Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2015 (05/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano Jueves 5 de marzo de 2015

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Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejercito del Peru; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a Dos (02) militares de los Estados Unidos de MORDAZA, del 8 al 12 de marzo de 2015, con la finalidad de reunirse con el Comite Ejecutivo de Conversaciones Bilaterales de Estados Mayores (Inteligencia, Justicia Militar, Recursos Humanos, Logistica, Ingenieria y Asuntos Civiles) de los Ejercitos del Peru y de los Estados Unidos de America. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1207500-2

Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de la Republica del Ecuador, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 0403-2015-VPD/B/b, del 3 de marzo de 2015, el Director General de Relaciones Internacionales de este Ministerio, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de la Republica del Ecuador; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 5 al 6 de marzo de 2015, con la finalidad de participar en la Reunion de Viceministros del Eje de Seguridad y Defensa del Peru - Ecuador; Que, el articulo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorizacion y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la Republica, modificado por el articulo unico de la Ley Nº 28899 y por el articulo unico de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la cantidad de personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Direccion General de Relaciones Internacionales de este Ministerio; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modificada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, sin MORDAZA de MORDAZA, a Tres (03) militares de la Republica del Ecuador, del 5 al 6 de marzo de 2015, con la finalidad de participar en la Reunion de Viceministros del Eje de Seguridad y Defensa del Peru - Ecuador. Articulo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 1207500-1 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 167-2015-DE/SG MORDAZA, 4 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (DSD) Nro. 0065, del 30 de enero de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA, sin MORDAZA de guerra; Que, con Oficio Nº 579/DRIE/c.2, del 25 de febrero de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del Ejercito del Peru, emite opinion favorable para el ingreso al MORDAZA del personal militar de los Estados Unidos de MORDAZA ; Que, el referido personal militar ingresara a territorio de la Republica, del 8 al 12 de marzo de 2015, con la finalidad de reunirse con el Comite Ejecutivo de Conversaciones Bilaterales de Estados Mayores (Inteligencia, Justicia Militar, Recursos Humanos, Logistica, Ingenieria y Asuntos Civiles) de los Ejercitos del Peru y de los Estados Unidos de America;

ENERGIA Y MINAS
Aceptan renuncia de miembro del Directorio de PERUPETRO S.A., en representacion del Ministerio de Energia y Minas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 101-2015-MEM/DM MORDAZA, 4 de marzo de 2015 CONSIDERANDO: Que, el articulo 12 de la Ley de Organizacion y Funciones de PERUPETRO S.A., Ley N° 26225, dispone que el Directorio de PERUPETRO S.A. estara integrado por (5) miembros; cuyo Presidente sera designado por Resolucion Suprema, y los cuatro (4) restantes por Resolucion Ministerial y, estara conformada por tres (3) miembros en representacion del Ministerio de Energia y Minas, uno de los cuales sera designado Presidente del Directorio; y, dos (2) miembros en representacion del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 396-2014MEM/DM, publicada en fecha 03 de setiembre de 2014 en el Diario Oficial El Peruano, se designo al senor MORDAZA MORDAZA Sanz MORDAZA como miembro del Directorio de PERUPETRO S.A., en representacion del Ministerio de Energia y Minas, el cual ha presentado renuncia al cargo; Que, en ese sentido, es necesario aceptar la renuncia MORDAZA senalada;

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