TEXTO PAGINA: 66
El Peruano Sábado 14 de marzo de 2015 548600 Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras privadas de Fondos de Pensiones 1211633-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Modifican el Reglamento de Organización y Funciones, el Manual de Organización y Funciones y el Cuadro Analítico del Personal de la Municipalidad ORDENANZA Nº 412-2015-CDLO Los Olivos, 13 de marzo de 2015 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS OLIVOS VISTO: El Dictamen Nº 007-2015-MDLO-CEP, de la Comisión Permanente de Economía y Presupuesto y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo Nº 191º de la Constitución Política del Perú, el Concejo Municipal, cumple función normativa, a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el Artículo Nº 200 numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la sostenibilidad ambiental a fi n de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población, siendo que su Artículo 40º establece que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales son normas de carácter general por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, con el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM se aprueban los lineamientos para a elaboración y aprobación del Reglamento de Organización de Funciones – ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, y en su artículo 33º establece que: “Los Reglamentos de Organización y Funciones de las Entidades requieren de un informe previo favorable para su aprobación. El objetivo del informe previo es la verifi cación del cumplimiento de los requisitos técnicos previstos en la presente norma y en la Ley de Modernización de la Gestión del Estado y demás normativa vigente.”; Que, de conformidad con el numeral 8.5 de la Directiva Nº 02-2014-SERVIR-GDSRH – “Normas para la gestión del sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos en las entidades públicas” establece que las entidades que aún no hayan iniciado el proceso de tránsito al régimen del servicio civil continúan gestionando su Manual de Organización y Funciones, su Cuadro para Asignación de Personal, su cuadro para Asignación de Personal Provisional según corresponda conforme a las normas sobre la materia; Que, la Décima Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil – SERVIR, sobre “Vigencia del Clasifi cador de Cargos” establece que “El clasifi cador de cargos del INAP sigue vigente hasta que se implemente el manual de puestos tipo”, el cual empieza a partir de la expedición de la resolución SERVIR de inicio al tránsito al nuevo régimen; Que, siendo el objetivo de la entidad promover la efi ciencia en la gestión reduciendo los niveles de decisión, a fi n de lograr un efi caz control de los servicios administrativos que optimice y garantice la calidad de gestión municipal con efi ciencia, efi cacia y productividad, se hace necesario modifi car la Estructura Orgánica, Reglamento de Organización y Funciones, el Cuadro para Asignación de Personal y el Manual de Organización y Funciones de la municipalidad, conforme a la propuesta emitida por el órgano ejecutivo de la entidad que atiende a la necesidad constante de adecuación de los instrumentos de gestión y a las nuevas disposiciones legales vigentes; Que, revisados los proyectos modifi catorios del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro Analítico del Personal (CAP), se advierten que estos han sido elaborados acorde a los parámetros legales para su emisión y han sido visados por la Gerencia Respectiva; Estando a lo expuesto y de conformidad a las atribuciones conferidas por los incisos 3 y 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, por mayoría, aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Nº 412-2015/CDLO QUE APRUEBA LA MODIFICATORIA AL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF), AL MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) Y AL CUADRO ANALÍTICO DEL PERSONAL (CAP) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS OLIVOS Artículo 1º.- APROBAR la modifi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro Analítico del Personal (CAP) de la Municipalidad Distrital de Los Olivos, de acuerdo al Anexo 01 (ROF), Anexo 02 (MOF), Anexo 03 (CAP) que forman parte integrante de la presente Ordenanza Municipal. Artículo 2º.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía expida las normas reglamentarias para la aplicación de la presente ordenanza. Artículo 3º.- DERÓGUESE todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente norma. Artículo 4º.- PUBLICAR los anexos que forman parte de la presente ordenanza en la página web de la entidad. Artículo 5º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, a la Gerencia de Prensa e Imagen Institucional la publicación en el portal institucional y a todas las demás áreas según su competencia. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde 1211248-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Autorizan celebración del I Matrimonio Civil Comunitario 2015 ORDENANZA Nº 001-2015-MDLP La Perla, 26 de enero del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA