Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2015 (25/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

Viernes 25 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Las entidades u órganos cuyas funciones se encuentran vinculadas a las metas deberán remitir a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas hasta el 15 de febrero de 2017 la información sobre los resultados obtenidos por cada municipalidad. Anexo Nº 04: Distribución de los recursos no asignados por incumplimiento de metas durante el año 2016 La distribución de los recursos no asignados por incumplimiento de metas durante el año 2016 ­ denominado en adelante como "Bono adicional" ­ se realiza de la siguiente manera: a) Para el grupo de municipalidades CPA, 10% del total de dichos recursos. b) Para el grupo de municipalidades CPB, 20% del total de dichos recursos. c) Para el grupo de municipalidades CNP con 500 o más VVUU, 30% del total de dichos recursos. d) Por último, para el grupo de municipalidades CNP con menos de 500 VVUU, 40% del total de dichos recursos. La distribución de los recursos que corresponde a cada municipalidad en cada grupo se determina proporcionalmente a: - su tamaño poblacional estimado por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) para el año 2015, y - al Índice obtenido en el "Ranking de cumplimiento de metas" que se elaborará con la información del cumplimiento de las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2015 y 31 de julio de 2016, según la metodología señalada en el Anexo N° 05. Esta distribución considera un ponderador de 40% para el tamaño poblacional y 60% para el índice obtenido en el "Ranking de cumplimiento de metas". Si en alguno de los grupos arriba mencionados, ninguna municipalidad cumplió el 100% de sus metas al 31 de diciembre de 2015 y al 31 de julio de 2016, el monto del bono adicional que le corresponde a dicho grupo se distribuye entre los grupos de clasificación municipal que tengan municipalidades que sí acceden al Bono Adicional, de manera proporcional a los porcentajes de distribución entre grupos determinados en el presente anexo. Anexo Nº 05: Metodología de elaboración del Índice de posición en el "Ranking de cumplimiento de metas" evaluadas durante el año 2016 Conforme a lo establecido en el artículo 10, así como el Anexo N° 04 de los presentes procedimientos se elaborará el "Ranking de cumplimiento de metas" evaluadas durante el año 2016. La posición que cada municipio tenga en el "Ranking de cumplimiento de metas" se determinará a partir de un índice "I", el que tendrá tres componentes: (i) un factor " " determinado por la sumatoria del grado de cumplimiento ponderado de metas; (ii) un factor " " que premia a aquellos municipios que han cumplido la totalidad de sus metas evaluadas en el año 2016 (metas al 31 de diciembre de 2015 y metas al 31 de julio de 2016); y (iii) un factor "M" que está determinado por el grado del cumplimiento histórico de metas. En ese sentido, para la construcción del índice se tomará en cuenta las siguientes consideraciones: a. Cada grupo de municipios (CPA, CPB, No CP con 500 o más VVUU y No CP con menos de 500 VVUU) tendrá un "Ranking de cumplimiento de metas". b. Para el cálculo de los componentes y , el índice I considerará los resultados obtenidos por cada municipalidad en cada una de las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2015 y al 31 de julio de 2016, evaluadas durante el año 2016, e informados, según sea el caso, por las entidades responsables de la evaluación de metas, según lo señalado en el artículo 8 de los presentes procedimientos. c. Para el componente "M" se tomará en cuenta el número de metas cumplidas por las municipalidades desde julio 2011 hasta julio 2015, el cual será multiplicado

por un coeficiente de 0.0001. De acuerdo a lo señalado, el índice "I" que determina la posición en el "Ranking de cumplimiento de metas" se determina a partir los componentes , y M: Componente El componente se calcula considerando la suma ponderada de los puntajes alcanzados en las metas, de acuerdo a lo establecido en el Anexo Nº 5 del Decreto Supremo N° 033-2015-EF para las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2015 y el Anexo Nº 2 de los presentes procedimientos para las metas correspondientes al 31 de julio de 2016, las cuales se evalúan durante el año 2016. A esta suma ponderada, se le aplica un factor de escalamiento que permite que el componente tenga valores entre 0 y 1 y está dado por la suma de los valores máximos alcanzados en cada periodo, para cada grupo de municipios. Dichos valores máximos se determinan a partir del mayor puntaje ponderado que se obtuvo en cada grupo. Lo mencionado previamente se expresa en la siguiente fórmula:

Donde: i: denota la meta "i" consideradas en el Anexo Nº 5 del Decreto Supremo N° 033-2015-EF para las metas correspondientes al 31 de diciembre de 2015 y el Anexo Nº 2 de los presentes procedimientos para las metas correspondientes al 31 de julio de 2016. m: Grupo "m" de municipios según la clasificación municipal (CPA, CPB, No CP con 500 o más VVUU y No CP con menos de 500 VVUU). j: Municipio "j" en cada grupo "m" de municipios, donde j toma valores entre 1 y n, según se indica: - j = [1; 40] para el grupo CPA - j = [1; 210] para el grupo CPB - j = [1; 564] para el grupo No CP con 500 o más VVUU - j = [1; 1050] para el grupo No CP con menos de 500 VVUU Puntaje = Es el puntaje obtenido en las metas evaluadas durante el año 2016 (31 de diciembre de 2015 y 31 de julio de 2016), según las consideraciones establecidas en los respectivos instructivos. Ponderador = Es el valor determinado en los procedimientos aprobados para el cumplimiento de metas y asignación de recursos PI 2015 y 2016. - Para las metas al 31 de diciembre de 2015, corresponde los ponderadores aprobados en el Anexo N° 05 del Decreto Supremo N° 033-2015-EF. - Para las metas al 31 de julio de 2016, corresponde los ponderadores aprobados en el Anexo N° 02 del presente Decreto Supremo. Máximo puntaje31dic2015 = Es el máximo valor alcanzado en el cumplimiento de metas evaluadas al 31 de diciembre de 2015 por alguna de las municipalidades dentro del grupo de municipios (CPA, CPB, No CP con 500 o más VVUU y No CP con menos de 500 VVUU). Este valor se calcula como la sumatoria de los puntajes obtenidos en cada meta por su respectivo ponderador. Para el caso de las municipalidades nuevas, incorporadas en el PI mediante el presente decreto supremo, el valor de esta sumatoria será cero (0). Máximo puntaje31jul2016 = Es el máximo valor alcanzado en el cumplimiento de metas evaluadas al 31 de julio de 2016 por alguna de las municipalidades dentro del grupo de municipios (CPA, CPB, No CP con 500 o más VVUU y No CP con menos de 500 VVUU). Este valor se calcula como la sumatoria de los puntajes obtenidos en cada meta por su respectivo ponderador.

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