Norma Legal Oficial del día 14 de enero del año 2015 (14/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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Corte Superior de Justicia de Ventanilla; cambios estos que hacen necesaria la implementacion de un sistema de Turno Permanente para los Juzgados de Familia de Ventanilla. Quinto.- El Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables, y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para adoptar las medidas administrativas correspondientes, en aras de mejorar y optimizar la conduccion de la Corte de Justicia a su cargo. Por tales consideraciones, y en uso de las facultades conferidas en los incisos 3), 4) y 9) del Articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, la Presidencia (e) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla; RESUELVE: Articulo Primero.- IMPLEMENTAR a partir del dia lunes 05 de enero de 2015, el Sistema de Turno Permanente para los Juzgados de Familia de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla, por un periodo semanal, de acuerdo a las siguientes disposiciones: a) Los Turnos Permanentes se iniciaran los dias lunes de cada semana a partir del minuto siguiente de concluida la jornada laboral ordinaria en esta Sede Judicial; esto es, desde las 4:46 p.m., extendiendose hasta un minuto MORDAZA del horario de ingreso del dia lunes de la siguiente semana, es decir, hasta las 7:59 a.m. de dicho dia. b) Los pedidos ingresados fuera de la jornada laboral ordinaria, asi como aquellos ingresados los dias sabados, domingos y feriados no laborables en la semana de turno, seran dirigidos y atendidos exclusivamente por el Juez de Familia de Turno. c) De lunes a viernes, en el horario de 08:00 a.m. a 04:45 p.m., las formalizaciones de denuncias (con o sin infractores), y en general cualquier MORDAZA de solicitud y/o requerimiento, sea urgente o no, y que requiera la intervencion judicial conforme a ley, sera recepcionada y distribuida aleatoriamente, a traves del Centro de Distribucion General ­CDG­, hacia cualquiera de los Jueces de Familia competentes que se encuentren laborando dentro de la jornada ordinaria de atencion a los usuarios, incluyendo al Juez de Familia de Turno, quien tiene la obligacion de cumplir con la atencion ordinaria de su Despacho. Articulo Segundo.- DISPONER que el Sistema de Turno Permanente de los Juzgados de Familia se aplicara para los Jueces de Familia del 1° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla, 2° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla y Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla. Articulo Tercero.- ESTABLECER que el orden en el desarrollo de los turnos judiciales efectuados por los Jueces de Familia, a implementarse a partir del 05 de enero de 2015, se iniciara con el 2° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla, luego con el Juzgado de Familia Transitorio de Ventanilla, continuando con el 1° Juzgado de Familia Permanente de Ventanilla, y asi sucesivamente el mes siguiente, detallandose el turno conforme al siguiente cronograma: MES DE ENERO 2015
Juzgado Fecha Turno Desde las 04:46 p.m. hasta las 07:59 a.m. del dia lunes 12/01/2015 Desde las 04:46 p.m. hasta las 07:59 a.m. del dia lunes 19/01/2015 Desde las 04:46 p.m. hasta las 07:59 a.m. del dia lunes 26/01/2015 Desde las 04:46 p.m. hasta las 07:59 a.m. del dia lunes 02/02/2015

El Peruano Miercoles 14 de enero de 2015

Articulo Cuarto.- La Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura ­ODECMA- en el ejercicio de sus funciones, supervisara el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la presente resolucion, debiendo, de ser el caso, adoptar las medidas pertinentes en caso de incumplimiento. Articulo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente resolucion al senor Presidente del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Fiscalia de la Nacion, Ministerio de Justicia, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura y Oficina de Administracion Distrital de esta Corte Superior de Justicia, senores magistrados y demas interesados. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. JACKELINE MORDAZA MORDAZA Presienta (e) 1186996-4

Conforman la Comision de Capacitacion de Magistrados de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla - MORDAZA Noroeste
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA - MORDAZA NOROESTE RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE PRESIDENCIA N° 064-2014-P-CSJVLNO/PJ Ventanilla, 13 de noviembre de 2014 VISTOS: La Resolucion Administrativa N° 121-2008CE-PJ de fecha 29 de MORDAZA de 2008, que aprueba la Directiva N° 008-2008-CE-PJ, que regula la conformacion y funcionamiento de las Comisiones de Capacitacion de Magistrados; el Acta de Sesion de Sala Plena de fecha 15 de octubre de 2014; el Oficio N° 89-2014-JEPV-RCRP remitido por la senora Doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Posadas, comunicando la designacion del Representante de los Jueces Especializados; y el Oficio S/N remitido por el senor Doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, comunicando la eleccion del Representante de los Jueces de Paz Letrado de esta Corte Superior de Justicia. CONSIDERANDO: Primero.- Mediante Resolucion Administrativa N° 1212014-2008-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobo la Directiva N° 008-2008-CE-PJ, que regula la conformacion y funcionamiento de las Comisiones de Capacitacion de Magistrados, constituyendo su objetivo principal, organizar y ejecutar eventos de capacitacion para Magistrados de todos los niveles, desarrollar y canalizar tanto las iniciativas legislativas como la labor de investigacion de los senores Magistrados. Segundo.- La citada directiva establece en su numeral IV que la Presidencia de cada Corte Superior de Justicia, mediante resolucion administrativa formalizara la creacion de la Comision de Capacitacion de Magistrados de su Distrito Judicial, disponiendo en su articulo V que la misma estara conformada y conducida por Magistrados de las distintas especialidades y niveles jerarquicos, contando como minimo con: a) Un Juez Superior Titular, quien la preside, b) Un Juez Especializado o Mixto Titular elegido por la Junta de Jueces y c) Un Juez de Paz Letrado Titular elegido por los Jueces de Paz. Al respecto, cabe precisar, que el limitado numero de Jueces Superiores Titulares en esta Corte Superior de Justicia, obliga, de manera excepcional, a tener en consideracion la designacion de un magistrado provisional para la Presidencia de la citada Comision; de igual manera, para el caso de los organos jurisdiccionales de Paz Letrado, excepcionalmente, debe considerarse la eleccion de su representante, entre los magistrados supernumerarios de Paz Letrado. Tercero.- Bajo estos lineamientos, en sesion de Sala Plena de fecha 15 de octubre de 2014, se acordo por unanimidad designar como Presidente de la Comision de Capacitacion de Magistrados de esta Corte Superior de Justicia, al doctor MORDAZA MORDAZA Arbulu MORDAZA, estableciendose ademas que los Jueces Especializados y Mixtos, asi como, los Jueces de Paz Letrado, debian

2° Juzgado de Familia Permanente de Lunes 05/01/2015 Ventanilla Juzgado de Familia Lunes 12/01/2015 Transitorio de Ventanilla 1° Juzgado de Familia Permanente de Lunes 19/01/2015 Ventanilla 2° Juzgado de Familia Permanente de Lunes 26/01/2015 Ventanilla

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