Norma Legal Oficial del día 01 de enero del año 2015 (01/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano Jueves 1 de enero de 2015

543783
ORIGEN

DESTINO

AGREGADURIA DE DEFENSA Y MORDAZA A LA EMBAJADA DEL PERU EN LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA CALM. CARGO DEL ALAMO MORDAZA MORDAZA COMANDANCIA DE LA TERCERA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AGREGADO MORDAZA A LA EMBAJADA DEL PERU EN LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA ORIGEN

DESTINO

AGREGADURIA DE DEFENSA Y MORDAZA A LA EMBAJADA DEL PERU EN LA REPUBLICA ITALIANA CALM. CARGO MORDAZA OLAVARRIA MORDAZA MORDAZA DIRECCION DE LA ESCUELA MORDAZA MORDAZA DEL PERU AGREGADO DE DEFENSA Y MORDAZA A LA EMBAJADA DEL PERU EN LA REPUBLICA ITALIANA ORIGEN AGREGADURIA MORDAZA EN LA EMBAJADA DEL PERU EN ESPANA

militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la MORDAZA de MORDAZA del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a UN (01) militar de la Republica de Corea, del 5 de enero al 31 de diciembre de 2015, a fin de que participe en el Programa de Comando y Estado Mayor para el ano 2015, en la Escuela Superior de MORDAZA MORDAZA del Peru. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese.

DESTINO DIRECCION DE ADMINISTRACION DE PERSONAL CALM. CARGO POLAR MORDAZA FIGARI MORDAZA

DIRECTOR DE ADMINISTRACION DE PERSONAL

Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Ministro de Defensa. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1183790-1

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1183972-4

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1255-2014-DE/SG MORDAZA, 29 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 882 del 15 de diciembre de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 3482 CCFFAA/SG del 19 de diciembre de 2014, el Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas por encargo del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de America; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 4 de enero al 11 de MORDAZA de 2015, a fin de participar en reuniones con miembros del Comando de Operaciones Especiales Conjuntas de las Fuerzas Armadas del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,

Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de la Republica de Corea y EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1254-2014 DE/SG MORDAZA, 29 de diciembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nº 894 del 24 de diciembre de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica de Corea, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio G.500-5299 del 23 de diciembre de 2014, el Secretario del Comandante General de la MORDAZA por encargo del senor MORDAZA, Comandante General de la MORDAZA, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica de Corea; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 5 de enero al 31 de diciembre de 2015, a fin de participar en el Programa de Comando y Estado Mayor para el ano 2015, en la Escuela Superior de MORDAZA MORDAZA del Peru; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades

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