Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2015 (25/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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VISTO: El Expediente N° 33014893, organizado por MORDAZA ENERGY EGENOR S. EN C. POR A. (en adelante, MORDAZA ENERGY), persona juridica inscrita en la Partida N° 11018850 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA, sobre solicitud de renuncia a la autorizacion de generacion de energia electrica de la Central Termica a Gas de Chimbote; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 38993-EM/DGE, de fecha 31 de diciembre de 1993, se otorgo autorizacion por tiempo indefinido, a favor de ELECTROPERU S.A. para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en la Central Termica a Gas de Chimbote, con una potencia instalada de 62,24 MW; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 184-96EM/VME, publicada el 24 de MORDAZA de 1996, se aprobo la transferencia de la autorizacion de la Central Termica a Gas de Chimbote de ELECTROPERU S.A. a favor de la Empresa de Generacion Electrica Nor Peru S.A. ­ EGENOR; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 204-97EM/DGE, publicada el 21 de junio de 1997, se aprobo la transferencia de la autorizacion de la Central Termica a Gas de Chimbote de Empresa de Generacion Electrica Nor Peru S.A. - EGENOR a favor de EGENOR S.A.; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 706-99EM/VME, publicada el 07 de enero de 2000, se establece como titular de la autorizacion de la Central Termica a Gas de Chimbote a EGENOR S.A.A.; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 360-2005MEM/DM, publicada el 04 de setiembre de 2005, se establece como titular de la autorizacion de la Central Termica a Gas de Chimbote a MORDAZA ENERGY EGENOR S. EN C. POR A., y se aprobo la modificacion de la autorizacion reduciendo la potencia instalada de 62,24 MW a 40,32 MW; Que, mediante la Resolucion Ministerial N° 401-2012MEM/DM, publicada el 08 de setiembre de 2012, se aprobo la modificacion de la autorizacion de la Central Termica a Gas de Chimbote a favor de MORDAZA ENERGY EGENOR S. EN C. POR A., reduciendo la potencia instalada de 40,32 MW a 18,40 MW; Que, mediante Carta EGN-153-2014, ingresada el 12 de setiembre de 2014, con Registro N° 2431649, MORDAZA ENERGY EGENOR S. EN C. POR A. solicito la renuncia a la autorizacion de la Central Termica a Gas de Chimbote, argumentando la obsolescencia, ineficiencia, asi como el mantenimiento costoso de su unidad de generacion; ademas, habiendo declarado el COES la conclusion de la operacion comercial de dicha central a partir de las 00:00 horas del 01 de setiembre de 2014; Que, mediante el Informe Tecnico GFE-UGSEIN193-2014, remitido a traves del Oficio N° 8803-2014-OSGFE con Registro N° 2440746 de fecha 17 de octubre de 2014, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria ­ OSINERGMIN, concluyo que el retiro de la Central Termica a Gas de Chimbote no afectara el Servicio Publico de Electricidad; Que, la peticion se ampara en las disposiciones contenidas en el literal d) del articulo 69 del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentacion; Que, estando a lo dispuesto en dicha MORDAZA, conforme con lo establecido en el item AE01 del Anexo N° 1 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 0612006-EM, procede aceptar la renuncia formulada y, por consiguiente, cancelar la autorizacion otorgada mediante la Resolucion Ministerial Nº 389-93-EM/DGE; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 6782014-DGE-DCE; Estando a lo expuesto, con la opinion favorable del Director General de Electricidad y visto MORDAZA del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aceptar la renuncia a la autorizacion para la generacion de energia electrica de la Central Termica

El Peruano MORDAZA 25 de enero de 2015

a Gas de Chimbote, formulada por MORDAZA ENERGY EGENOR S. EN C. POR A. y, en consecuencia, tengase por cancelada la referida autorizacion, la cual fue otorgada mediante la Resolucion Ministerial N° 389-93-EM/DGE de fecha 31 de diciembre de 1993. Articulo 2.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas 1192132-1

Aprueban transferencia de autorizaciones para desarrollar actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de las Centrales Termicas La Gringa IV y la Gringa III, a favor de M & J Servicios de Energia S.A.C.
RESOLUCION MINISTERIAL N° 022-2015-MEM/DM MORDAZA, 20 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 33329513, organizado por ESCO COMPANIA DE SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C., sobre autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica La Gringa IV, y la solicitud de transferencia de dicha autorizacion a favor de M & J SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C., presentada el 19 de noviembre de 2014; CONSIDERANDO: Que, en merito de la Resolucion Ministerial N° 0692014-MEM/DM, publicada el 20 de febrero de 2014, se otorgo a favor de ESCO COMPANIA DE SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C. autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica La Gringa IV; Que, mediante el documento presentado con fecha 19 de noviembre de 2014, bajo el Registro Nº 2450668, ESCO COMPANIA DE SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C. solicito a la Direccion General de Electricidad se apruebe a favor de M & J SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C., la transferencia de la autorizacion de generacion; Que, como sustento de su solicitud, presento el Contrato Privado de Cesion de Derechos suscrito el 17 de noviembre de 2014, mediante el cual ESCO COMPANIA DE SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C. transfiere la citada autorizacion de generacion a favor de M & J SERVICIOS DE ENERGIA S.A.C., a fin de que esta se constituya como la nueva titular de la Central Termica La Gringa IV y asuma los derechos y obligaciones inherentes a la autorizacion de generacion; Que, la citada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el codigo AE04 del Anexo Nº 01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado por el Decreto Supremo N° 0382014-EM, y se ampara en las disposiciones contenidas en el articulo 38 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en el articulo 67 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales de MORDAZA, de acuerdo a la opinion a que se refiere el Informe Nº 697-2014-DGE-DCE, siendo procedente la solicitud presentada; De conformidad con lo dispuesto en los articulos 38 de la Ley de Concesiones Electricas y 67 de su Reglamento; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobar la transferencia de la autorizacion para desarrollar la actividad de generacion de energia electrica en las instalaciones de la Central Termica La Gringa IV, que efectua ESCO COMPANIA DE SERVICIOS

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