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El Peruano Miércoles 14 de enero de 2015 544719 Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, O fi cina de Control de la Magistratura, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, O fi cina de Administración Distrital, O fi cina de Personal y a quienes corresponda para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JACKELINE YALAN LEAL Presienta (e) 1186996-2 Designan Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Ancón y Santa Rosa de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 008-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 5 de enero de 2015CONSIDERANDO:Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 128- 2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014-CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de Ventanilla, y cuyo ámbito de competencia comprende los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú. Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014; cambiando su denominación a Distrito Judicial de Ventanilla por Resolución Administrativa N° 366-2014-CE-PJ, publicada el 10 de diciembre de 2014 Segundo.- Por Resolución Administrativa N° 007- 2015-P-CSJV/PJ de fecha 05 de enero de 2015, se dio por concluida la designación del doctor Santos Atanacio Palacios Lloclla como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Ancón y Santa Rosa de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; en tal sentido, corresponde designarse al magistrado que se hará cargo de dicho órgano jurisdiccional. Tercero.- El doctor Mario Saccsa Cangalaya, servidor de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, ha venido desempeñándose como Especialista Legal del del 1° Juzgado Civil de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; por lo que, veri fi cada y evaluada la experiencia profesional y laboral del citado servidor, así como, sus años de servicio a la institución, esta Presidencia (e) considera que por necesidad de servicio, se le designe como Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Ancón y Santa Rosa de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla. Cuarto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa en el Distrito Judicial a su cargo, correspondiéndole emprender una política de cautela por una pronta y e fi ciente administración de justicia con la fi nalidad de garantizar la mejor organización y funcionamiento de Órganos Jurisdiccionales en pro de los justiciables, y en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar jueces supernumerarios, promover jueces titulares, reasignar, ratifi car, y/o dejar sin efecto la designación de los magistrados provisionales y supernumerarios que se encuentran en el ejercicio de su cargo jurisdiccional. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al doctor MARIO SACCSA CANGALAYA, en el cargo de Juez Supernumerario del Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Ancón y Santa Rosa de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, a partir del 05 de enero de 2015, debiendo prestar el juramento de Ley respectivo. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Señor Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Gerencia de Personal y Escalafón Judicial, O fi cina Desconcentrada de Control de la Magistratura, O fi cina de Administración Distrital y demás interesados para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.JACKELINE YALAN LEAL Presidenta (e) 1186996-3 Implementan sistema de turno permanente para los Juzgados de Familia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 009-2015-P-CSJV/PJ Ventanilla, 5 de enero de 2015CONSIDERANDO:Primero.- Mediante Resolución Administrativa N° 128-2014-CE-PJ del 23 de abril de 2014, complementada por las Resoluciones Administrativas N° 219, 288 y 317-2014-CE-PJ de fechas 27 de abril, 27 de agosto y 17 de agosto de 2014 respectivamente, se creó el Distrito Judicial de Ventanilla - Lima Noroeste, con sede en el Distrito de Ventanilla, y cuyo ámbito de competencia comprende los distritos de Ancón, Santa Rosa, Ventanilla y Mi Perú. Asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 279-2014-CE-PJ del 12 de agosto de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 06 de setiembre de 2014, se dispuso el funcionamiento del citado Distrito Judicial, a partir del 30 de setiembre de 2014; cambiando su denominación a Distrito Judicial de Ventanilla por Resolución Administrativa N° 366-2014-CE-PJ, publicada el 10 de diciembre de 2014. Segundo.- Por Resolución Administrativa Nº 318- 2014-CE-PJ de fecha 17 de setiembre de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 05 de octubre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir y/o reubicar a partir del 01 de noviembre de 2014, al 1° Juzgado de Familia del Callao como Juzgado de Familia de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla- Lima Noroeste; disponiéndose el inicio de sus funciones el 14 de noviembre de 2014, mediante Resolución Administrativa de Presidencia N° 055-2014-P-CSJVLNO/PJ de fecha 13 de noviembre de 2014. Asimismo, en el Artículo Primero, inciso e), de la Resolución Administrativa de Presidencia N° 065-2014-P-CSJVLNO/PJ de fecha 14 de noviembre de 2014, se dispuso que el Juzgado de Familia de Ventanilla asumiera Turno Permanente, conforme a sus atribuciones. Tercero.- Mediante Resolución Administrativa Nº 380- 2014-CE-PJ de fecha 19 de noviembre de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 11 de diciembre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso modi fi car a partir del 01 de enero de 2015, la denominación del Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla, en 1° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; disponiéndose asimismo, la conversión y reubicación a partir del 1 de enero de 2015, del 5° Juzgado Civil Permanente de la Corte Superior de Justicia de Lima, en 2° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla. Cuarto.- Finalmente, por Resolución Administrativa Nº 398-2014-CE-PJ de fecha 26 de noviembre de 2014, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 18 de diciembre de 2014, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso convertir a partir del 01 de enero hasta el 30 de junio de 2015, el Juzgado Mixto Transitorio de Ventanilla en Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla,