Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2015 (08/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 82

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El Peruano Viernes 8 de MORDAZA de 2015

PODER EJECUTIVO INTERIOR
Autorizan intervencion de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policia Nacional del Peru en el departamento de MORDAZA, provincia de Islay, del 09 de MORDAZA al 07 de junio de 2015, con el fin de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilicito que se pudiera cometer con ocasion de las movilizaciones y cualquier otro MORDAZA de acto vandalico
RESOLUCION SUPREMA N° 105-2015-IN MORDAZA, 8 de MORDAZA de 2015 VISTO, la solicitud del Ministerio del Interior, CONSIDERANDO: Que, conforme al articulo 44 de la Constitucion Politica del Peru, es deber primordial de Estado

proteger a la poblacion de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 4.3 del articulo 4, concordante con los articulos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo Nº 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policia Nacional del Peru en caso de Trafico Ilicito de Drogas, Terrorismo, Proteccion de Instalaciones estrategicas para el funcionamiento del MORDAZA y servicios publicos esenciales, asi como en otros casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policia sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, en los casos descritos en el considerando precedente, la autoridad politica o policial del lugar en que se producen los hechos debe solicitar la intervencion de las Fuerzas Armadas al Ministro del Interior quien, una vez evaluados los hechos, formaliza el pedido al Presidente de la Republica, el que, a su vez, autorizara la actuacion de las Fuerzas Armadas mediante Resolucion Suprema, refrendada por los Ministros de Defensa y del Interior, conforme a lo previsto en el articulo 2 del Decreto Legislativo Nº 738, modificado por la Ley Nº 28222, concordante con el articulo 4 del Reglamento de la indicada Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 0242005-DE/SG; Que, a traves del documento del visto, y en atencion al requerimiento efectuado por la Policia Nacional del Peru, el senor Ministro del Interior ha solicitado al senor Presidente de la Republica, por motivos de seguridad interna, la intervencion de las Fuerzas Armadas en el departamento de MORDAZA, provincia de Islay, con el objeto de garantizar el control y mantenimiento del orden

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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