Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2015 (05/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

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El Peruano Lunes 5 de enero de 2015

PODER EJECUTIVO TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban valor de tasaciones de predios afectados por la ejecucion del Proyecto: "IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente MORDAZA MORDAZA - La Oroya Huancayo y La Oroya - Desvio Cerro de Pasco)"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 892-2014 MTC/02 MORDAZA, 30 de diciembre de 2014 VISTO: La Nota de Elevacion Nº 258-2014-MTC/20, de la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, mediante el cual solicita se apruebe el Valor Total de la Tasacion correspondiente a ocho (08) predios afectados por la ejecucion del proyecto "IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente MORDAZA MORDAZA - La Oroya - Huancayo y La Oroya - Desvio Cerro de Pasco)"; y, CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30025 - Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura, modificada por el articulo 27° de la Ley N° 30230 ­ Ley que establece medidas tributarias, simplificacion de procedimientos y permisos para la promocion y

dinamizacion de la inversion en el MORDAZA, indica en su MORDAZA parrafo que "tratandose de los procedimientos de adquisicion de inmuebles por trato directo iniciados al MORDAZA de la Ley 27628, MORDAZA de la vigencia de la presente Ley y que se encuentran comprendidos en la MORDAZA disposicion complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley 27628"; Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecucion de Obras Publicas Viales, modificada por la Tercera Disposicion Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 30025, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley Nº 27117, Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Nº 27628, el valor de tasacion para la adquisicion de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vias publicas sera fijado por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, sobre la base de: (i) valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y, (ii) una indemnizacion por el perjuicio economico causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante. El Valor Total de la Tasacion sera aprobado por Resolucion Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual debera tener una antiguedad no mayor a dos anos al momento de su aprobacion; Que, de acuerdo a lo dispuesto en el articulo 3º de la Ley Nº 27628, la aprobacion del Valor Total de la Tasacion se hace considerando el monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion, agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras, de corresponder. El Valor Total de la Tasacion constituye el precio a pagarse por todo concepto a los afectados por trazos en vias publicas, durante el trato directo; Que, a traves del Oficio N° 1746-2013/VIVIENDAVMCS-DNC, recibido el 09 de diciembre de 2013, la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, remite a la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL Informes Tecnicos de Tasacion, correspondiente a inmuebles afectados por la ejecucion del proyecto "IIRSA Centro Tramo Nº 2 (Puente MORDAZA MORDAZA - La Oroya - Huancayo

FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicacion de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicacion de Fe de Erratas debera presentarse dentro de los 8 (ocho) dias utiles siguientes a la publicacion original. En caso contrario, la rectificacion solo procedera mediante la expedicion de otra MORDAZA de rango equivalente o superior. 2. Solo podra publicarse una unica Fe de Erratas por cada MORDAZA legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal MORDAZA de remitir su solicitud de publicacion de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas senalara con precision el fragmento pertinente de la version publicada bajo el titulo "Dice" y a continuacion la version rectificada del mismo fragmento bajo el titulo "Debe Decir"; en tal sentido, de existir mas de un error material, cada uno debera seguir este orden MORDAZA de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntara en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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