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El Peruano Martes 19 de mayo de 2015 552775 necesarias para que, en el marco de su competencia, puedan dar cumplimiento a lo establecido en la presente norma, con cargo a su presupuesto; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0424-2014- MINAGRI se dio por concluido el proceso de fusión por absorción de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del MINAGRI en el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR, en calidad de entidad absorbente y en consecuencia, extinguida la citada Dirección General; Que, con el Informe N° 126-2015-SERFOR-DGGSPFFS/ DGSPFS y el Informe Técnico N° 033-2015-SERFOR- DGPCFFS-DPR, de la Dirección de Gestión Sostenible del Patrimonio de Fauna Silvestre de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre y de la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre del SERFOR, respectivamente, se da cuenta que se ha elaborado de manera conjunta el documento denominado “Plan Nacional para la Conservación del “cóndor andino” (Vultur gryphus) en el Perú” con la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente y el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas, además de la participación de otras instituciones públicas y privadas; Que, asimismo refi eren, entre otros supuestos, que el Plan formulado es una herramienta de gestión que, además de incorporar al Perú a los esfuerzos para la conservación de la especie en la región, brinda un marco estratégico que integra la gestión de los gobiernos regionales involucrados en la gestión sostenible de la especie y permite cumplir con lo establecido en la Ley N° 30203; Que, con el Informe Técnico N° 018-2015-SERFOR/ OGPP-OPR la Ofi cina de Planeamiento y Racionalización de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable de la propuesta de “Plan Nacional para la Conservación del “cóndor andino” (Vultur gryphus) en el Perú”; Que, mediante Informe N° 122-2015-MINAM/ DVMDERN/DGDB de fecha 04 de mayo de 2015 la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente emite opinión favorable sobre la propuesta de “Plan Nacional para la Conservación del “cóndor andino” (Vultur gryphus) en el Perú” manifestando que constituye un documento de gestión con medidas de carácter orientativo, operativo y funcional, a fi n de abordar la problemática de la especie en el país, para garantizar su recuperación sobre la base de la mejor información científi ca y de gestión disponible, considerando líneas de acción claves para mitigar las amenazas a las que se encuentra sometida la especie y que se requiere una estrecha coordinación entre el Ministerio del Ambiente, el SERFOR, Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas y los Gobiernos Regionales de acuerdo a sus competencias, a fi n de impulsar procesos sinérgicos y unifi cados para la implementación del Plan, por lo cual recomienda su aprobación; Que, en este contexto, resulta necesario aprobar el documento denominado el “Plan Nacional para la Conservación del Cóndor Andino (Vultur gryphus) en el Perú”, periodo 2015-2025; Con el visado del Director General de la Dirección General de Gestión Sostenible del Patrimonio Forestal y de Fauna Silvestre, la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, el Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y el Secretario General del SERFOR; y; De conformidad con la Ley N°30203, Ley que Declara de Interés Nacional y Necesidad Pública la Protección y Conservación del Cóndor Andino, la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, la Política Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, aprobada con Decreto Supremo N° 009-2013-MINAG y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modifi cado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el “Plan Nacional para la Conservación del Cóndor Andino (Vultur gryphus) en el