Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2015 (18/10/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Domingo 18 de octubre de 2015

NORMAS LEGALES

564073

acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, conforme a lo dispuesto por el artículo 10° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones
DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE CERTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES - COMPRENDIDOS LOS DÍAS DEL 18 AL 25 DE OCTUBRE DE 2015 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES N° 395-2015-MTC/12.07 Y N° 551-2015-MTC/12.07 ORDEN DE VIÁTICOS RECIBOS DE INICIO FIN SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE INSPECCIÓN Nº (US$) ACOTACIÓN Nºs Inspección Técnica de Estación de Base a las instalaciones MOTOR SICH Vilchez Gomez, Kiev y del Fabricante/Diseñador del 752-2015-MTC/12.07 18-oct 25-oct US$ 1,820.00 Ucrania 21980-21984-7307 S.A Ulises Zaporozhye helicóptero modelo Mi-8MSB, por el proceso de certificación de Estación Inspección Técnica de Estación de Base a las instalaciones MOTOR SICH Ure Pachas, Kiev y del Fabricante/Diseñador del 753-2015-MTC/12.07 18-oct 25-oct US$ 1,820.00 Ucrania 21980-21984-7307 S.A Alfredo Julio Zaporozhye helicóptero modelo Mi-8MSB, por el proceso de certificación de Estación

1300126-1

Otorgan a Helicopteros del Sur S.A. HELISUR, la renovación y modificación de su permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo especial
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 415-2015-MTC/12 Lima, 18 de setiembre de 2015 Vista la solicitud de la compañía HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR, sobre Renovación y Modificación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 278-2011MTC/12 del 15 de agosto del 2011 se otorgó a la compañía HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo Especial, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 29 de setiembre del 2011 hasta el 29 de setiembre del 2015; Que, la compañía HELICOPTEROS DEL SUR S.A. ­ HELISUR cuenta con el Certificado de Explotador Nº 034 expedido el 19 de diciembre del 2012 expedido bajo las Regulaciones Aéreas Peruanas ­ RAP 119NE y RAP 135NE; Que, mediante Documento de Registro Nº 2015028771 del 12 de mayo del 2015, Documento de Registro Nº 2015-028771-A del 12 de junio del 2015 y Documento de Registro Nº 2015-028771-B del 24 de junio del 2015 la compañía HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR solicitó la Renovación de su Permiso de Operación bajo las mismas condiciones y Modificación en el sentido de incrementar zonas de operación, precisar material aeronáutico, base y sub bases de operación; Que, según los términos del Memorando Nº 8652015-MTC/12.LEG emitido por la abogada de la DGAC, Memorando Nº 122-2015-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias, Memorando Nº 2492015-MTC/12.07.CER emitido por el Coordinador Técnico de Certificaciones e Informe Nº 391-2015-MTC/12.07 emitido por el Director de Certificaciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del Artículo 6 de la Ley 27444 ­ Ley del

Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modificatorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, el Artículo 177º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2001-AG establece que las autorizaciones o permisos que posibiliten el uso de la vía de comunicación aérea al interior de áreas naturales protegidas, deben contar con la opinión técnica previa favorable del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas ­ SERNANP para su extensión y otorgamiento; Que, con Oficio Nº 485-2015-MTC/12.07 del 12 de mayo del 2015, precisado con Oficio Nº 650-2015MTC/12.07 del 19 de junio del 2015, se solicitó al Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado ­ SERNANP informe sobre la compatibilidad de las zonas de operación solicitadas por la compañía, siendo contestado favorablemente mediante Oficio Nº 1208-2015-SERNANP-DGANP del 24 de agosto del 2015; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del Artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía HELICOPTEROS DEL SUR S.A. - HELISUR, la Renovación y Modificación

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.