Norma Legal Oficial del día 05 de agosto del año 2015 (05/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Miércoles 5 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

558647

Inmueble, propone se otorgue el reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura a los señores Yuji Seki y Yoshio Onuki, respectivamente, quien en el primer caso ha dedicado 36 años, y en el segundo caso 55 años, a la investigación arqueológica de la prehistoria andina en suelo peruano, destacando por sus investigaciones en campo y gabinete, realizando valiosos aportes a la disciplina a partir de sus trabajos en el marco de la Misión Japonesa Arqueológica de la Universidad de Tokio, dedicando sus esfuerzos a la consolidación de la secuencia cronológica del periodo formativo en la cuenca de Cajamarca, donde han desarrollado investigación arqueológica de manera ininterrumpida, comprometidos con la continuidad de los trabajos de la Misión Japonesa Arqueológica de la Universidad de Tokio en el país y con la gestión del patrimonio cultural en las comunidades cercanas a los sitios arqueológicos en los que desarrollan sus investigaciones; Que, de conformidad con las funciones establecidas en el numeral 78.14 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes tiene, entre otras, la función de emitir opinión técnica y recomendación en materia de su competencia, tales como para el otorgamiento de reconocimientos al mérito a los creadores, artistas, personas y organizaciones que aporten al desarrollo cultural del país, solicitando los informes correspondientes a los órganos de línea del Ministerio; Que, a través del Informe N° 439-2015-DGIA-VMPCIC/ MC de fecha 24 de julio de 2015, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes manifiesta que resulta positiva la iniciativa de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, elevando al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales el expediente de las dos personas propuestas para continuar el procedimiento destinado al otorgamiento del reconocimiento como Personalidad Meritoria de la Cultura; Que, en ese contexto, mediante Memorando N° 244-2015-DGIA-VMPCIC/MC de fecha 31 de julio de

2015, la Dirección General de Industrias Culturales y Artes, en relación al informe citado en el párrafo precedente, precisa que de acuerdo al numeral 78.14 del artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, hace suyo el Memorando N° 1563-2015-DGPA-VMPCIC/MC y el Memorando N° 1565-2015-DGPA-VMPCIC/MC, emitidos por la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, manifestando la aprobación de dicha Dirección General para el otorgamiento del mencionado reconocimiento; Que, en mérito a los informes emitidos por las áreas técnicas, el Ministerio de Cultura ha considerado distinguir como Personalidad Meritoria de la Cultura a los señores Yuji Seki y Yoshio Onuki, quienes por su destacada labor han realizado un valioso aporte al desarrollo cultural del país; Con el visado del Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, del Director General, designado temporalmente, de la Dirección General de Industrias Culturales y Artes y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 0052013-MC; y la Directiva N° 001-2011/MC, Directiva sobre la declaratoria de las manifestaciones del Patrimonio Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación y el Otorgamiento de Reconocimientos, aprobada por Resolución Ministerial N° 080-2011-MC y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Otorgar la distinción de "Personalidad Meritoria de la Cultura", por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, a las siguientes personas: - YOSHIO ONUKI, por su destacado aporte a la investigación arqueológica de la prehistoria andina y

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