Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2015 (11/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Viernes 11 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

568355

EDUCACION
Aprueban el Instructivo del Sistema de Escalafón Magisterial
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 563-2015-MINEDU
Lima, 10 de diciembre de 2015 Vistos, el Expediente N° 0203948-2015, el Informe N° 408-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, el Informe N° 882-2015-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la referida ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial; Que, el artículo 14 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, establece que el Escalafón Magisterial es un registro nacional y descentralizado en el que se documenta y publica la trayectoria laboral de los profesores que prestan servicios profesionales al Estado; Que, los numerales 32.1 y 32.2 del artículo 32 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, disponen que el Escalafón Magisterial es un registro administrativo de alcance nacional donde se documenta el récord o la trayectoria laboral y profesional del profesor al servicio del Estado, para facilitar sus procesos de evaluación, reconocimiento de méritos y beneficios; y que el Ministerio de Educación regula la estructura y contenido del registro escalafonario, así como el procedimiento estandarizado para su actualización, el cual es de cumplimiento obligatorio por las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, de conformidad con la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial, los auxiliares de educación comprendidos en la categoría remunerativa E, se rigen por la referida Ley en lo que corresponda; Que, mediante Memorándum N° 1814-2015-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente remite el Informe N° 408-2015-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa de Docentes, el cual sustenta la necesidad de aprobar el Instructivo del Sistema del Escalafón Magisterial, a fin de establecer las disposiciones y procedimientos para el adecuado uso, registro y archivamiento de la información de los profesores y de los auxiliares de educación, en condición de nombrados, cesantes o pensionistas, en el referido Sistema en las Instancias de Gestión Educativa Descentralizadas; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Instructivo del Sistema de Escalafón Magisterial, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Encargar el cumplimiento del referido Instructivo a la Dirección General de Desarrollo Docente, dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación. Artículo 3.- Dejar sin efecto todas disposiciones normativas que se opongan a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información

Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación

1321716-1

Modifican Anexo de la R.M. N° 271-2015-MINEDU, que contiene el cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 564-2015-MINEDU
Lima, 10 de diciembre de 2015 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación. Asimismo, en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad; Que, el artículo 19 de la referida Ley, establece que el Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial; Que, el artículo 77 de la Ley en mención señala que el Ministerio de Educación define la política sectorial de contratación docente. Asimismo, el artículo 209 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, dispone que el Ministerio de Educación emitirá las normas de procedimiento para contratación de profesores, las que son de obligatorio cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gestión educativa descentralizada; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 021-2015-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada "Norma que regula los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica", la cual contiene disposiciones para la organización, implementación y ejecución de los referidos concursos; así como, sus etapas, instrumentos de evaluación y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa descentralizada en el marco de los citados concursos; Que, con Resolución Ministerial N° 271-2015-MINEDU, se convoca a los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, los mismos que se llevan a cabo conforme a lo establecido en la Norma Técnica aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 021-2015-MINEDU; y, asimismo, se aprueba el cronograma correspondiente de dichos concursos, el mismo que, como Anexo, forma parte integrante de la referida Resolución Ministerial, siendo posteriormente modificado por las Resoluciones Ministeriales N° 289-2015-MINEDU, N° 430-2015-MINEDU, N° 460-2015-MINEDU y N° 480-2015-MINEDU; Que, a través del Oficio Nº 1749 -2015-MINEDU/VMGPDIGEDD, el Director General de la Dirección General de Desarrollo Docente remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 1027-2015-MINEDU/ VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, el cual sustenta la necesidad de modificar el cronograma de los Concursos Públicos de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial y de Contratación Docente en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, a efectos de ampliar, hasta el 16 de diciembre de 2015, el plazo para la presentación de documentos ante la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), por parte de los postulantes ganadores del Concurso de Nombramiento;

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