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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE MAYO DEL AÑO 2015 (10/05/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 7

El Peruano Domingo 10 de mayo de 2015 552345 el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada EL VENCEDOR S.R.L., los gastos que origine su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANGEL SÁNCHEZ DEL SOLAR QUIÑONES Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1229217-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan representantes del Ministerio ante los Directorios de las EPS municipales EMSAPUNO S.A. y EPS CHAVÍN S.A. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 124-2015-VIVIENDA Lima, 7 de mayo de 2015 VISTOS: Los Memoranda N°s. 097, 100 y 123-2015-VIVIENDA- VMCS del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, el Memorándum N° 222-2015-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento y el Informe Nº 078-2015- VIVIENDA/VCMS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, tiene por objeto establecer medidas orientadas al incremento de la cobertura y al aseguramiento de la calidad y la sostenibilidad de los servicios de saneamiento a nivel nacional, promoviendo el desarrollo, la protección ambiental y la inclusión social; Que, mediante la citada Ley, se crea el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargado de cautelar la ejecución de la política de dicho sector en materia de administración para la prestación de servicios de saneamiento a cargo de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS, y cuenta en su estructura orgánica, entre otros, con un Consejo Directivo; Que, el Reglamento de la Ley N° 30045, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2013-VIVIENDA, establece en su artículo 21, que el directorio de las EPS municipales constituidas como sociedades anónimas esté integrado, entre otros, por un (01) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y prevé en su Única Disposición Complementaria Transitoria, que la designación de los directores se hará teniendo en cuenta los procedimientos y normas a que se refi ere el último párrafo del artículo 21 antes citado; Que, por Decreto Supremo N° 012-2014-VIVIENDA se autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a continuar hasta su culminación con el proceso de designación de sus representantes ante el proceso de designación de sus representantes ante el Directorio de las EPS municipales constituidas como sociedades anónimas, a que se refi ere la Única Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley N° 30045, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2013-VIVIENDA; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 085- 2015-VIVIENDA, fueron aceptadas las renuncias los representantes del Ministerio Vivienda, Construcción y Saneamiento ante los Directorios de EMSAPUNO S.A. y EPS CHAVIN S.A., entre otros; Que, en consecuencia, es necesario designar a los representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el directorio de EMSAPUNO S.A. y EPS CHAVÍN S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA; la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 015-2013- VIVIENDA y el Decreto Supremo Nº 012-2014-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a los representantes del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante los Directorios de las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento - EPS municipales, constituidas como sociedades anónimas, conforme al detalle siguiente: EPS Nombre(s) y Apellidos EMSAPUNO S.A. Enith Luisa Montreuil García EPS CHAVÍN S.A. Godofredo Sebastián Tapay Paredes Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución al Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, a la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento - SUNASS y a la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1234767-1 ORGANISMOS EJECUTORES SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION Designan Gerente de Investigación y Normalización del SENCICO RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 60-2015-02.00 Lima, 8 de mayo de 2015 VISTO: La Carta de renuncia de fecha 07 de mayo de 2015 presentada por el Arquitecto Carlos Augusto Montes de Oca Cornejo, Gerente de Investigación y Normalización, del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO, y; CONSIDERANDO: Que, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO es una entidad de tratamiento especial, adscrita al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cuenta con autonomía administrativa, económica y fi nanciera, de conformidad con lo establecido en su Ley de Organización y Funciones – Decreto Legislativo Nº 147, concordante con el artículo 20° de la Ley de Organización y Funciones de dicho Ministerio, Ley N° 30156; Que, de acuerdo a lo establecido en el literal d), del artículo 29° del Estatuto del SENCICO, es atribución del Consejo Directivo Nacional, entre otras, la de designar, ratifi car o remover al personal de confi anza que específi camente lo califi que en tal calidad el Reglamento de Organización y funciones, así como fi jar sus remuneraciones, con arreglo a los dispositivos legales vigentes a las que se sujeta el personal de la Institución y la disponibilidad presupuestal;