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El Peruano Domingo 22 de marzo de 2015 549193 DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de OCHO MILLONES VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 8 025 318,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Loreto, para fi nanciar la compra y reposición de equipamiento biomédico en el marco de programas presupuestales, para el Hospital Regional de Loreto – Felipe Santiago Arriola Iglesias y para el Hospital de Apoyo Iquitos “César Garayar García”, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios PROGRAMA PRESUPUESTAL 0001 : Programa Articulado Nutricional PRODUCTO 3033311 : Atención de infecciones Respiratorias Agudas ACTIVIDAD 5000027 : Atención a Niños con Infecciones Respiratorias Agudas GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 98 333,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0002 : Salud Materno Neonatal PRODUCTO 3033295 : Atención del Parto Normal ACTIVIDAD 5000045 : Brindar Atención del Parto Normal GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 6 798 985,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0016 : TBC-VIH/SIDA PRODUCTO 3000614 : Personas con Diagnóstico de Tuberculosis ACTIVIDAD 5004438 : Diagnóstico de Casos de Tuberculosis GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 118 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis PRODUCTO 3043983 : Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades Metaxénicas ACTIVIDAD 5000093 : Evaluación Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades Metaxénicas GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 800 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0018 : Enfermedades no Transmisibles PRODUCTO 3000016 : Tratamiento y Control de Personas con Hipertensión Arterial ACTIVIDAD 5000114 : Brindar Tratamiento a Personas conDiagnóstico de Hipertensión Arterial GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 130 000,00 PROGRAMA PRESUPUESTAL 0024 : Prevención y Control del Cáncer PRODUCTO 3000365 : Atención del Cáncer de Cuello Uterino para el Estadiaje y Tratamiento ACTIVIDAD 5003065 : Determinación del Estadío Clínico y Tratamiento del Cáncer de cuello Uterino GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 80 000,00 ----------------- TOTAL EGRESOS 8 025 318,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 453 : Gobierno Regional del Departamento de Loreto FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 8 025 318,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 8 025 318,00 ========== 1.2 El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas del pliego Ministerio de Salud, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de Loreto, a nivel de unidades ejecutoras, se encuentran en el Anexo “Transferencia de Partidas del Ministerio de Salud a favor del Gobierno Regional del Departamento de Loreto”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado con la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. PUBLICACIÏN OBLIGATORIA DE REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS Se comunica a todas las Entidades del Sector Público que, conforme al Decreto Supremo Nº 014-2012- JUS, publicado el 29 de agosto de 2012, los REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS DEBEN PUBLICARSE en el DIARIO OFICIAL EL PERUANO para su VALIDEZ Y VIGENCIA, de acuerdo a lo establecido en los artículos 51º y 109º de la Constitución Política del Perú. LA DIRECCION