Norma Legal Oficial del día 22 de marzo del año 2015 (22/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA 22 de marzo de 2015

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Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Misterio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1.- Adscripcion de MORDAZA Exportadora al Ministerio de Agricultura y Riego - MINAGRI Adscribase el Organismo Publico Ejecutor denominado MORDAZA Exportadora al Ministerio de Agricultura y Riego MINAGRI. Articulo 2.- Financiamiento La implementacion de lo dispuesto en la presente MORDAZA se financia con cargo al presupuesto institucional de los Pliegos involucrados, segun corresponda, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Publico. Articulo 3.- Publicacion Publicase el presente Decreto Supremo en el Diario Oficial El Peruano, asi como en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), y en los Portales Institucionales de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe), Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe) y MORDAZA Exportadora (www.sierraexportadora.gob.pe). Articulo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura y Riego. DISPOSICION COMPLEMENTARIA FINAL Unica.- Referencias normativas y administrativas Toda referencia a MORDAZA Exportadora como Organismo Publico Ejecutor adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, se entendera como adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Unica.- Normas complementarias La Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Agricultura y Riego, segun corresponda, dictaran las normas complementarias que se requieran para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Primera.- Modificacion del articulo 74 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI Modificase el articulo 74 del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014MINAGRI, en los terminos siguientes: "(...). Los Organismos Publicos adscritos al Ministerio de Agricultura y Riego son: a. Autoridad Nacional del Agua - ANA. b. Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA. c. Instituto Nacional de Innovacion Agraria - INIA. d. Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA SERFOR. e. MORDAZA Exportadora - SE". Segunda.- Modificacion del Anexo contenido en la Disposicion Complementaria Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI Modificase el Anexo a que se refiere la Disposicion Complementaria Final del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI, que contiene el Organigrama del MINAGRI, incorporando al Organismo Publico Ejecutor MORDAZA Exportadora, segun Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo.

AGRICULTURA Y RIEGO
Decreto Supremo que aprueba la adscripcion de MORDAZA Exportadora al Ministerio de Agricultura y Riego
DECRETO SUPREMO N° 004-2015-MINAGRI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica, teniendo como finalidad fundamental la obtencion de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal; prevaleciendo, entre otros, el MORDAZA de especialidad, como criterio para el diseno de la estructura organica de una entidad de la Administracion Publica; Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048, el Ministerio de Agricultura y Riego disena, establece, ejecuta y supervisa las politicas nacionales y sectoriales en materia agraria; ejerce la rectoria en relacion con MORDAZA y vigila su obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno; Que, el articulo 2 de la Ley Nº 28890, Ley que crea MORDAZA Exportadora, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, establece que dicha entidad se constituye en un Organismo Publico Ejecutor, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, que tiene como parte de sus objetivos, el desarrollo prioritario de una agricultura, agroindustria, ganaderia, acuicultura, artesania, textileria, joyeria, reforestacion, agroforesteria y turismo andinos, que generen productos con valor agregado para el MORDAZA interno como para el de exportacion; asi como la ampliacion de las areas cultivables y el incremento del valor comercial de los productos agropecuarios de las zonas rurales andinas, con enfasis en los mercados de exportacion; Que, las funciones de MORDAZA Exportadora, entre otras, estan orientadas a promover y desarrollar, planes de negocios, proyectos productivos y de infraestructura rural de menor escala, programas de capacitacion para el trabajo, asociatividad, adopcion de nuevas tecnologias; y ejecutar actividades y promover proyectos de inversion publica vinculados a la promocion de negocios rurales; Que, a fin de mejorar la eficacia del Estado, a traves de una mejor coordinacion, planificacion y ejecucion de la Politica Nacional Agraria, que contribuya a la promocion del desarrollo productivo y sostenible de los agentes agrarios de las zonas rurales y a la oferta agraria exportable resulta pertinente la adscripcion del Organismo Publico Ejecutor MORDAZA Exportadora de la Presidencia del Consejo de Ministros al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, conforme lo dispone el numeral 13.1 del articulo 13 de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, modificado por el articulo Unico de la Ley N° 27899, la modificacion respecto de la adscripcion de un Organismo Publico de un sector a otro, se realiza por decreto supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros, de acuerdo a las finalidades, preceptos y criterios establecidos en los articulos 4, 5 y 6 de la acotada Ley y previo informe favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, el Ministerio de Agricultura y Riego ha presentado su propuesta normativa y el informe tecnico sustentatorio correspondiente para la adscripcion del Organismo Publico Ejecutor MORDAZA Exportadora al citado Ministerio, el cual cuenta con el informe favorable de la Secretaria de Gestion Publica de la Presidencia del Consejo de Ministros; En uso de la facultad conferida por el numeral 8 del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru; el numeral 3 del articulo 11 de la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado; y, el Decreto

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