Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2015 (28/10/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

Miércoles 28 de octubre de 2015 /

El Peruano

AGRICULTURA Y RIEGO
Modifican el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes, aprobado por R.M. N° 0051-2015-MINAGRI
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0530-2015-MINAGRI Lima, 23 de octubre de 2015 VISTO: El Oficio Nº 0238/2015-MINAGRI-PEBPT-DE del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes, sobre modificación del Manual de Operaciones del citado Proyecto Especial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 0051-2015-MINAGRI, se aprobó el Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes (PEBPT), en adelante el MO del PEBPT, que constituye el documento técnico normativo de gestión institucional que establece la naturaleza, objetivos, ámbito de intervención, dependencias, funciones, estructura orgánica y principales procesos del PEBPT; Que, mediante el documento del Visto, el Director Ejecutivo del PEBPT propone la modificación del artículo 21 del MO del PEBPT, a efectos que se considere en la relación de puestos del citado Proyecto Especial, a veintinueve (29) trabajadores reincorporados por mandato judicial con autoridad de cosa juzgada; Que, con el Oficio N° 2268-2015-MINAGRI-PP, la Procuraduría Pública del Ministerio de Agricultura y Riego MINAGRI, indica que los procesos judiciales relacionados a veintinueve (29) trabajadores se encuentran en calidad de cosa juzgada, acompañando las sentencias de primera y segunda instancia, resolución que dispone el cumplimiento de las sentencias consentidas y acta de reincorporación; Que, mediante Memorándum N° 1082/2015-MINAGRISG-OGGRH, la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del MINAGRI, señala que de la revisión y comprobación de la relación de puestos, con las correcciones y ampliaciones necesarias, la propuesta alcanzada por el PEBPT se ajusta a la realidad y al ordenamiento legal, dando la conformidad a la misma; Que, por otro lado, la Séptima Disposición Final de la Directiva Nº 007-2015-CG-PROCAL, "Directiva de los Órganos de Control Institucional", aprobada por Resolución de Contraloría Nº 163-2015-CG, de fecha 21 de abril de 2015, señala que "Las entidades que cuenten con un OCI deben realizar las modificaciones en sus documentos de gestión institucional conforme a las funciones establecidas en la presente Directiva"; Que, mediante Informe Técnico N° 042-2015-MINAGRI-ODOM/OGPP, la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINAGRI, en adelante el Informe Técnico, señala, entre otros, que por Oficio N° 01118-2015-CG/DOCI, de fecha 13 de julio de 2015, el Departamento de Gestión de Órganos de Control Institucional de la Contraloría General de la República, emite su conformidad a la propuesta alcanzada por el MINAGRI sobre las funciones que tendrán los Órganos de Control Institucional de los Programas y Proyectos Especiales, concluyendo el Informe Técnico que es necesario modificar el artículo 11 del MO del PEBPT, a fin de adecuar las funciones del Órgano de Control Institucional de dicho Proyecto Especial a la Directiva mencionada; Que, de otro lado, el artículo 8 del Reglamento para la venta de terrenos en el ámbito de los proyectos especiales hidroenergéticos y/o de irrigación - Leyes Nº 27887 y Nº 28042, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-VIVIENDA, modificado por los Decretos

Supremos Nros. 010-2004-VIVIENDA y 007-2012-AG, establece que dentro de cada Proyecto Especial se constituirá una Comisión de Adjudicación, encargada de procesar las adjudicaciones a los solicitantes, cuya presidencia la ejercerá el Gerente o Director Ejecutivo del Proyecto Especial; Que, al respecto, el Informe Técnico indica que a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el considerando precedente, resulta necesario incorporar nuevas funciones a la Dirección Ejecutiva del PEBPT, modificándose el artículo 10 del MO del PEBPT; Que, estando a la opinión favorable emitida por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del MINAGRI, en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0302-2011-AG, de fecha 21 de julio de 2011, que aprueba disposiciones para la aprobación de Manuales de Operaciones de los Programas y Proyectos Especiales adscritos al Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, es necesario aprobar la modificación del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modificar e incorporar, según el caso, los literales t) y u) en el artículo 10, el artículo 11 y el artículo 21, respectivamente, del Manual de Operaciones del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes, aprobado por Resolución Ministerial N° 0051-2015-MINAGRI, los mismos que quedarán redactados en los siguientes términos: "Artículo 10.- De la Dirección Ejecutiva (...) Son funciones de la Dirección Ejecutiva, ámbito de competencia y de las disposiciones emitidas por el Ministerio, según corresponda, las siguientes: t) Presidir la Comisión de Adjudicación, encargada de procesar las adjudicaciones conforme a la normatividad vigente; u) Las demás funciones que le encomiende la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura y Riego, en el marco de sus competencias". "Artículo 11.- Del Órgano de Control Institucional El Órgano de Control Institucional - OCI es el órgano conformante del Sistema Nacional de Control - SNC, cuya finalidad es llevar a cabo el control gubernamental del PEBPT, promoviendo la correcta y transparente gestión de los recursos y bienes de la entidad, cautelando la legalidad y eficiencia de sus actos y operaciones; así como el logro de sus resultados, mediante la ejecución de los servicios de control (simultáneo y posterior) y servicios relacionados, con sujeción a los principios enunciados en el artículo 9 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Depende funcional y administrativamente de la Contraloría General de la República - CGR; coordina con la Dirección Ejecutiva del PEBPT, y el Órgano de Control Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego. Hace de conocimiento de (del) (la) Director(a) Ejecutivo(a) los resultados y requerimientos de las labores de control, inherentes al ámbito de su competencia. Son funciones del Órgano de Control Institucional las siguientes: a) Formular en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la Contraloría General de la República (CGR), el Plan Anual de Control, de acuerdo a las disposiciones que sobre la materia emita la CGR. b) Formular y proponer a la entidad, el presupuesto anual del OCI para su aprobación correspondiente. c) Ejercer el control interno simultáneo y posterior conforme a las disposiciones establecidas en las Normas

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