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El Peruano Viernes 8 de mayo de 2015 552262 El pago se hará efectivo al solo requerimiento escrito del Gerente Municipal de la Municipalidad de San Borja, o de quien haga sus veces, en nuestras ofi cinas ubicadas en …………………………………………………………… y toda demora de nuestra parte para honrarla devengará un interés equivalente a la tasa máxima LIBOR más un margen (spread) de 3. La tasa LIBOR será la establecida por el Cable Reuter diario que se recibe en Lima a horas 11:00 a.m., debiendo devengarse los intereses a partir de la fecha en que se ha exigido su cumplimiento y hasta la fecha efectiva de pago. Nuestras obligaciones bajo la presente Fianza no se verán afectadas por cualquier disputa entre ustedes y nuestro cliente. El plazo de vigencia de esta Fianza será de un (1) año iniciándose el ……… de ………… de 20….. y hasta el ……….. de ……………….. de 20……… Atentamente, Firma: ………………………………………. Nombre: ……………………………………. Entidad Bancaria ………………………….. NOTAS: 1. La Carta Fianza deberá emitirse en términos sustancialmente iguales al modelo que se alcanza. 2. El CEPRI SAN BORJA proporcionará la lista de bancos autorizados a emitir la garantía. 1234222-1 Aprueban Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2016 del distrito de San Borja DECRETO DE ALCALDÍA N° 005-2015-MSB-A San Borja, 30 de abril de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA Vistos, el Informe N° 59-2015-MSB-GM-GPE de la Gerencia de Planifi cación Estratégica de fecha 14 de abril de 2015, el Informe N° 129-2015-MSB-GM-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica de fecha 24 de abril de 2015, el Memorando N° 300-2015-MSB-GM de la Gerencia Municipal de fecha 24 de abril de 2015; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales son personas jurídicas de derecho público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, consiguientemente están facultados a ejercer actos de gobiernos y actos administrativos con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el numeral 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Alcalde, “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”; siendo que, mediante Decretos de Alcaldía se establecen normas complementarias y de aplicación de las Ordenanzas Municipales, así como se sancionan los procedimientos pertinentes para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general, que no sean de competencia del Concejo Municipal; Que, mediante Ley N° 28056, Ley del Presupuesto Participativo, modifi cado por Ley N° 29298, se establecen los principios rectores y disposiciones generales del Presupuesto Participativo, así como las faces, su vinculación con los planes de desarrollo concertado y los mecanismos de vigilancia participativa; Que, mediante Informe N° 59-2015-MSB-GM-GPE la Gerencia de Planifi cación Estratégica remite al Gerente Municipal la propuesta de Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo basado en Resultados del año fi scal 2016 del distrito de San Borja, así como la conformación del Equipo Técnico correspondiente; Que, mediante Ordenanza N° 542-MSB que aprueba el “Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo basado en Resultados del Distrito de San Borja”, se establece que el Equipo Técnico del Presupuesto Participativo es el soporte técnico de todo el proceso, establecido su conformación, atribuciones y responsabilidades; asimismo, contempla las atribuciones y responsabilidades del Gerente de Planifi cación Estratégica en calidad del Presidente del Equipo Técnico del Presupuesto Participativo; Que, mediante Informe N° 129-2015-MSB-GM-GAJ la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que la propuesta del Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo 2016, se ajusta al marco legal precedente; por lo que mediante documento del visto la Gerencia Municipal propone la aprobación de la propuesta normativa en mención; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades otorgada en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el visto bueno de la Gerencia de Planifi cación Estratégica, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal. DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2016 del Distrito de San Borja, el mismo que consta en el cuadro siguiente: Actividades Fecha Inscripción y Registro de Agentes Participantes 12 al 27 de Mayo Capacitación 28 y 29 de Mayo Taller 1: Rendición de Cuentas Presentación del Plan de Desarrollo Concertado 03 de Junio Taller 2: Identifi cación y Priorización de Problemas 09 de Junio Taller 3: Identifi cación y Propuesta de Proyectos 16 de Junio Taller 4: Evaluación de Proyectos 23 de Junio Taller 5: Elección del Comité de Vigilancia Asignación Presupuestal para Inversiones 25 de Junio Priorización de Proyectos Artículo Segundo.- Conformar el Equipo Técnico del Proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados del Año Fiscal 2016 del Distrito de San Borja, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza N° 542-MSB, el mismo que estará conformado como sigue: - Gerente de Planifi cación Estratégica, quien presidirá el Equipo Técnico. - Funcionario Responsable de la Ofi cina de Programación e Inversiones. - Jefe de la Unidad de Planeamiento y Racionalización. - Jefe de la Unidad de Presupuesto y Estadística. - Gerente de Medio Ambiente y Obras Públicas. - Jefe de la Unidad de Obras Públicas e Infraestructura Menor. - Gerente de Participación Vecinal. - Gerente de Seguridad Ciudadana. - Gerente de Seguridad Vial y Transitabilidad Urbana. - Gerente de Desarrollo Humano. - Gerente de Desarrollo Urbano. - Un profesional con experiencia en temas de planeamiento y presupuesto en el sector público, debidamente acreditado, proveniente de la sociedad civil, quien será designado por el Equipo Técnico al inicio de los talleres de trabajo. Artículo Tercero.- El Equipo Técnico conformado en el artículo precedente, y el Gerente de Planificación Estratégica quien lo preside, ejercerán sus funciones