Norma Legal Oficial del día 19 de enero del año 2015 (19/01/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 8

544998
CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que facilita la ejecucion de obras publicas viales, establece que la adquisicion de inmuebles afectados por trazos en vias publicas se realizara por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, los articulos 2°, 3° y 4° de la Ley N° 27628 son modificados por la tercera disposicion complementaria modificatoria de la Ley N° 30025, Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura; Que, segun el articulo 2° de la Ley N° 27628, el valor de la tasacion sera fijado por la Direccion Nacional de Construccion, considerando lo siguiente: a) el valor comercial del predio y mejoras, de corresponder; y b) una indemnizacion por el perjuicio causado que incluya, en caso corresponda, el dano emergente y lucro cesante; que el monto de la indemnizacion debera considerar, entre otros, el resarcimiento de los gastos tributarios, incluyendo el Impuesto a la Renta, en que debera incurrir el sujeto pasivo como consecuencia de la expropiacion. Asimismo, establece que el valor total de la tasacion es aprobado por resolucion ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, cuya tasacion debera de tener una antiguedad no mayor a dos anos al momento de su aprobacion. Y segun el articulo 3°, la aprobacion del valor total de la tasacion se hace considerando el monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion y agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial de predio y mejoras, de corresponder; Que, el articulo 27° de la Ley N° 30230 modifica la primera disposicion complementaria final de la Ley N° 30025 estableciendo que, tratandose de los procedimientos de adquisicion de inmuebles por trato directo iniciados al MORDAZA de la Ley N° 27628, MORDAZA de la vigencia de dicha ley y que se encuentran comprendidos en la MORDAZA disposicion complementaria final de la misma, se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a culminar dichos procedimientos de trato directo bajo los alcances de la Ley N° 27628; Que, segun los antecedentes, Provias Nacional y la Direccion Nacional de Construccion suscribieron el Convenio MORDAZA N° 037-2009-MTC/20 de Cooperacion Interinstitucional, para que en aplicacion de la Ley N° 27117, Ley General de Expropiaciones, y la Ley N° 27628, la referida Direccion efectue la valuacion comercial de los predios afectados por la ejecucion de obras publicas realizadas por dicho Proyecto Especial, asi como los ejecutados por los contratos de concesion de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional; Que, dentro de los alcances del Convenio MORDAZA N° 037-2009-MTC/20, MORDAZA partes suscribieron el Convenio Especifico N° 119, de fecha 24 de octubre de 2012, con el objeto de efectuar la valuacion comercial de sesenta y cinco (65) predios afectados por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Shiran - Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan; Que, la Direccion Nacional de Construccion en cumplimiento del Convenio Especifico N° 119, y en atencion al Oficio N° 2387-2013-MTC/20.6, de fecha 01 de octubre de 2013, por el cual la Unidad Gerencial de Estudios de Provias Nacional le solicito la actualizacion de 46 expedientes de los 65 alcanzados; cumple con remitir los 46 informes tecnicos a traves del Oficio N° 1025-2014/VIVIENDA-VMCS-DNC, de fecha 29 de MORDAZA de 2014; Que, el Jefe de Proyectos PACRI - UGE de Provias Nacional eleva el Informe N° 161-2014-MTC-20.6.3/TCAP a la Unidad Gerencial de Estudios, manifestando que corresponde gestionar la aprobacion de las tasaciones efectuadas a cuarenta (40) predios cuyos propietarios tienen su derecho debidamente inscrito, a las que se

El Peruano Lunes 19 de enero de 2015

ha agregado un porcentaje adicional del 10% de valor comercial del predio segun se detalla en el cuadro adjunto, al MORDAZA de la Ley N° 27628, modificada por la Ley N° 30025, culminando de esta manera los procedimientos de adquisicion directa que fueron iniciados MORDAZA de la vigencia de la Ley N° 30025; precisando que los referidos predios se encuentran comprendidos en el numeral 19 de la lista contenida en la MORDAZA disposicion complementaria final de la Ley N° 30025, cual es: Infraestructura Vial: Carretera MORDAZA - Shiran - Shorey; Que, en los 40 Informes Tecnicos de Tasacion se indica que las fechas de tasacion de los predios son del 04 de febrero de 2013, localizados en los distritos de Agallpampa y Mache de la provincia de Otuzco y distrito de Quiruvilca de la provincia de MORDAZA de MORDAZA, del departamento de la MORDAZA, los mismos que han sido afectados por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Shiran - Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan. Asimismo, se senalan a los propietarios de los predios, quienes estan acreditados con las correspondientes partidas registrales cuyas copias obran en cada expediente individual, de la Oficina Registral Otuzco, MORDAZA Registral N° V, Sede Trujillo; Que, la Unidad Gerencial de Estudios a traves del Memorandum N° 5877-2014-MTC/20.6 dirigido a la Unidad Gerencial de Asesoria Legal, remite los actuados a fin de que emita pronunciamiento y disponga el tramite de aprobacion de las tasaciones efectuadas por la Direccion Nacional de Construccion; Que, la Unidad Gerencial de Asesoria Legal de Provias Nacional mediante el Informe N° 842-2014MTC/20.3, encuentra procedente la aprobacion de las tasaciones de los 40 predios materia de los Informes Tecnicos de Tasacion emitidos por la Direccion Nacional de Construccion, teniendo en cuenta la Ley N° 27628, modificada por la Ley N° 30025, y la Ley N° 30230; Que, en observancia del MORDAZA legal senalado asi como los antecedentes que corresponden al procedimiento de adquisicion predial via trato directo al MORDAZA de la Ley N° 27628, resulta procedente la aprobacion de las tasaciones mencionadas; De conformidad con las Leyes Nos. 29370, 27628, 30025 y 30230 y Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el valor total de las tasaciones correspondientes a cuarenta (40) predios afectados por la ejecucion de la obra: Rehabilitacion y Mejoramiento de la Carretera MORDAZA - Shiran - Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco - Dv. Callacuyan; conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones
ANEXO RELACION DE PREDIOS AFECTADOS POR LA EJECUCION DE LA OBRA: REHABILITACION Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA MORDAZA - SHIRAN - HUAMACHUCO, TRAMO DV. OTUZCO - DV. CALLACUYAN, LOCALIZADOS EN LOS DISTRITOS DE AGALLPAMPA Y MACHE, PROVINCIA DE OTUZCO Y DISTRITO DE QUIRUVILCA, PROVINCIA DE MORDAZA DE MORDAZA, DEL DEPARTAMENTO DE LA MORDAZA
CODIGO DEL PREDIO OTUZ­T-137 OTUZ-T-155 OTUZ-T-124 OTUZ-T-127 OTUZ-T-078 VALOR DE TASACION S/. 105,71 127,17 447,87 392,64 631,35 PORCENTAJE ADICIONAL 10% - S/. 10,57 12,72 44,79 39,26 63,14 VALOR TOTAL DE TASACION S/. 116,28 139,89 492,66 431,90 694,49

ITEM 1 2 3 4 5

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.