Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2015 (28/10/2015)
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TEXTO DE LA PÁGINA 22
564792
NSA: S-60932704 Empleada Civil FAP NSA: C-71347807 DNI: 41576191 FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN DNI: 44934122
NORMAS LEGALES
Hostess
Miércoles 28 de octubre de 2015 /
El Peruano
Artículo 2º.- La participación de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la Tripulación Principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 370.00 x 01 día x10 personas Total a Pagar = US $ 3,700.00 --------------------= US $ 3,700.00
- Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015 que determina la jerarquía y uso de normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el señor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 45XR FAP 526, que trasladará al Presidente de la República y su Comitiva a la ciudad de Medellín República de Colombia, el 30 de octubre de 2015: AERONAVE LEAR JET 45XR FAP 526 TRIPULACIÓN PRINCIPAL Coronel FAP JAIME OSCAR EYZAGUIRRE BROU Piloto NSA: O-9474383 DNI: 43637658 Comandante FAP CARLOS MANUEL VARGAS CERNA Piloto NSA: O-9625893 DNI: 43357130 Suboficial de 1ra. FAP HENRY FRANCISCO LLAGUENTO PAICO Mecánico Abordo NSA: S-60924802 DNI: 41338103 TRIPULACIÓN ALTERNA Mayor FAP JIMMY OSWALDO RIOS TAVARA NSA: O-9664497 DNI: 10863814 Técnico Inspector FAP JORGE UGAZ VILELA NSA: S-60564988 DNI: 08374709
Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1304737-3 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 454-2015-DE/FAP Lima, 27 de octubre de 2015 Visto el Oficio NC-55-COA3-N° 2522 de fecha 27 de octubre de 2015 del Comandante de Operaciones de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación principal y alterna de la aeronave Lear Jet 45XR FAP 526, que trasladará al señor Presidente de la República y su Comitiva, a la ciudad de Medellín República de Colombia, el 30 de octubre de 2015; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley N° 27619
Piloto Mecánico Abordo
Artículo 2º.- La participación de la aeronave alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la aeronave principal y la participación de la tripulación alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la tripulación principal. Artículo 3º.-El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2015, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 370.00 x 01 díax03 personas Total a Pagar = US $ 1,110.00 = US $ 1,110.00
Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5º.-El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 6º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.