Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2015 (10/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano Viernes 10 de julio de 2015

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informar a los representantes internacionales los avances y logros institucionales con el propósito de profundizar los tratamientos de temas generales y específicos, en un esfuerzo de colaboración, intercambio y actualización de capacidades para la gestión de un desarrollo indígena; Que, en vista de la importancia que reviste para el país el evento antes descrito y el interés institucional de participar en cada una de las actividades programadas en la agenda de la XII Asamblea General Ordinaria del Fondo Indígena, se estima conveniente autorizar el viaje en comisión de servicios, del señor Álvaro Gálvez Pasco, Responsable de la Dirección de Políticas Indígenas, del 14 al 17 de julio de 2015, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes serán cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, establece que la Resolución de autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y que deberá indicarse expresamente el motivo del viaje, el número de días, el monto de los gastos de desplazamiento y viáticos; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30281, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado artículo que deben ser canalizadas a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizadas por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modificatorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Álvaro Gálvez Pasco, Responsable de la Dirección de Políticas Indígenas, del 14 al 17 de julio de 2015, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: Álvaro Gálvez Pasco Pasajes : Viáticos : US $ 1 104,35 US $ 1 480,00 (US $ 370,00 x 4 días)

f) Formato Nº 6:Memoria Descriptiva para agua subterránea g) Formato Nº 7:Compromiso de Inscripción en el registro de fuentes de agua de consumo humano h) Formato Nº 8:Acta de verificación técnica de campo i) Formato Nº 9:Informe Técnico 9.2 La Dirección de Administración de Recursos Hídricos dispondrá la publicación en la página web de la Autoridad Nacional del Agua y en los locales de los órganos desconcentrados, los ámbitos en los cuales no se requiere la presentación de Formatos Nº 5 o Nº 6, por contarse con información sobre las disponibilidades hídricas. Artículo 10º.- Uso de agua de mar o desalinizada 10.1 Pueden acogerse al procedimiento de Formalización o Regularización las personas naturales o jurídicas que usan el agua salina o salobre sea desalinizada o no. Para tales efectos, la definición de agua salina o salobre es la establecida en el numeral 167.2 del artículo 167 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG. 10.2 Para este caso se presentarán los requisitos establecidos en el artículo 27 del Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y de Autorización de Ejecución de Obras en Fuente Natural de Agua, aprobado con Resolución Jefatural N° 007-2015-ANA. Regístrese, comuníquese y publíquese, JUAN CARLOS SEVILLA GILDEMEISTER Jefe Autoridad Nacional del Agua

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CULTURA
Autorizan viaje de Responsable de la Dirección de Políticas Indígenas, a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 011-2015-MC
Lima, 9 de julio de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura es un organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica, que constituye pliego presupuestal del Estado; Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, este último tiene como áreas programáticas de acción, el Patrimonio Cultural de la Nación, material e inmaterial; la creación cultural contemporánea y artes vivas; la gestión cultural e industrias culturales; y, la pluralidad étnica y cultural de la Nación; Que, mediante documento signado como OF. (DGMDAS) Nro 2-22-I/174 de fecha 28 de abril de 2015, el Director para Asuntos Sociales de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales del Ministerio de Relaciones Exteriores, remite a la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas la Nota N° 144/2015 que dirige el Presidente del Consejo Directivo del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe (Fondo Indígena), convocando a la XII Asamblea General Ordinaria del Fondo Indígena, que tendrá lugar en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 14 al 17 de julio de 2015; Que, a través del Memorando N° 230-2015-VMI/MC de fecha 26 de junio de 2015, el Viceministerio de Interculturalidad comunica a la Secretaría General sobre la invitación recibida para participar en la XII Asamblea General Ordinaria del Fondo Indígena, manifestando que se ha designado al señor Álvaro Gálvez Pasco, Responsable de la Dirección de Políticas Indígenas, para concurrir a dicho evento; Que, asimismo, se señala en el citado Memorando que el evento tiene como objetivo representar al Estado, a través del Ministerio de Cultura, como ente rector en materia de Pueblos Indígenas, lo cual permitirá fortalecer las relaciones con los demás representantes de Estado, pueblos indígenas, órganos y organismos especializados para el Fondo Indígena, entre otros; y asimismo, permitirá

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en el artículo 1 de la presente Resolución, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión de servicios. Artículo 4º.- El viaje autorizado no dará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Cultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO Ministra de Cultura

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