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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2015 (10/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 11

El Peruano Domingo 10 de mayo de 2015 552349 al doctor Víctor Maximiliano León Montenegro en el cargo de Juez Instructor de la Provincia de Chancay; asimismo, mediante Resolución Administrativa Nº 153-2006-CE-PJ, del 9 de noviembre de 2006, se dispuso su traslado a una plaza de igual jerarquía y especialidad en la Corte Superior de Justicia del Callao. Segundo. Que el cargo de Juez termina, entre otras causales, por alcanzar la edad límite de setenta años, conforme lo establece el artículo 107°, numeral 9), de la Ley de la Carrera Judicial. Tercero. Que, al respecto, del Ofi cio Nº 896-I-2015- GRHB-GG-PJ cursado por el Gerente de Recursos Humanos y Bienestar; así como de la fotocopia de la fi cha del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, del documento de identidad y de la Partida de Nacimiento anexa, aparece que el nombrado juez nació el 14 de mayo de 1945. Por consiguiente, el 14 de mayo del año en curso cumplirá setenta años; correspondiendo disponer su cese por límite de edad, de conformidad con lo previsto en la precitada normatividad. En consecuencia, el Presidente del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Administrativa N° 101-2011-CE-PJ, de fecha 16 de marzo de 2011. RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 14 de mayo del presente año, al doctor Víctor Maximiliano León Montenegro, Juez Titular Especializado en lo Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao, quien actualmente se encuentra desempeñando funciones como Juez Superior Provisional en la 4º Sala Penal de la mencionada Corte Superior; dándosele las gracias por los servicios prestados a la nación. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia del Callao, Gerencia General del Poder Judicial; y al interesado, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. VÍCTOR TICONA POSTIGO Presidente 1235072-4 Conforman la Comisión de Planificación Estratégico del Poder Judicial y el Grupo de Trabajo “Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 151-2015-CE-PJ Lima, 29 de abril de 2015 VISTO: El Ofi cio N° 708-2015-GG/PJ, cursado por el Gerente General del Poder Judicial, remitiendo la propuesta de conformación de la Comisión de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y descentro Nacional de Planeamiento Estratégico, se crea, entre otro, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, como el órgano rectos y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico. Segundo. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 128-2011-CE-PJ, del 6 de julio de 2011, se aprobó la modifi cación del Plan de Desarrollo Institucional 2009-2018 del Poder Judicial. Tercero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 278-2011-CE-PJ, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, en cuyo artículo 65° se señala que la Sub Gerencia de Planes y Presupuesto es la unidad orgánica de línea de la Gerencia de Planifi cación, encargada de conducir y evaluar las actividades relacionadas a los sistemas de planifi cación y presupuesto, en coordinación con los órganos de la entidad; y en el artículo 66° se establece que entre sus funciones se encuentra la de coordinar el proceso de formulación y evaluación de los planes operativos, estratégicos y/o de desarrollo del Poder Judicial, en concordancia y aplicación de la normatividad legal vigente. Cuarto. Que, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 26-2014-CEPLAN/PCD, se aprobó la Directiva N° 001-2014-CEPLAN, “Directiva General del Proceso de Planeamiento Estratégico - Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico”, en la que se establecen principios, normas, procedimientos e instrumentos del proceso de planeamiento estratégico en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico -SINAPLAN, de aplicación para todas las entidades de la Administración Pública; Quinto. Que, el artículo 24° de la citada Directiva establece que los “Otros Planes Especiales” se refi eren a los planes elaborados por el Poder Judicial, Poder Legislativo, Organismos Constitucionales Autónomos y las Universidades Públicas, y que se elaboran para un período de 5 años a fi n de permitir el seguimiento de las acciones propuestas y logro de los objetivos. Sexto. Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Ejecutivo N° 107-2014-CEPLAN/PCD se modifi có la Resolución de Presidencia de Consejo Ejecutivo N° 26- 2014-CEPLAN/PCD, que aprobó la mencionada directiva, en el extremo del literal a) de la Primera Disposición Final y Transitoria, señalándose que las Fases de Análisis Prospectivo y Estratégico deberá concluir el año 2015, y la Fase Institucional se desarrollará durante el año 2016. Sétimo. Que, mediante Ofi cio N° 125-2014- CEPLAN/DE, el Director Ejecutivo del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN comunica a la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, que el CEPLAN viene brindando asistencia técnica para la formulación del Plan Estratégico, y que en el segundo trimestre del año 2015, se podrá iniciar las coordinaciones del plan de trabajo para la asistencia del Poder Judicial y elaborar el Plan Especial. Octavo. Que, en atención a las consideraciones expuestas, corresponde constituir la Comisión de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial y el Grupo de Trabajo denominado “Equipo Técnico de Planeamiento Estratégico del Poder Judicial”. Noveno. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 611- 2015 de la vigésimo quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Ticona Postigo, De Valdivia Cano, Meneses Gonzáles, Taboada Pilco y Escalante Cárdenas; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; sin la intervención del señor Lecaros Cornejo por tener que viajar en comisión de servicio. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Conformar la Comisión de Planifi cación Estratégico del Poder Judicial, que está conformada por: • El Titular el Pliego Poder Judicial, o su representante, quien la presidirá. • Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de la República. • Los Presidentes de los Equipos Técnicos de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal y la Nueva Ley Procesal del Trabajo. • Los Presidentes de los Equipos Técnicos de los Programas Presupuestales a cargo del Poder Judicial. • El Gerente General del Poder Judicial. La Comisión se constituye como la máxima instancia del planeamiento estratégico del Poder Judicial durante el período de formulación del Plan Especial 2016-2021. La Comisión tiene las siguientes funciones: a) Emitir lineamientos para el desarrollo del proceso de formulación del planeamiento estratégico del Poder Judicial, b) Aprobar el Plan de Trabajo para la formulación del Plan Especial del Poder Judicial, c) Convocar a reuniones de trabajo a los más altos funcionarios del Poder Judicial para ejecutar las acciones que requiere la formulación del Plan Especial,