Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2015 (18/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Domingo 18 de octubre de 2015 /

El Peruano

y el Informe Nº355-2014-GAJ-MDB, de fecha 23 de setiembre del 2014, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y El Memorándum Nº 776-2014-GM/MDB, de fecha 29 de setiembre del 2014, emitido por la Gerencia Municipal, respecto a la modificación del Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos ­TUPA de la Municipalidad Distrital de Barranco; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanzas Nº 389-MDB y Nº 391MDB, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Barranco, ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 2474, publicados en el Diario Oficial El Peruano, con fecha 02 de marzo de 2014; Que, mediante Informe Nº098-2014-GPPR/MDB, de fecha 17 de setiembre del 2014, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, indica que, habiendo evaluado las propuestas de modificación de los procedimientos solicitados por las unidades orgánicas, formula el proyecto de modificación del TUPA vigente, mediante el cual se adecúan los procedimientos vinculados a la instalación de infraestructura para el servicio público de telecomunicaciones, a la Ley Nº 29022 Ley para la Expansión de la Infraestructura en Telecomunicaciones y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-2007-MTC; Asimismo, los procedimientos de autorizaciones de elementos de publicidad, colocación de toldos y cese de actividades comerciales, en atención de lo establecido por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, resulta necesaria la modificación del TUPA aprobado mediante Ordenanzas Nº 389-MDB y Nº 391-MDB, con el objeto de adecuarlo a las normas señaladas en el párrafo precedente, así como acoger las observaciones formuladas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, mediante Oficio Nº 0510-2014/INDECOPI-CEB y Oficio Nº 0770-2014/ INDECOPI-CEB; Que, el Artículo 38º numeral 5 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Decreto de Alcaldía, en el caso de los Gobiernos Locales; Estando a las facultades conferidas en el numeral 6) del Artículo 20º y Artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con la visación de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA Artículo Primero.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) vigente de la Municipalidad Distrital de Barranco, aprobado por Ordenanza Nº 389-MDB y Ordenanza Nº 391MDB, referidos a los procedimientos de las unidades orgánicas que se detallan en el contenido del Anexo 1 adjunto que forma parte integrante del presente Decreto. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano, y a la Sub Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información, la presente modificación del TUPA conforme a lo dispuesto en el Artículo 38.1 de la Ley Nº 27444, en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas y en el Portal Electrónico de la Municipalidad Distrital de Barranco (www.munibarranco. gob.pe). Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HORACIO GARCIA BUSTAMANTE Teniente Alcalde Encargado del Despacho de Alcaldía 1300349-1

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Autorizan viaje de Regidores a Alemania, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 046-2015-MDJM Jesús María, 6 de octubre del 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA; POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍA VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto unánime de los señores regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Memorando Nº 505-2015-MDJM-GPDI, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional, se da cuenta de la cobertura presupuestal referida a la invitación recibida para el Encuentro Juvenil Internacional 2016, que se realizará en la ciudad de Flichtelberg - Alemania; Que, la Gerencia Municipal mediante Memorando Nº 943-2015-MDJM/GM propone para asistir a este evento a los señores regidores Lupe Florencia Solano Huaylinos y Ernesto Enrique Delhonte Cagna, contándose con la opinión favorable de la Gerencia de Planeamiento y Desarrollo Institucional respecto a la cobertura presupuestal; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica y Registro Civil con Memorando Nº 722-2015-MDJM-GAJyRCopina que corresponde al Concejo autorizar el viaje al exterior del país que realicen los señores regidores; Que, el artículo 9º numeral 11) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 establece que es atribución del Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde, regidores o cualquier funcionario municipal; En uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; el Concejo Municipal adoptó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero.- OTORGAR licencia y AUTORIZAR el viaje en representación y comisión de servicios de los señores regidores LUPE FLORENCIA SOLANO HUAYLINOS y ERNESTO ENRIQUE DELHONTE CAGNA del 08.11.15 al 13.11.15 para participar en el Encuentro Juvenil Internacional 2016, que se realizará en la ciudad de Flichtelberg - Alemania, de acuerdo a los considerandos del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- DISPONER que los gastos que se deriven del presente Acuerdo de Concejo serán financiados con cargo a los recursos propios, conforme al siguiente detalle:
Pasajes Aéreos Hasta US$3,000.00 Hasta US$3,000.00 Viáticos por 04 días US$2,160.00 US$2,160.00

Lupe Florencia Solano Huaylinos Ernesto Enrique Delhonte Cagna

Artículo Tercero.- DISPONER que dentro de los quince (15) días siguientes de concluida la comisión de servicios, los señores regidores LUPE FLORENCIA SOLANO HUAYLINOS y ERNESTO ENRIQUE DELHONTE CAGNA, deberán efectuar un informe al Concejo Municipal sobre los resultados del evento y las acciones que se deriven a favor de la Municipalidad de Jesús María; dentro del mismo plazo, deberán presentar la rendición de cuentas por los viáticos entregados, conforme a ley y en coordinación con la Gerencia Municipal.

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