fortalecimiento de las familias, para la reinsercion familiar de ninas, ninos y adolescentes sin cuidados parentales, para la adecuada atencion de la poblacion por las Sociedades de Beneficencia Publica y los referidos a Personas Adultas Mayores y sus derechos; asi como normar, disenar, promover, coordinar y supervisar el servicio de voluntariado; Que, en merito a lo senalado, mediante Memorando Nº 130-2015-MIMP/DGFC del 1 de MORDAZA de 2015, la Direccion General de la Familia y la Comunidad hace MORDAZA el Informe Nº 076-2015-MIMP-DGFC-DIBPV-AACG de la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado, el cual solicita la transferencia de recursos financieros a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOSY 24/100 NUEVOS SOLES(S/. 467 392,24), para el pago de remuneraciones y pensiones,correspondiente al mes de MORDAZA de 2015; Que, con Memorando Nº 186-2015-MIMP/OGPP del 6 de MORDAZA de 2015, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto hace MORDAZA el Informe Nº 157-2015MIMP/OGPP-OPI de la Oficina de Presupuesto e Inversiones, a traves del cual emite opinion favorable para la transferencia financiera a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran bajo el ambito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, para el pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de MORDAZA de 2015, por lo queotorga la disponibilidad presupuestaria por el monto de hasta CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 24/100 NUEVOS SOLES (S/. 467 392,24)en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, especifica de gastos "2.4.1.3.1.4 a Otras Entidades Publicas"y metas presupuestarias senaladas en el Cuadro Nº 1 adjunto al citado Informe; Que, mediante Memorando Nº 493-2015-MIMP/ OGA del 7 de MORDAZA de 2015, la Oficina General de Administracion ha senalado que no encuentra objecion para la transferencia financiera a favor treinta y un (31)

El Peruano Viernes 17 de MORDAZA de 2015

Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran bajo el ambito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, la cual debera ser formalizada con resolucion ministerial, en virtud de lo establecido en el literal c) del numeral 12.1 del articulo 12 de la Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, por lo que recomienda su tramite correspondiente; Que, en tal sentido, a fin de efectivizar el pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de MORDAZA de 2015, de los trabajadores y pensionistas de las treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, resulta pertinente emitir el acto por el que se apruebe la transferencia financiera hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 24/100 NUEVOS SOLES (S/. 467 392,24) a favor de las citadas Sociedades de Beneficencia Publica; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, de la Direccion General de la Familia y la Comunidad, de la Secretaria General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Administracion y de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 30281 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley Nº 26918 ­ Ley de creacion del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo ­ SPR; el Decreto Legislativo Nº 1098 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y, el Decreto Supremo Nº 0032012-MIMP que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la transferencia financiera del Pliego 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, Unidad Ejecutora 001: Administracion Nivel Central, hasta por la suma de CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS Y 24/100 NUEVOS SOLES (S/. 467 392,24) a favor de treinta y un (31) Sociedades de Beneficencia Publica que se encuentran en el ambito de competencia del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, la cual sera destinada al pago de remuneraciones y pensiones, correspondiente al mes de MORDAZA de 2015, de los trabajadores y pensionistas de las citadas Sociedades de Beneficencia Publica. Articulo 2.- La Oficina General de Administracion debera efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3.- Las Sociedades de Beneficencia Publica deberan efectuar las rendiciones respectivas de los recursos transferidos, debiendo informar las mismas a la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado de la Direccion General de la Familia y la Comunidad. Los recursos asignados que no fueren utilizados deberan ser revertidos al Tesoro Publico. Articulo 4.- La Direccion General de la Familia y la Comunidad, a traves de la Direccion de Beneficencias Publicas y Voluntariado, y la Oficina General de Administracion, en el MORDAZA de sus competencias, seran los responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los recursos materia de transferencia. Articulo 5.- Disponer que el Anexo a que se refiere el articulo 1 de la presente Resolucion se publique en el MORDAZA institucional del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (www.mimp.gob.pe) en la misma fecha de publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial "El Peruano". Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HUAITA MORDAZA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1225748-1

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