Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2015 (11/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Viernes 11 de diciembre de 2015 /

El Peruano

así como el plazo para la emisión de resoluciones de designación, hasta el 21 de diciembre de 2015; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y la Resolución Viceministerial N° 021-2015-MINEDU, que aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica"; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar, con eficacia al 9 de diciembre de 2015, el Anexo de la Resolución Ministerial N° 271-2015-MINEDU, modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 289-2015-MINEDU, N° 430-2015-MINEDU, N° 460-2015-MINEDU y N° 480-2015-MINEDU, que contiene el cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, en el marco de lo dispuesto en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, según el siguiente detalle:

"ANEXO CRONOGRAMA DE LOS CONCURSOS PÚBLICOS DE INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL Y DE CONTRATACIÓN DOCENTE EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA
Actividades (...) Concurso de Nombramiento (...) Presentación ante la UGEL de documentos 20 por parte de los postulantes ganadores del Concurso de Nombramiento. 21 Emisión de resoluciones de designación. (...) 02/12/2015 02/12/2015 16/12/2015 21/12/2015 Inicio Fin

capacidad de la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, mediante Resolución Suprema N° 152-2015-IN, de fecha 11 de agosto de 2015, se autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de Yauli del departamento de Junín, del 12 de agosto al 10 de setiembre de 2015, con el fin de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito que se pudiera cometer con ocasión de las movilizaciones y cualquier otro tipo de acto vandálico; Que, el plazo mencionado precedentemente fue prorrogado por Resoluciones Supremas N°s. 190-2015-IN, 209-2015-IN y 223-2015-IN, del 11 de setiembre al 10 de octubre de 2015, del 11 de octubre al 9 de noviembre de 2015, y del 10 de noviembre al 9 de diciembre de 2015, respectivamente; Que, a través del documento del visto, y en atención al requerimiento efectuado por la Policía Nacional del Perú mediante Oficio N° 682-2015-DIRGEN PNP/S-A, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor Presidente de la República, por motivos de seguridad interna, la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en la provincia de Yauli del departamento de Junín por treinta (30) días adicionales, con el objeto de garantizar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito que se pudiera cometer en dicha zona; Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de Yauli del departamento de Junín; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional; y, el Decreto Legislativo N° 738; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas Prorrogar la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de Yauli del departamento de Junín, del 11 de diciembre de 2015 al 9 de enero de 2016, con el fin de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito que se pudiera cometer con ocasión de las movilizaciones y cualquier otro tipo de acto vandálico. Artículo 2.- De la actuación de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituirá una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú. 2.2. La actuación de las Fuerzas Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policía Nacional del Perú concentren su accionar en el control del orden público y la interacción con la población del departamento a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Suprema. Artículo 3.- De la intervención de las Fuerzas Armadas La intervención de las Fuerzas Armadas se efectuará conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1095, que establece las Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional. Artículo 4.- Estado de Derecho La intervención de las Fuerzas Armadas, conforme a la presente Resolución Suprema, no implica en modo alguno la restricción, suspensión ni afectación de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución Política del Perú, las leyes y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos de los que el Perú es parte.

Regístrese, comuníquese y publíquese JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación

1321871-1

INTERIOR
Prorrogan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de Yauli del departamento de Junín, del 11 de diciembre de 2015 al 9 de enero de 2016
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 244-2015-IN
Lima, 10 de diciembre de 2015

VISTO, la solicitud del Ministro del Interior; CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante con los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo N° 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en caso de Tráfico Ilícito de Drogas, Terrorismo, Protección de Instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país y servicios públicos esenciales, así como en otros casos constitucionalmente justificados, en que la

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