Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2015 (20/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de agosto de 2015 /

El Peruano

Saludan a la Provincia Constitucional del Callao al celebrarse el 179° Aniversario de su creación política
ACUERDO DE CONCEJO Nº 037-2015-MDLP La Perla, 10 de agosto del 2015 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE LA PERLA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Perla, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, estando a la propuesta de Saludo Institucional a la Provincia Constitucional del Callao con ocación de su 179º Aniversario de Creación Política, ocurrida el 20 de agosto de 1836, formulada por el Señor Regidor Carlos Enrique Avalos Moreno, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con la aprobación en Mayoría de sus miembros y la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; ACORDÓ: Artículo Primero.- SALUDAR a nombre del Concejo Municipal, a la Provincia Constitucional del Callao al celebrarse, el próximo 20 de agosto, el 179º Aniversario de su Creación Política, elevando los mejores deseos de progreso y desarrollo para bien de sus habitantes. Artículo Segundo.- EXTENDER el presente Saludo Institucional al Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, Dr. Juan Sotomayor García y su distinguido Cuerpo de Regidores, funcionarios y servidores municipales en general. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1276294-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA
Aprueban la inmatriculación de predio como primera inscripción de dominio ante la SUNARP , a favor de la Municipalidad
ACUERDO DE CONCEJO Nº 052-2015-MPM-CM Moyobamba, 10 de julio de 2015. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MOYOBAMBA CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria Nº 013-2015, de fecha nueve de julio del dos mil quince, convocada y presidida por el señor Alcalde de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, Ing. Oswaldo Jiménez Salas, con la asistencia de los señores regidores: Robert García Jaramillo, Norma Isabel Rojas Pizarro, Martha Gárate Labajos, Gilber Puscán Ruíz, Nancy Ramos Núñez, Eliseo López Del Águila, Icela Baneza Clavo Zumba, Rafael Eugene Félix Barrenecha, Julio Rafael Cobos Acosta, Raúl Vargas Casique y Gastelo Huamán Chinchay; se evaluó el Dictamen Nº 001-2015, de la Comisión de Desarrollo Urbano, Participación Vecinal y Gestión Ambiental del Concejo Municipal Provincial de Moyobamba, respecto a la inmatriculación de un predio ubicado en el Sector Punta de Doñe, Distrito y Provincia de Moyobamba; Que, el artículo 56º numeral 1, de la Ley Nº 27972 indica que, son bienes de las municipalidades los bienes inmuebles y muebles de uso público destinados a servicios públicos locales; en tanto que, el artículo 58º referido a la Inscripción de Bienes Municipales en el registro de la Propiedad, concordante con el primer párrafo de la Octava Disposición Complementaria de este mismo dispositivo

legal, establece que, los bienes inmuebles de las municipalidades, se inscriben en los Registros Públicos, a petición del alcalde y por el mérito del acuerdo del Concejo correspondiente, siempre que no se encuentren inscritos a favor de terceros; Que, el segundo párrafo del Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA, señala lo siguiente: "La resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio del Estado, deberá publicarse por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la región en que se encuentra el predio", por otra parte, el artículo 40º del indicado Reglamento, establece lo siguiente: "La Resolución que dispone la Primera Inscripción de Dominio, conjuntamente con el Plano Perimétrico-Ubicación y Memoria Descriptiva, constituyen el título suficiente para todos los efectos legales"; Que, el artículo 41º concordante con el artículo 17º de la citada Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los acuerdos son decisiones que toma el Concejo referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, mediante la Nota Informativa Nº 137-2015-MPM/ SGPUYC, de fecha 18 de junio de 2015, el Sub Gerente de Planeamiento Urbano y Catastro, solicita al Gerente de Desarrollo Urbano y Rural, que a través del Concejo Municipal se apruebe inmatricular como primera inscripción de dominio ante la SUNARP, el predio denominado Lote 01 ­ Mz "A" ­ Sector Punta de Doñe de Uso Recreativo a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba, tal como se indica en la Octava Disposición Complementaria de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, adjuntando para tal efecto Planos de Ubicación ­ Localización, Plano Perimétrico, Memoria Descriptiva, Certificado de Búsqueda Catastral y vistas fotográficas; Que, a través del Informe Legal Nº 212-2015-MPM/OGAJRLFB, de fecha 30 de junio de 2015, la Oficina General de Asesoría Jurídica, opina favorablemente por la viabilidad de elevar al Pleno del Concejo Municipal el expediente generado, a fin de que autorice la respectiva inmatriculación; asimismo, por su parte la Unidad de Control Patrimonial, señala que tratándose de un bien de dominio público según el artículo 2º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 0072008- VIVIENDA, corresponde la inmatriculación primera de dominio, constituyéndose en un bien de propiedad municipal, de acuerdo al artículo 56º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en este sentido, después del análisis y debate correspondiente, estando al Dictamen Nº 001-2015, del 7 de julio de 2015, emitido por la Comisión de Desarrollo Urbano, Participación Vecinal y Gestión Ambiental; y, en virtud a los artículos 39º y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal Provincial de Moyobamba, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD: ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la Inmatriculación como primera inscripción de dominio ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, del predio denominado Lote 01 - "A" ­ Sector Punta de Doñe de Uso Recreativo, a favor de la Municipalidad Provincial de Moyobamba Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo por una sola vez en el Diario Oficial El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación en la Región, de conformidad con lo establecido en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008- VIVIENDA; sin perjuicio de su publicación en el Portal Institucional. Artículo Cuarto: ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, y a la Gerencia de Administración y Finanzas, a través de la Unidad de Control Patrimonial, realizar las acciones administrativas necesarias a fin de implementar y ejecutar el presente Acuerdo. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSWALDO JIMÉNEZ SALAS Alcalde 1276227-1

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