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El Peruano Miércoles 14 de enero de 2015 544718 comprende los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú. Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014; cambiando su denominación a Distrito Judicial de Ventanilla por Resolución Administrativa N° 366-2014-CE-PJ, publicada el 10 de diciembre de 2014 Segundo.- Por Resolución Administrativa Nº 414- 2014-CE-PJ de fecha 10 de diciembre de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 25 de diciembre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y reubicar a partir del 01 de enero de 2014, al Juzgado de Paz Letrado Transitorio con sede en la Comisaría de La Pascana, Distrito de Comas, Corte Superior de Justicia de Lima Norte a la Corte Superior de Justicia de Ventanilla como Juzgado de Paz Letrado Transitorio (Módulo Básico de Justicia – Proyecto Especial Ciudad Pachacútec) del Distrito de Ventanilla, con competencia hasta el Distrito de Mi Perú. Tercero.- Si bien actualmente no se cuenta con un local apropiado para la implementación del Juzgado de Paz Letrado Transitorio (Módulo Básico de Justicia – Proyecto Especial Ciudad Pachacútec) del Distrito de Ventanilla, con competencia hasta el Distrito de Mi Perú, ello no debe ser óbice para retrasar el inicio de funciones del mismo; por lo que, corresponde que se dicten las medidas administrativas pertinentes para su funcionamiento como tal, y de manera provisional, en las instalaciones de la Sede de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, en tanto se ubique y acondicione un local apropiado para el traslado de fi nitivo del citado órgano jurisdiccional. Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administración de justicia en beneficio de los justiciables, y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas correspondientes, en aras de mejorar y optimizar la conducción de la Corte de Justicia a su cargo. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; RESUELVE:Artículo Primero.- DISPONER, a partir del 05 de enero de 2015, el inicio del funcionamiento del Juzgado de Paz Letrado Transitorio (Módulo Básico de Justicia – Proyecto Especial Ciudad Pachacútec) del Distrito de Ventanilla, con competencia hasta el Distrito de Mi Perú, el cual asumirá el conocimiento de los procesos que sean de su competencia. Artículo Segundo.- DISPONER que, en tanto se ubique y acondicione un local apropiado para su traslado de fi nitivo, el Juzgado de Paz Letrado Transitorio (Módulo Básico de Justicia – Proyecto Especial Ciudad Pachacútec) del Distrito de Ventanilla, con competencia hasta el Distrito de Mi Perú, inicie sus funciones en las instalaciones de la Sede de la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Fiscalía de la Nación, Ministerio de Justicia, Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Oficina de Administración Distrital, Alcaldías y Comisarías de la jurisdicción, y demás interesados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JACKELINE YALAN LEAL Presidenta (e) 1186996-1Designan Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio (Módulo Básico de Justicia - Proyecto Especial Ciudad Pachacútec) del Distrito de Ventanilla con competencia hasta el Distrito de Mi Perú de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 007-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 5 de enero de 2015CONSIDERANDO:Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 128-2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014-CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de Ventanilla, y cuyo ámbito de competencia comprende los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú. Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014; cambiando su denominación a Distrito Judicial de Ventanilla por Resolución Administrativa N° 366-2014-CE-PJ, publicada el 10 de diciembre de 2014. Segundo.- Por Resolución Administrativa N° 043- 2014-P-CSJVLNO/PJ de fecha 31 de octubre de 2014, se designó al doctor Santos Atanacio Palacios Lloclla como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Ancón y Santa Rosa de esta Corte Superior de Justicia; designación tal que, por necesidad de servicio, debe dejarse sin efecto, para designarse al doctor Santos Atanacio Palacios Lloclla como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio (Módulo Básico de Justicia – Proyecto Especial Ciudad Pachacútec) del Distrito de Ventanilla, con competencia hasta el Distrito de Mi Perú, dictándose el acto administrativo correspondiente. Tercero.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, correspondiéndole emprender una política de cautela por una pronta y e fi ciente administración de justicia con la fi nalidad de garantizar la mejor organización y funcionamiento de Órganos Jurisdiccionales en pro de los justiciables, y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar jueces supernumerarios, promover jueces titulares, reasignar, rati fi car, y/o dejar sin efecto la designación de los magistrados provisionales y supernumerarios que se encuentran en el ejercicio de su cargo jurisdiccional. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; RESUELVE:Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA la designación del doctor SANTOS ATANACIO PALACIOS LLOCLLA, en el cargo de Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Ancón y Santa Rosa de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, a partir del 05 de enero de 2015. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor SANTOS ATANACIO PALACIOS LLOCLLA, en el cargo de Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado Transitorio (Módulo Básico de Justicia – Proyecto Especial Ciudad Pachacútec) del Distrito de Ventanilla, con competencia hasta el Distrito de Mi Perú, a partir del 05 de enero de 2015, debiendo prestar el juramento de Ley respectivo. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Señor Presidente del Poder Judicial,