Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

R.A. N° 904-2014/MDSM.- Promulgan el Presupuesto Institucional de Gastos correspondiente al Ano Fiscal 2015 de la Municipalidad de San MORDAZA 543859 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA Ordenanza N° 507-MSS.- Aprueban el Reglamento de Organizacion y Funciones (R.O.F.), la Estructura Organica y el Organigrama de la Municipalidad 543860 D.A. N° 36-2014-MSS.Modifican el MORDAZA de la Municipalidad 543862 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE BARRANCA Ordenanza N° 033-2014-AL/CPB.- Aprueban distribucion de costo de servicios para el cobro de Arbitrios Municipales para el ano 2015 543863 Acuerdo N° 0100-2014-AL/CPB.- Ratifican la Ordenanza Municipal N° 019-2014-CM/MDP, que aprueba el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Pativilca 543864

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE Ordenanza N° 044-2014-MPC.- Aprueban creacion de la ruta Interdistrital de Transporte Publico de Personas San MORDAZA - MORDAZA de la provincia de Canete 543864

SEPARATAS ESPECIALES
MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza N° 300-2014/MDA y Acuerdo N° 2442.Ordenanza que prorroga para el ejercicio 2015 el importe de los arbitrios de barrido de calles, recoleccion de residuos solidos, parques y jardines publicos y serenazgo establecidos en la Ordenanza N° 257-2012/MDA 543732 MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Ordenanza N°s. 405 y 407-2014-MDSR y Acuerdos N°s. 2450 Y 2349- Aprueban Tasa de Estacionamiento Vehicular en playas del distrito para el Ejercicio 2015 / Aprueban Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo para el Ejercicio 2015 543752

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declaran el ano 2015 como el "Ano de la Diversificacion Productiva y del Fortalecimiento de la Educacion"
DECRETO SUPREMO Nº 077-2014-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es decision del Poder Ejecutivo coadyuvar a que en la economia peruana se identifiquen e impulsen nuevas actividades productivas que MORDAZA motores adicionales del crecimiento y promuevan una mayor diversificacion economica, permitan reducir su vulnerabilidad externa, mejorar su rendimiento y maximizar sus posibilidades de sostener un crecimiento economico a largo plazo; siendo que a traves de la diversificacion productiva se busca identificar actividades donde existan oportunidades exportadoras latentes para diversificar la canasta exportadora nacional y orientarla a MORDAZA MORDAZA de valor mundiales; Que, la educacion es un MORDAZA de aprendizaje y ensenanza que se desarrolla a lo largo de toda la MORDAZA y contribuye a la formacion integral de las personas, asi como al pleno desarrollo de sus potencialidades y al desarrollo de la familia y de la comunidad nacional; siendo obligacion del Estado garantizar el ejercicio del derecho a una educacion integral y de calidad para todos a fin de formar personas capaces de lograr su realizacion, promoviendo entre otros, el desarrollo de sus capacidades y habilidades para vincular su MORDAZA con el MORDAZA del trabajo y para afrontar los incesantes cambios en la sociedad; por lo que su fortalecimiento constituye una decision del Poder Ejecutivo; Que, la ejecucion de acciones vinculadas a la diversificacion productiva y el fortalecimiento de la educacion evidencia el compromiso del actual Gobierno en aras de un crecimiento sostenido con inclusion social, contribuyendo a la formacion de una sociedad en la que se afirme nuestra identidad nacional;

Que, en el contexto descrito, se considera necesario declarar el ano 2015 como el "Ano de la Diversificacion Productiva y el Fortalecimiento de la Educacion", para afirmar la decision del Gobierno en los ambitos descritos en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Declarese el ano 2015 como el "Ano de la Diversificacion Productiva y del Fortalecimiento de la Educacion". Articulo 2º.- Durante el ano 2015 se consignara dicha frase en los documentos oficiales. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los treintiun dias del mes de diciembre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 1183973-1

Delegan diversas facultades a la Secretaria General y a la Oficina General de Administracion de la Presidencia del Consejo de Ministros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 312-2014-PCM MORDAZA, 31 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, el articulo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinacion de las politicas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. El Presidente del Consejo de Ministros es el Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el numeral 10 del articulo 19 de la precitada Ley Nº 29158, establece que corresponde al Presidente del Consejo de Ministros, delegar en el Secretario General o en

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