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El Peruano Miércoles 14 de enero de 2015 544734 su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en un Diario de mayor circulación a nivel regional. Regístrese, comuníquese y cúmplase.NELSON CHUI MEJIA Presidente Regional 1187205-11 Designan Asesor II de la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Lima y le encargan funciones de Gerente Sub Regional Lima Sur RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 050-2015-PRES Huacho, 6 de enero de 2015VISTOS: Resolución Ejecutiva Regional Nº 013-2015- PRES, de fecha 01 de enero de 2015; Informe Nº 002-2014-GRL/GGR, de fecha 06 de enero de 2014, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 191º de la Constitución Política del Perú, concordado con el artículo 4º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, teniendo como fi nalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible; Que, con Resolución Ejecutiva Regional Nº 013-2015- PRES, de fecha 01 de enero de 2015, se designó a Don FRANCISCO JAVIER SOTELO JUSTO, en el cargo de confi anza de Asesor II de la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Lima y encargar las funciones de Gerente Sub Regional Lima Sur del Gobierno Regional de Lima; Que, con el Informe Nº 002-2014-GRL/GGR, de fecha 06 de enero de 2014, el Gerente General Regional, solicita DAR POR CONCLUIDA a partir de la fecha la designación de Don FRANCISCO JAVIER SOTELO JUSTO, en el cargo de con fi anza de Asesor II de la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Lima, asimismo se dé por concluida la encargatura en las funciones de Gerente Sub Regional Lima Sur del Gobierno Regional de Lima, asignadas a su cargo; Que, el inciso c) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que es facultad del Presidente Regional designar y cesar al Gerente General Regional y a los Gerentes Regionales, así como nombrar y cesar a los funcionarios de con fi anza; Que, teniendo en consideración lo anteriormente señalado, es facultad de esta Presidencia Regional, dar por concluida la designación de Don FRANCISCO JAVIER SOTELO JUSTO, y por consiguiente designar en el cargo de Asesor II de la Presidencia Regional y encargar las funciones de Gerente Sub Regional Lima Sur a Don PEDRO JOSE MINAYA BAZAN; Con la conformidad de la Gerencia General Regional y el visto de la Sub Gerencia Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Lima; En ejercicio de las facultades conferidas en los Incisos a), y d) del artículo 21º de la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, la designación de Don FRANCISCO JAVIER SOTELO JUSTO, en el cargo de con fi anza de Asesor II de la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Lima. Artículo Segundo.- DAR POR CONCLUIDA a partir de la fecha de expedición de la presente resolución, la encargatura de Don FRANCISCO JAVIER SOTELO JUSTO, en las funciones de Gerente Sub Regional Lima Sur del Gobierno Regional de Lima. Artículo Tercero.- DESIGNAR a partir de la fecha a Don PEDRO JOSE MINAYA BAZAN, en el cargo de confi anza de Asesor II de la Presidencia Regional del Gobierno Regional de Lima. Artículo Cuarto.- ENCARGAR en adición a sus funciones, a partir de la fecha a Don PEDRO JOSE MINAYA BAZAN, las funciones de Gerente Sub Regional Lima Sur del Gobierno Regional de Lima. Regístrese, comuníquese y cúmplase.NELSON CHUI MEJIA Presidente Regional 1187205-12 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la recti fi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión recti fi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a recti fi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN