Norma Legal Oficial del día 25 de enero del año 2015 (25/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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El Peruano MORDAZA 25 de enero de 2015

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a persona natural la condicion de titular beneficiario del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la liberacion de areas del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL N° 713-2014-MTC/16 MORDAZA, 30 de diciembre de 2014 Visto, el memorandum N°3450-2014-MTC/07 de fecha 19 de junio del 2014 remitido por la Procuraduria Publica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a esta Direccion General de Asuntos Socio Ambientales, con el que se deriva para atencion y evaluacion la solicitud presentada por el posesionario Senor LUREN MORDAZA MORDAZA MORDAZA a fin que se le considere beneficiario del plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la liberacion de areas del Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez; y CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 27329 se declaro de necesidad publica la expropiacion de inmuebles adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, para la realizacion de obras de gran envergadura, en aplicacion del articulo 7° de la Ley 27117; Que por Resolucion Suprema N° 316-2002-PCM se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a la ejecucion de la expropiacion de los terrenos de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA Chavez; Que por Ley N° 29836 se declara de necesidad publica la expropiacion de inmuebles de dominio privado adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, a fin de que este sea implementado y dotado de la infraestructura suficiente, adecuada al volumen del comercio integral y trafico de pasajeros, asi como para mejorar el sistema de aeronavegabilidad que permita brindar un mejor servicio al usuario, facultando para ello al Ministerio de Transportes y Comunicaciones a utilizar alternativamente el procedimiento de reasentamiento de la poblacion afectada de los asentamientos humanos afectados, o a la adquisicion o financiacion para la adquisicion de inmuebles de programas de vivienda ya construidos, tanto del sector publico como del sector privado, o el pago de una indemnizacion asistida que debe ser utilizada unicamente para los fines de reasentamiento de la poblacion afectada; Que mediante Resolucion Directoral N° 12062012-MTC/10 se aprueba la Directiva N° 006-2012MTC/10, Directiva que regula el procedimiento para el reasentamiento de la poblacion afectada de los asentamientos humanos ubicados en los inmuebles expropiados adyacentes al Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, en la que se dictan las disposiciones generales y especificas para el otorgamiento del beneficio economico, asi como el procedimiento y los mecanismos para efectuar dicho reasentamiento, y se deja sin efecto la resolucion directoral Nº 126-2012-MTC/10 que aprobo la directiva Nº 002-2012-MTC/10; Que se ha emitido la resolucion Directoral N° 318-2012-MTC/16, con la que se aprueba el plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la liberacion de areas del Aeropuerto MORDAZA MORDAZA y sus modificaciones; Que se ha emitido el informe legal 001-2014-MTC/16/ EFYA de fecha 09 de diciembre del 2014, por parte de abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascue se ha

procedido a evaluar el expediente del senor LUREN MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con D.N.I. N° 48424448 en merito a la documentacion remitida parte diario N° 009011 y el memorandum Nº 3450-2014-MTC/07 de Procuraduria Publica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, informe social del 03 de diciembre del 2012 elaborado por el Licenciado en Ciencias Sociales MORDAZA F. Cam MORDAZA y la ficha de inspeccion Tecnica, de fecha 05 de MORDAZA del 2013,elaborado por el ingeniero MORDAZA MORDAZA Crovetto Zumaeta en los que concluyen que el posesionario Luren MORDAZA MORDAZA MORDAZA se encuentra ocupando el predio que fuera empadronado por COFOPRI en el ano 2010 con unidad catastral Nº 070101030209 encontrandose dentro del area de expropiacion; Que para el presente caso nuestro ordenamiento juridico recoge la teoria objetiva de la posesion (mantener la posesion de hecho) recogido en el Articulo 922° Numeral 2 ° del Codigo Civil Peruano el cual hace referencia a una de las formas de extincion de posesion la que es el abandono del predio de manera voluntaria, figura que se aplica a la Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA antigua posesionaria , quien se retira del inmueble de unidad catastral N°070101030209 luego del censo de COFOPRI, quedando como titular de este predio su hijo (LUREN MORDAZA MORDAZA HUARCAYA) toda vez que desde la fecha del censo de COFOPRI en el ano 2010 ha mantenido la posesion del predio; Que, asi mismo el articulo 915 del Codigo Civil vigente, establece textualmente: "si el poseedor actual prueba haber poseido anteriormente, se presume que poseyo en el tiempo intermedio, salvo prueba en contrario." Que en atencion a los informes MORDAZA descritos, el Sr. LUREN MORDAZA MORDAZA MORDAZA cumple con los requisitos previstos en el numeral 6.1 literales a) y b) de la Resolucion Directoral Nº 379-2012-MTC/16 y sus modificatorias, en el que se establecen los requisitos para ser considerados beneficiarios y el informe Nº 028-2014MTC/16.03/CIML; Asimismo se ha elaborado el Informe N° 028-2014MTC/16.03/CIML de la Direccion de Gestion Social de la DGASA, en base a la cual se ha efectuado el calculo para determinar el rango para la asignacion del monto de la compensacion a otorgar al posesionario senor LUREN MORDAZA MORDAZA MORDAZA, estando en funcion a las variables del tiempo de posesion y componente familiar siendo para el presente caso por tener un ano de posesion y tener un miembro para el componente familiar, correspondiendole el primer rango conforme al numeral 6.2 del PACRI por lo que en merito a lo MORDAZA expuesto y a la conclusion del informe legal de fecha 09 de diciembre del 2014 elaborado por el abogado MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ascue resulta procedente lo solicitado; De conformidad con lo establecido por la Ley N° 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, las Leyes N° 27329 y N° 29836, Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Directiva N°002-2012MTC/10 aprobada mediante Resolucion Directoral N° 1262012-MTC/10, y la Ley de Procedimiento Administrativo General N° 27444. SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR AL SENOR LUREN MORDAZA MORDAZA MORDAZA identificado con D.N.I. N° 48424448 la condicion de titular beneficiario del Plan de Compensacion y Reasentamiento Involuntario (PACRI) para la liberacion de las areas del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, de conformidad a la Resolucion Directoral Nº 318-2012-MTC/16 Articulo 2º.- CONSIDERAR al beneficiario LUREN MORDAZA MORDAZA MORDAZA dentro del primer rango para la compensacion respectiva de conformidad a lo dispuesto en el numeral 6.2 del PACRI. Articulo 3°.- REMITIR MORDAZA certificada de la presente Resolucion Directoral a la Comision de Alto Nivel Encargada del MORDAZA de Expropiacion de los Predios

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