Norma Legal Oficial del día 07 de noviembre del año 2015 (07/11/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de noviembre de 2015 /

El Peruano

Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Teniente Primero Alfredo BELAUNDE Sara-Lafosse, CIP. 00008023, DNI. 43310767, para que participe en la Maestría en Ingeniería de Sistemas Electrónicos (Electronic Systems Engineering), a realizarse en la Escuela Naval de Postgrado, ciudad de Monterrey, Estado de California, Estados Unidos de América, del 27 de diciembre de 2015 al 15 de diciembre de 2017; así como, autorizar su salida del país el 26 de diciembre de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2015, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasaje Aéreo (ida): Lima - Monterrey (Estados Unidos de América) US$ 1,800.00

de la presente autorización de viaje al exterior en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5º.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8º del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2º del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 7º.- El Oficial Subalterno designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8º.- El mencionado Oficial Subalterno, revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el periodo que dure la Misión de Estudios. Artículo 9º.- El referido Oficial Subalterno está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 11º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1309458-6

Autorizan viaje de Personal Militar FAP a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 469-2015-DE/FAP Lima, 6 de noviembre de 2015

US$ 1,800.00

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 5,346.90 / 31 x 5 días (diciembre 2015) US$

862.40

Visto las Cartas de fechas 30 de junio de 2015 y 28 de setiembre del 2015 del Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana y la Papeleta de Trámite NC-35-SGFA-N° 3000 de fecha 14 de setiembre de 2015 del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, con las Cartas de fechas 30 de junio de 2015 y 28 de setiembre del 2015 el Comandante General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana extiende una invitación al Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, para que viaje junto con un Oficial Ayudante, a la ciudad de Guayaquil ­ República del Ecuador, del 18 al 22 de noviembre de 2015, para realizar una visita oficial con el propósito de conocer la estructura y las bases operativas de la Fuerza Aérea Ecuatoriana; Que, por razones presupuestales el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú sólo viajará para participar en la visita oficial citada en el considerando precedente, del 18 al 20 de noviembre de 2015;

Gasto de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$ 5,346.90 x 1 compensación US$ 5,346.90 TOTAL A PAGAR: US$ 8,009.30

Artículo 3º.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4º.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento

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