Norma Legal Oficial del día 08 de mayo del año 2015 (08/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano Viernes 8 de MORDAZA de 2015

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autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972, establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo economico de su circunscripcion territorial y la actividad empresarial local, con criterio de justicia social. Asimismo, el numeral 2.1 del articulo 84º de dicha Ley senala que es funcion exclusiva de las municipalidades distritales, planificar y concertar el desarrollo social en su circunscripcion en MORDAZA con las politicas planes regionales y provinciales, aplicando estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades para superar la pobreza; Que, el articulo 43º de la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Solidos, establece que las autoridades sectoriales y municipales estableceran condiciones favorables que directa o indirectamente generan un beneficio economico, a favor de aquellas personas o entidades que desarrollen acciones de minimizacion o segregacion de materiales en la fuente para su reaprovechamiento, entre otros; Que, la Ley Nº 29419, Ley que Regula la Actividad de los Recicladores, tiene por objeto establecer el MORDAZA normativo para la regulacion de las actividades de los trabajadores del reciclaje, orientada a la proteccion, capacitacion y promocion del desarrollo social y laboral, promoviendo su formalizacion, asociacion y contribuyendo a la mejora en el manejo ecologicamente eficiente de los residuos solidos en el pais; en el MORDAZA de los objetivos y principios de la Ley Nº 27314, Ley General de Residuos Solidos y la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente; Que, la citada Ley en el Articulo 5º define que los gobiernos locales seran los entes reguladores de la actividad de los recicladores en el ambito de su jurisdiccion; con un enfoque orientado a incorporar a los recicladores como parte del sistema local de gestion de residuos solidos, potenciando la actividad a traves de la elaboracion de normas de promocion. Asi mismo la citada ley establece que los gobiernos locales mantendran un registro de inscripcion de las organizaciones de recicladores, cuyos miembros operen en su jurisdiccion para el otorgamiento de la autorizacion y certificacion correspondiente; Que, en el Reglamento de la citada Ley, D.S Nº 005-2010-MINAM, se establecen los aspectos tecnicos, operativos, administrativos y de gestion para el ordenamiento, la regulacion y la estandarizacion de un modelo de reaprovechamiento integral de los residuos solidos con la inclusion social y economica de los recicladores, a fin de lograr servicios de recoleccion selectiva de residuos solidos operados por recicladores formalizados, convertidos en microempresarios; Que, la Ordenanza Municipal Nº 0894-2013-MML, considera el MORDAZA Regimen Municipal de Aplicacion de Sanciones Administrativas Derivadas de la Funcion Fiscalizadora, la cual tiene como finalidad establecer las disposiciones generales orientadas a estructurar el procedimiento sancionador garantizando al ciudadano la correcta aplicacion de sanciones ante el cumplimiento de las normas administrativas municipales; Que, la Ordenanza Municipal Nº 1778-2014-MML Gestion Metropolitana de Residuos Solidos Municipales, tiene por finalidad establecer el MORDAZA normativo que rige la gestion Metropolitana de los Residuos solidos y determinar las responsabilidades de las personas naturales y juridicas, de derecho publico y privado, que generen residuos solidos y de las que desarrollan actividades vinculadas a la gestion de los residuos solidos; Que, la Ordenanza Municipal Nº 1854-2014-MML, promueve, impulsa y regula el reciclaje de los residuos solidos en la provincia de MORDAZA, la presente MORDAZA tiene como objeto establecer en la provincia de MORDAZA el MORDAZA normativo, para promover, impulsar y regular la cadena del reciclaje de residuos solidos de origen en actividades domiciliarias, comerciales, de limpieza de espacios publicos, de la construccion y demolicion de obras menores, de aparatos electricos y electronicos, y en general de aquellos cuya composicion sea asimilar o asimilables a los residuos del ambito municipal; Que, la Ordenanza Municipal Nº 0068-2008-MDVMT, aprueba la Politica Ambiental Local del Distrito de MORDAZA

de acuerdo a lo dispuesto en la Ordenanza N° 542MSB. Articulo Cuarto.- Todas las Unidades Organicas de la Municipalidad, bajo responsabilidad deben brindar el apoyo que requiera la Gerencia de Planificacion Estrategica, dentro de los plazos que establezca, a fin de dar cumplimiento al desarrollo del MORDAZA del Presupuesto Participativo basado en resultados, de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria de la Ordenanza N° 542-MSB. Articulo Quinto.- Encargar a la Gerencia Municipal disponga las acciones necesarias a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Articulo Sexto.- Establecer como asignacion presupuestaria destinada a proyectos de inversion publica del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2016, S/.8´000,000.00 (Ocho Millones y 00/100 Nuevos Soles). Articulo Setimo.- Encargar a Secretaria General la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Octavo.- Encargar a la Gerencia de Tecnologias de la Informacion la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA de Transparencia Institucional, asi como su difusion a la Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Participacion Vecinal su difusion en el distrito. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1234220-1

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban el Programa Municipal de Segregacion en la Fuente y de Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Reaprovechables en el distrito
ORDENANZA Nº 191-MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 24 de MORDAZA del 2015 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO VISTO, en la Sesion Ordinaria de la fecha, el Memorandum Nº 0293-2015-GM/MVMT de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 094-2015-MVMTGAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 055-2015-MVMT/GSCGA e Informe Nº 014-2015CYOH-GSCGA-MVMT de la Gerencia de Servicios a la Ciudadania y Gestion Ambiental, el Informe Nº 0942015-SGLPYM-GSCGA-MVMT de la Sub Gerencia de Limpieza Publica y Maestranza, el Informe Nº 035-2015-SGTIP-GM/MVMT de la Sub Gerencia de Tecnologia de la Informacion y Procesos, el Informe Nº 147-2015-SGFAyCM-GDE/MVMT de la Sub Gerencia de Fiscalizacion Administrativa y Control Municipal, el Informe Nº 063-2015-SGT-GA-MDVMT de la Sub Gerencia de Tesoreria, respecto a la Ordenanza que aprueba el Programa Municipal de Segregacion en la Fuente y de Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos Reaprovechables en el Distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, establece que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del estado. Asimismo, el articulo 194º de dicha MORDAZA, modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales son organos de gobierno local que gozan de

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