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566033 NORMAS LEGALES Martes 10 de noviembre de 2015 El Peruano / TALLER DE PLANIFICACIÓN E INTERVENCIÓN DE SECTORES NACIONALES Y MUNICIPAL EN LA PROVINCIA DE COTABAMBAS Compromisos Responsables Realizar capacitación/asistencia técnica para mejorar la gestión integral de residuos sólidos en la Municipalidad Provincial de Cotabambas y las Municipalidades Distritales de Challhuahuacho, Haquira, Coyllurqui, Mara y Cotabambas. Dirección General de Calidad Ambiental Impulsar la conformación y/o reactivación de las Comisiones Ambientales Municipales (CAM) en la Municipalidad Provincial de Cotabambas y las Municipalidades Distritales de Challhuahuacho, Haquira, Coyllurqui, Mara y Cotabambas. Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental Apoyar y hacer seguimiento a las acciones a realizar por parte de la Municipalidad Provincial de Cotabambas y las Municipalidades Distritales de Challhuahuacho, Haquira, Coyllurqui, Mara y Cotabambas, respecto a la construcción de rellenos sanitarios, la implementación de un programa de reforestación y la dotación de compactadoras. Dirección General de Calidad Ambiental 1309711-1 Aprueban el “Procedimiento Técnico y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Servicios Ecosistémicos para el Ordenamiento Territorial” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 311-2015-MINAM Lima, 5 de noviembre de 2015 Visto, el Memorándum N° 594-2015-MINAM/ DVMDERN del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; así como el Informe N° 116-2015-MINAM/DVMDERN/DGOT de la Dirección General de Ordenamiento Territorial; el Informe N° 196-2015-MINAM/SG/OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y demás antecedentes; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, establece que la planifi cación y el ordenamiento territorial tienen por fi nalidad complementar la planifi cación económica, social y ambiental con la dimensión territorial, racionalizar las intervenciones sobre el territorio y orientar su conservación y aprovechamiento sostenible; Que, conforme a los Lineamientos de Política para el Ordenamiento Territorial, aprobados por Resolución Ministerial N° 026-2010-MINAM, el ordenamiento territorial es un proceso político y técnico administrativo de toma de decisiones concertadas con los actores sociales, económicos, políticos y técnicos, para la ocupación ordenada y uso sostenible del territorio, la regulación y promoción de la localización y desarrollo sostenible de los asentamientos humanos, de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físico espacial, sobre la base de la identifi cación de potencialidades y limitaciones, considerando criterios ambientales, económicos, socioculturales, institucionales y geopolíticos; Que, el literal c) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, faculta al citado organismo a establecer la política, los criterios, las herramientas y los procedimientos de carácter general para el ordenamiento territorial nacional, en coordinación con las entidades correspondientes, y conducir su proceso; Que, mediante Resolución Ministerial N° 135- 2013-MINAM, se aprobó la Guía Metodológica para la Elaboración de los Instrumentos Técnicos Sustentatorios para el Ordenamiento Territorial, norma que identifi ca, conceptualiza y defi ne los instrumentos técnicos sustentatorios del Ordenamiento Territorial: La Zonifi cación Ecológica y Económica - ZEE, los Estudios Especializados – EE, el Diagnóstico Integrado del Territorio - DIT y el Plan de Ordenamiento Territorial - POT; Que, de conformidad con la mencionada guía, los estudios especializados son instrumentos técnicos de carácter estratégico que enfatizan el análisis de las dinámicas, relaciones y funcionalidad que se evidencian en el territorio bajo estudio y su articulación con otros territorios. Responden a la necesidad de conocer la relación de las sociedades con su medio natural, evolución, situación actual y proyección, y se priorizan a partir de la información generada en la ZEE, el contexto geográfi co, el rol y las dinámicas territoriales, sociales, económicas y ambientales de cada ámbito de intervención; Que, la Dirección General de Ordenamiento Territorial del Ministerio del Ambiente se encarga de formular, en coordinación con las entidades correspondientes, la política, planes, estrategias, lineamientos y normas de carácter nacional para el ordenamiento territorial y de conducir y orientar los procesos de Zonifi cación Ecológica Económica, así como la elaboración de estudios especializados, conforme lo dispone el artículo 37 del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM; Que, a través del informe del visto, el citado órgano de línea determina que es necesario diseñar el procedimiento técnico y metodológico que facilite una mejor comprensión de las pautas de cada estudio especializado, siendo en ese caso aplicable al EE de Servicios Ecosistémicos para el Ordenamiento Territorial, que tiene como objetivo caracterizar los principales servicios ecosistémicos existentes en un determinado ámbito geográfi co, incorporándolos en el proceso de ordenamiento territorial, con la fi nalidad de promover su aprovechamiento sostenible, teniendo en consideración los benefi cios que brindan, en articulación con la dinámica de desarrollo; por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría General, la Dirección General de Ordenamiento Territorial, la Dirección General de Evaluación, Valoración y Financiamiento del Patrimonio Natural y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento denominado “Procedimiento Técnico y Metodológico para la Elaboración del Estudio Especializado de Servicios Ecosistémicos para el Ordenamiento Territorial”; que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- El instrumento aprobado en el artículo precedente es de aplicación y cumplimiento obligatorio a todos los procesos preparatorios para el ordenamiento territorial, en trámite o por iniciarse, independientemente de su ámbito de ejecución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. La resolución y su anexo serán publicados, asimismo, en el Portal de Transparencia Estándar del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1309711-2 CULTURA Designan Coordinador de la Secretaría Pro Témpore del Qhapaq Ñan-Sistema Vial Andino RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 389-2015-MC Lima, 6 de noviembre de 2015