Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2015 (10/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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El Peruano Viernes 10 de julio de 2015

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban las Bases de la Primera Edición 2015 - 2016 del Premio Nacional "Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión Local para las personas"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 150-2015-MIDIS
Lima, 9 de julio de 2015 VISTOS: El Memorando N° 254-2015-MIDIS/VMPES, emitido por el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; y, el Informe N° 197-2015-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias, y su documentación adjunta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, estableciéndose que el Ministerio tiene por finalidad mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación con las diversas entidades del sector público, el sector privado, y la sociedad civil; Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema N° 002-2015-MIDIS se creó el Premio Nacional "Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión local para las personas", como reconocimiento del Estado a los Gobiernos Locales que cumplan eficazmente con los indicadores que contribuyen a la mejora de los servicios públicos orientados a los ciudadanos y ciudadanas, en el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social "Incluir para Crecer", en sus respectivas localidades; Que, de acuerdo con el artículo 2 de la norma señalada en el considerando precedente, compete al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, organizar e implementar anualmente el otorgamiento del Premio Nacional "Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión local para las personas", para cuyo efecto se aprobarán mediante Resolución Ministerial, las disposiciones necesarias para tal fin; Que, mediante los documentos de Vistos, se propone y sustenta la necesidad de aprobar las Bases de la Primera Edición 2015-2016 del Premio Nacional "Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión Local para las personas"; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Políticas y Estrategias, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases de la Primera Edición 2015-2016 del Premio Nacional "Sello Municipal INCLUIR PARA CRECER Gestión Local para las personas", las mismas que en anexo adjunto forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe) en la misma fecha de publicación de la resolución en el diario oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social

Aprueban Directiva "Lineamientos para el acceso a información de bases de datos administradas por la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2015-MIDIS
Lima, 9 de julio de 2015 VISTOS: El Informe N° 009-2015-MIDIS/VMPES/DGGU-DCI, de la Dirección de Calidad de la Información; el Informe N° 81-2015-MIDIS/VMPES/DGGU, de la Dirección General de Gestión de Usuarios; el Memorando N° 1752015-MIDIS/VMPES, del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social; el Informe N° 301-2015MIDIS/SG/OGPP, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 242-2015-MIDIS/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social, comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, conforme al artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, la Dirección General de Gestión de Usuarios del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social es el órgano de línea encargado de dictar las políticas para la gestión de información sobre los usuarios de los programas sociales; así como de diseñar e implementar el sistema de identificación, selección y registro de usuarios y el sistema de seguimiento de usuarios, con el fin de orientar acciones para elevar la efectividad de las intervenciones de alivio y superación de la pobreza; Que, el artículo 26 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2013, dispuso que la Unidad Central de Focalización (UCF), a cargo de la operación del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), se encuentra bajo el ámbito de la Dirección General de Gestión de Usuarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con carácter permanente, correspondiéndole a dicha unidad, generar y administrar la información del Padrón General de Hogares (PGH) bajo estándares de calidad, seguridad y confidencialidad, así como certificar la clasificación socioeconómica de los potenciales usuarios ante los agentes responsables de la administración de los programas sociales y de subsidios del Estado que se ejecuten bajo criterios de focalización individual; Que, por otro lado, mediante Ley N° 29733, se aprobó la Ley de Protección de Datos Personales, la cual tiene el objeto de garantizar el derecho fundamental a la protección de los datos personales, previsto en el artículo 2 numeral 6 de la Constitución Política del Perú, a través de su adecuado tratamiento, en un marco de respeto de los demás derechos fundamentales que en ella se reconocen; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, dispone que los términos en que debe concordarse el cumplimiento de la Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento con las normas o políticas de transparencia y fiscalización que rigen la administración de los bancos de datos vinculados con los Programas Sociales y el Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH) serán desarrollados mediante directiva y en coordinación con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS); Que, en dicho contexto, mediante Resolución Directoral N° 060-2014-JUS/DGPDP, emitida por la Dirección General

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