Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2015 (20/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Jueves 20 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES

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General de Asesoría Jurídica, mediante los informes del visto, recomiendan la conformación del Equipo Implementador del Plan del Cuadrante Inspectivo; Que, en mérito a lo expuesto y a lo señalado en el numeral 7.1 del artículo 7º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es necesario emitir el acto correspondiente; Con el visado del Secretario General, del Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Intendente (e) de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, y de la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 29981, Ley que crea la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, y el literal q) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-TR y modificado con Decreto Supremo Nº 0092013-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la Conformación del Equipo Implementador Conformar, con carácter temporal y por un periodo de 180 días calendarios de publicada la presente resolución, el Equipo Implementador del Plan del Cuadrante Inspectivo, el cual quedará integrado de la siguiente manera: a) Un representante de la Secretaría General, en calidad de Coordinador General. b) Un representante de la Intendencia de Lima Metropolitana, en calidad de especialista laboral. c) Un representante de la Secretaría General, en calidad de especialista estadístico. d) Un representante de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva, en calidad de especialista de estudios económicos. e) Un representante de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en calidad de especialista en planeamiento. f) Un representante de la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, en calidad de especialista en TICs. g) Un representante de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en calidad de especialista legal. h) Un representante de la Oficina General de Administración, en calidad de especialista en seguridad integral. Se podrá convocar temporalmente a otros profesionales de la Sunafil, de acuerdo a las necesidades del proyecto en el periodo establecido. El Equipo Implementador contará con una Secretaría Técnica la cual estará a cargo de un representante de la Intendencia Nacional de Inteligencia Inspectiva. Artículo 2.- De las Funciones El Equipo Implementador del Plan del Cuadrante Inspectivo tendrá las siguientes funciones: a) Recopilar, procesar, analizar y sistematizar la información obtenida de la Planilla Electrónica y otras fuentes público-privadas, vinculadas a los cuadrantes inspectivos determinados en el ámbito de Lima Metropolitana. b) Establecer líneas de base, indicadores de gestión, metas, y responsables institucionales. c) Articular la actuación inspectiva conjunta en los cuadrantes, con los actores públicos y privados, tales como Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, MTPE, ESSALUD, SUNAT, PNP, gremios empresariales, entre otros. d) Capacitar y brindar asistencia técnica a los equipos inspectivos asignados a los cuadrantes en materia de metodologías y protocolos de actuación, vinculados a la estrategia del Plan del Cuadrante Inspectivo. e) Realizar visitas de monitoreo y supervisión del personal inspectivo asignados a los cuadrantes seleccionados, afines a la estrategia del Plan del Cuadrante Inspectivo. f) Diseñar, mantener y supervisar la óptima operación de la aplicación GIS (sistema de información geográfica) por cuadrante.

g) Participar en las reuniones periódicas convocadas por el Supervisor de Trabajo a nivel de cuadrante para verificar los avances de las metas establecidas. h) Elaborar y proponer las propuestas normativas que permitan operativizar los objetivos del Plan del Cuadrante Inspectivo. i) Elaborar informes bimensuales de avances, limitaciones y recomendaciones en el marco del proceso de implementación del Plan del Cuadrante Inspectivo. Artículo 3.- Del Presupuesto Las actividades que serán desplegadas por el Equipo Implementador en el marco de la presente resolución no irrogarán gasto adicional alguno al presupuesto institucional aprobado para el presente ejercicio fiscal. Artículo 4.- De la Entrega de Productos Finales Culminado el plazo de implementación y ejecución durante los 180 días calendarios, el Equipo Implementador deberá transferir todo el acervo físico y electrónico generado en el periodo en mención a la Intendencia de Inteligencia Inspectiva para su correspondiente institucionalización. Artículo 5.- Del Apoyo Institucional Durante el Proceso de Implementación Disponer que las unidades orgánicas de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral ­ Sunafil, presten su apoyo y colaboración efectiva al Equipo Implementador. Artículo 6.- De la Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral­ Sunafil (www.sunafil.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ERNESTO BENITES SARAVIA Superintendente (e) Nacional de Fiscalización Laboral 1275840-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan magistrados en diversos órganos jurisdiccionales de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 406-2015-P-CSJLI/PJ Lima, 18 de agosto de 2015 VISTA: La Resolución Administrativa 404- 2015-P-CSJLI/PJ, y, CONSIDERANDO: Que, mediante el ingreso número 468080-2015, la doctora Martha Cecilia Hinostroza Bruno, Juez Titular del 13° Juzgado Contencioso Administrativo de Lima solicita licencia con goce de haber por motivos de salud al habérsele otorgado descanso médico por el periodo del 17 al 27 de agosto del presente año. Que, estando a lo expuesto, resulta necesario a fin de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales de los diversos órganos jurisdiccionales adoptar las medidas administrativas pertinentes, procediéndose a la designación de los Jueces conforme corresponda. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su

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