Norma Legal Oficial del día 02 de enero del año 2015 (02/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Viernes 2 de enero de 2015

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1.3 y 1.8 de la Ley Organica de Municipalidades, establece que: Las Municipalidades, tomando en cuenta su condicion de municipalidad provincial o distrital, asumen las competencias y ejercen funciones especificas senaladas en el Capitulo II del presente titulo, con caracter exclusivo o compartido, en las materias siguientes: 1.3 Habilitacion y 1.8 Vialidad. Asimismo el Articulo Nº 79 numeral 3, acapite 3.1, que las Municipalidades distritales en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, tienen la funcion especifica de aprobar el plan MORDAZA o rural distrital, con sujecion al plan de normas municipales provinciales sobre la materia, preciandose en el numeral 3.6 acapite 3.6.1 que constituye funcion exclusiva de las Municipalidades Distritales, normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscalizacion de las habilitaciones urbanas. Que, la MORDAZA G. 040-Definiciones- del Reglamento Nacional de Edificaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-VIVIENDA, define como habilitacion MORDAZA al MORDAZA de convertir un terreno MORDAZA en MORDAZA, mediante la ejecucion de obras de accesibilidad, distribucion de agua y recoleccion de desague, distribucion de energia e iluminacion publica, pistas y veredas, definiendo a su vez el Planeamiento Integral como aquel MORDAZA que comprende la utilizacion del uso del suelo, la zonificacion y vias, de uno o varios predios rusticos cuyo objetivo es establecer las caracteristicas que deberan de tener los proyectos de habilitacion MORDAZA a realizarse en etapas sucesivas. Que, el articulo 37º, Capitulo V, de la MORDAZA GH. 0.20, del Reglamento Nacional de Edificaciones precitado establece que en los casos que el area por habilitar se desarrolle en etapas o esta no colinde con zonas habilitadas o se plantee la parcelacion del predio MORDAZA, se debera de elaborar un Planeamiento Integral que comprenda la red de vias y los usos de la totalidad del predio, asi como una propuesta de integracion a la trama MORDAZA mas cercana, en funcion a los lineamientos establecidos en el Plan de Desarrollo MORDAZA correspondiente. Que, a su vez los articulos 39º, 40º y 42º de la MORDAZA acotada establecen que el Planeamiento Integral aprobado tendra una vigencia de 10 anos, precisandose que las modificaciones al Plan de Desarrollo MORDAZA, deberan de tener en cuenta los planteamientos integrales vigentes y que una vez aprobado el planteamiento integral tendra caracter obligatorio para las habilitaciones futuras, debiendo ser inscritos obligatoriamente en los Registros Publicos. Tambien senala que podra establecer servidumbres de paso a traves de propiedad de terceros para permitir la provision de servicios publicos, de saneamiento y energia electrica al predio por habilitar. Que, de acuerdo a la normativa MORDAZA citada, la Municipalidad Provincial de Huaral, dentro de la jurisdiccion del distrito, tiene como funcion ordenar el espacio MORDAZA con el objeto de reunir las condiciones necesarias para el MORDAZA desarrollo de las actividades de su poblacion, en virtud de ello los suelos en el que se desarrollan dichas actividades urbanas, deberan ser habilitados para que garanticen el optimo funcionamiento de sus edificaciones y espacios urbanos, debiendo para ello, en los casos en los que el area por habilitar se desarrolle en etapas o esta no colinde con zonas habilitadas o se plantee la parcelacion del predio MORDAZA, se debera de aprobar las propuestas de Planeamiento Integral segun las necesidades del sector. Que, mediante Expediente Nº 13389-14, de fecha 10/06/2014, el Senor Palian Aquina MORDAZA MORDAZA como Gerente General de Inmobiliaria y Constructora MORDAZA MORDAZA, solicita el Planeamiento Integral del predio ubicado en la MORDAZA ­ MORDAZA, Parcela Nº 53 Codigo Catastral Nº 8_2558720_04367 Proyecto La MORDAZA, jurisdiccion del Distrito y Provincia de Huaral. Que, luego de la evaluacion de los actuados por el Tecnico de la Sub Gerencia de Estudios y Planeamiento Territorial, a traves del Informe Tecnico Nº 0474-2014MPH-GDUOT-SGEPT/TC de fecha 08/09/2014,y ratificadas por el Sub Gerente de Estudios y Planeamiento Territorial, segun Informe Nº 0950-MPH-GDUOT-SGEPT de fecha 09/09/2014, observa que el expediente no cumple con las normas tecnicas y requisitos establecidos en el MORDAZA vigente de esta Entidad Municipal aprobada mediante Ordenanza Municipal Nº 010-2013-MPH, de fecha 28/07/2013, teniendo las siguientes observaciones: 1) No ha cumplido con adjuntar la MORDAZA Literal de Dominio SUNARP, con anticipacion no mayor a 3 meses.

43 de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; asi como articulo 201.1 de la Ley Nº 27444; RESUELVE: Articulo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Plano Nº 071-2014-SGCyHU-GDU/MDSMP y Memoria Descriptiva a que hace referencia la Resolucion de Alcaldia Nº 1882014/MDSMP (19.AGOSTO.2014), APROBANDOSE en su lugar el Plano de Trazado y Lotizacion Nº 154-2014SGCHU-GDU/MDSMP y Memoria Descriptiva que forman parte integrante de la presente MORDAZA municipal. Articulo Segundo.- RECTIFICAR el articulo Tercero de la Resolucion de Alcaldia Nº 188-2014/MDSMP (19. AGOSTO.2014), el mismo que quedara redactado en los siguientes terminos: DISPONER la inscripcion en la SUNARP del Aporte Reglamentario destinado a Otros Fines con un area de 78.28 m2. Manteniendo plena vigencia y validez lo demas que contiene dicha MORDAZA municipal. Articulo Tercero.- DISPONER la publicacion de esta resolucion en el diario oficial El Peruano, dentro del plazo de treinta (30) dias habiles siguientes a su notificacion, a cargo y costo del propietario del predio materia de la Habilitacion Urbana. Articulo Cuarto.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Registrese, comuniquese y cumplase. FREDDY S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1183845-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL
Aprueban planeamiento integral de predio ubicado en el sector La MORDAZA, jurisdiccion del distrito y provincia de Huaral
RESOLUCION GERENCIAL Nº 0220-2014-MPH-GDUOT Huaral, 29 de diciembre del 2014. EL GERENTE DE DESARROLLO MORDAZA Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: El Expediente Administrativo Nº 25388-14 de fecha 21.11.2014, mediante el cual la administrada MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion de don MORDAZA MORDAZA Palian Aquina, Gerente General de Inmobiliaria y Constructora MORDAZA MORDAZA S.A.C., interpone RECURSO DE RECONSIDERACION DE LA RESOLUCION GERENCIAL Nº 0131-2014-MPHGDUOT, de fecha 15/09/2014, la misma que resuelve declarar IMPROCEDENTE la solicitud de Aprobacion de Planeamiento Integral del predio Parcela 53 Codigo Catastral Nº 8_2558720_04367 Proyecto La MORDAZA, Sector La MORDAZA, Distrito y Provincia de Huaral, y; CONSIDERANDO; Que, la Ley Organica de Municipalidades- Ley Nº 27972, establece en su articulo 73º, numeral 1, acapite

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