Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2015 (19/05/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Martes 19 de MORDAZA de 2015

552773
23.5 incorpora en la pagina web del MORDAZA Nacional de Elecciones. La omision de la informacion prevista en los numerales 5, 6 y 8 del parrafo 23.3 o la incorporacion de informacion falsa dan lugar al retiro de dicho candidato por el MORDAZA Nacional de Elecciones, hasta diez dias MORDAZA del MORDAZA electoral. El reemplazo del candidato excluido solo procede hasta MORDAZA del vencimiento del plazo para la inscripcion de la lista de candidatos. En caso de que se MORDAZA excluido al candidato o de que MORDAZA trascurrido el plazo para excluirlo, y habiendose verificado la omision o falsedad de la informacion prevista en el parrafo 23.3, el MORDAZA Nacional de Elecciones remite los actuados al Ministerio Publico".

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30326
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

23.6

LEY QUE MODIFICA EL ARTICULO 23 DE LA LEY 28094, LEY DE PARTIDOS POLITICOS, ESTABLECIENDO REQUISITOS ADICIONALES EN LA DECLARACION DE HOJA DE MORDAZA DE CANDIDATOS A CARGOS DE ELECCION POPULAR
Articulo unico. Modificacion del articulo 23 de la Ley 28094, Ley de Partidos Politicos Se modifica el articulo 23 de la Ley 28094, Ley de Partidos Politicos, modificado por las leyes 28624 y 29490, en los siguientes terminos: "Articulo 23. Candidaturas sujetas a eleccion 23.1 (...) c) Gobernador, Vicegobernador y Consejeros Regionales. (...) 23.2 Los candidatos que postulen a los cargos referidos en el parrafo 23.1, habiendo o no participado en eleccion interna, estan obligados a entregar al partido, alianza, movimiento u organizacion politica local, al momento de presentar su candidatura a eleccion interna o de aceptar por escrito la invitacion para postular a los cargos referidos, una Declaracion Jurada de Hoja de MORDAZA que es publicada en la pagina web del respectivo partido, alianza, movimiento u organizacion politica local. La Declaracion Jurada de Hoja de MORDAZA del candidato se efectua en el formato que para tal efecto determina el MORDAZA Nacional de Elecciones, el que debe contener: 5. Relacion de sentencias condenatorias firmes impuestas al candidato por delitos dolosos, la que incluye las sentencias con reserva de fallo condenatorio. 6. Relacion de sentencias que declaren fundadas las demandas interpuestas contra los candidatos por incumplimiento de obligaciones familiares o alimentarias, contractuales, laborales o por incurrir en violencia familiar, que hubieran quedado firmes. 7. Mencion de las renuncias efectuadas a otros partidos, movimientos de alcance regional o departamental u organizaciones politicas de alcance provincial y distrital, de ser el caso. 8. Declaracion de bienes y rentas, de acuerdo con las disposiciones previstas para los funcionarios publicos. 23.4 En caso de que el candidato sea inscrito como tal por su partido o alianza, movimiento u organizacion politica local, segun corresponda, la Declaracion Jurada de Hoja de MORDAZA se Estan sujetos a eleccion interna los candidatos a los siguientes cargos:

Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de MORDAZA de dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de MORDAZA del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la Republica MORDAZA CATERIANO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 1238999-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Reconforman la Comision Reorganizadora de Alto Nivel de la Direccion Nacional de Inteligencia (DINI)
RESOLUCION SUPREMA Nº 147-2015-PCM MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2015-PCM, se declaro en reorganizacion la Direccion Nacional de Inteligencia (DINI), organismo publico adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante el articulo 2 del Decreto Supremo N° 013-2015-PCM, se creo la Comision Reorganizadora de Alto Nivel de la DINI, encargada de evaluar y proponer las normas que resulten necesarias para su reorganizacion, en los aspectos de profesionalizacion, racionalizacion, y de modificacion de los aspectos operativos, administrativos, tecnicos normativos, procesos y de procedimientos; Que, segun la citada MORDAZA, la referida Comision Reorganizadora esta integrada por tres personalidades de

23.3

(...)

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