Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2015 (19/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones
1189555-1

El Peruano Lunes 19 de enero de 2015

Adecuan concesion otorgada a INTERNEXA PERU S.A. al regimen de Concesion Unica, para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones en todo el territorio nacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 011-2015 MTC/03

MORDAZA, 15 de enero de 2015 VISTO, el escrito de registro P/D N° 073958 del 29 de MORDAZA de 2014, presentado por la empresa INTERNEXA PERU S.A., sobre adecuacion de la concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 325-2007-MTC/03, al regimen de concesion unica, para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial N° 325-2007-MTC/03, del 3 de MORDAZA de 2007, se otorgo a la empresa INTERNEXA S.A., concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, por el plazo de veinte anos (20), en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru; habiendose suscrito el respectivo contrato de concesion el 2 de octubre de 2007; Que, mediante Resolucion Directoral N° 531-2010MTC/27, del 22 de octubre de 2010, se aprobo la modificacion del Anexo 3 denominado "Descripcion de la Red" del contrato de concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, aprobado por Resolucion Ministerial N° 325-2007-MTC/03; y por Resolucion Directoral N° 543-2010-MTC/27, del 28 de octubre de 2010, se aprobo la adenda que formalizo la citada modificacion; la cual se suscribio el 9 de diciembre de 2010. Asimismo, por Resolucion Directoral N° 1642013-MTC/27 del 08 de MORDAZA de 2013, se aprobo la modificacion del contrato de concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad de no conmutado, aprobado por Resolucion Ministerial N° 325-2007-MTC/03; Que, con escrito de registro P/D N° 121364, del 04 de octubre de 2012, la empresa INTERNEXA PERU S.A. (antes denominada INTERNEXA S.A.), comunica el cambio de su denominacion social en merito de la Escritura Publica del 30 de marzo de 2012, inscrita en la partida registral N° 11945732 de la Oficina Registral de Lima; Que, con escrito de registro P/D N° 073958 del 29 de MORDAZA de 2014, la empresa INTERNEXA PERU S.A. solicito la adecuacion de su concesion al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, de acuerdo a la Ley N° 28737 y al TUO del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; Que, el 18 de MORDAZA de 2006, se publico en el Diario Oficial "El Peruano" la Ley N° 28737, Ley que establece la concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, la cual modifica diversos articulos del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC;

Que, la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley N° 28737, senala que los contratos de concesion para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones suscritos MORDAZA de la vigencia de la citada Ley mantienen su plena vigencia en tanto no opten sus titulares por adecuar sus respectivas concesiones para la obtencion de la concesion unica; y que el Reglamento General establecera los procedimientos, plazos y excepciones, de ser el caso, para la adecuacion; Que, la Decimoseptima Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones senala que los concesionarios podran optar por la adecuacion al regimen de la concesion unica, para lo cual deberan cumplir con presentar una solicitud dirigida al Ministerio, de acuerdo al formato establecido; y, una vez aprobada la solicitud, se suscribira el contrato MORDAZA al cual se le agregaran los contratos vigentes como anexos manteniendose sus obligaciones, derechos y plazos; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente; la concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector. Asimismo, establece que los titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley de Telecomunicaciones, a lo dispuesto en su Reglamento General, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; correspondiendo al Ministerio tener a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento General acotado; Que, el articulo 143° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales a los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado, debera solicitar a este Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, cumpliendo con lo establecido en el articulo 155° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; la prestacion de dichos servicios se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe N° 841-2014-MTC/27, MORDAZA con Memorando N° 2449-2014-MTC/27, la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, opina que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos aplicables para adecuar la concesion otorgada al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa INTERNEXA PERU S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado de su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, la Ley N° 28737Ley que establece la Concesion Unica para la prestacion de Servicios Publicos de Telecomunicaciones, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones;

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