Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2015 (25/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Viernes 25 de diciembre de 2015

NORMAS LEGALES

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Que, la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, realizó la Evaluación Independiente de Diseño y Ejecución Presupuestal (EDEP) realizada a la Intervención Pública "Incremento de la productividad de MYPE y Cooperativas"; Que, a partir de las conclusiones y recomendaciones establecidas en la evaluación precedente, mediante Acta suscrita por representantes del Ministerio de la Producción y el Ministerio de Economía y Finanzas, se aprobó la Matriz de Compromisos de Mejora del Desempeño de la Intervención Pública "Incremento de la productividad de MYPE y Cooperativas"; del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción; Que, el Compromiso N° 4 de la citada Acta, señala que el Ministerio de la Producción elaborará una Directiva estableciendo los roles y las funciones de cada Dirección u Oficina que ejecuta actividades en el marco de los Programas Presupuestales; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar las disposiciones que establezcan las funciones de los órganos y unidades orgánicas de las entidades que participan en los Programas Presupuestales a cargo del Sector Producción; Con el visado de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 343-2012-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva N° 02 -2015-PRODUCE "Disposiciones que establecen las funciones de los órganos y unidades orgánicas de las entidades que participan en los Programas Presupuestales a cargo del Sector Producción", el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y de su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1327523-1

Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), incorporado a la legislación nacional mediante Resolución Legislativa N° 26407 y por el artículo 4 de la Ley N° 30224, en el marco del Principio de no obstaculización comercial del Sistema Nacional de Calidad; Que, conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios; goza de autonomía técnica y funcional; Que, conforme al numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, la Dirección de Normalización, en el ejercicio de su función de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, mediante documento del visto señala que, sobre la base que rige el Sistema Nacional de Calidad, la Normalización, las normas y recomendaciones internacionales corresponde mantener las Normas Técnicas Peruanas en su versión 2015, sobre las materias de: a) Mejores prácticas logísticas y b) Unidades de albañilería. De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modificado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE; RESUELVE Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2015:
PALETIZADORES. Rotulación de paletas UCC/EAN-128. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 399.301:2002 NTP 399.304:2003 (revisada el 2015) PALETIZADORES. Métodos de ensayo normalizados para probetas de madera libres de defectos. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 399.304:2003 NTP 399.305:2002 (revisada el 2015) PALETIZADORES. Embalajes. Paletas cajas reutilizables. Especificaciones y programa de pruebas. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 399.305:2002 NTP 399.306:2002 (revisada el 2015) PALETIZADORES. Métodos de ensayo normalizado para las paletas y estructuras relacionadas en los materiales de manipulación y embarque. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 399.306:2002 NTP 399.310:2005 (revisada el 2015) PALETIZADORES. Principios generales para un proceso de entregas certificadas. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 399.310:2005 NTP 399.311:2005 (revisada el 2015) PALETIZADORES. Lineamientos generales para las buenas prácticas en el transporte de mercadería paletizada. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 399.311:2005 NTP 399.313:2006 (revisada el 2015) MEJORES PRÁCTICAS LOGÍSTICAS. Requisitos generales para operadores logísticos. 1ª Edición Reemplaza a la NTP 399.313:2006 NTP 399.315:2010 (revisada el 2015) MEJORES PRÁCTICAS LOGÍSTICAS. Requisitos generales de buenas prácticas logísticas para PyME's. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 399.315 2010 NTP-ISO 668:2009 (revisada el 2015) MEJORES PRÁCTICAS LOGÍSTICAS. Contenedores de carga Serie 1. Clasificación, dimensiones y masa bruta máxima. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 668:2009 NTP-ISO 1161:2010 (revisada el 2015) MEJORES PRACTICAS LOGÍSTICAS. Contenedores de carga de serie 1: Esquineros. Especificación. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 1161:2010 NTP-ISO 4180-1:2003 (revisada el 2015) PALETIZADORES. Paquetes completos y listos para el transporte. Reglas generales para el establecimiento de programas de prueba de desempeño. Parte 1: Principios generales. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 4180-1:2003 NTP-ISO 4180-2:2003 (revisada el 2015) PALETIZADORES. Paquetes completos y listos para el transporte. Reglas generales NTP 399.301:2002 (revisada el 2015)

Aprueban Normas Técnicas Peruanas, sobre paletizadores, cereales y leguminosas, productos de acero, lámparas fluorescentes y otras
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 010-2015-INACAL/DN Lima, 11 de diciembre de 2015 VISTO: El Informe del Plan de Actualización N° 005PA-2015/DN CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 18.1 del artículo 18 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, las Normas Técnicas son documentos de carácter voluntario, establecidos para un uso común y repetido, que facilitan la adaptación de los productos, procesos y servicios a los fines a los que se destinan, protegiendo la salud y el medio ambiente, previniendo los obstáculos innecesarios al comercio y facilitando la transferencia tecnológica; Que, las actividades de Normalización deben realizarse sobre la base del Código de Buena Conducta para la Adopción, Elaboración y Aprobación de Normas, que como Anexo 3 forma parte del Acuerdo sobre

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