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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE OCTUBRE DEL AÑO 2015 (28/10/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 11

564781 NORMAS LEGALES Miércoles 28 de octubre de 2015 El Peruano / Generales de Control Gubernamental y demás normas emitidas por la CGR. d) Ejecutar los servicios de control y servicios relacionados con sujeción a las Normas Generales de Control Gubernamental y demás disposiciones emitidas por la CGR. e) Cautelar el debido cumplimiento de las normas de control y el nivel apropiado de los procesos y productos a cargo del OCI en todas sus etapas y de acuerdo a los estándares establecidos por la CGR. f) Comunicar oportunamente los resultados de los servicios de control a la CGR para su revisión de ofi cio, de corresponder, luego de lo cual debe remitirlos al Titular de la entidad, y a los órganos competentes de acuerdo a ley; conforme a las disposiciones emitidas por la CGR. g) Comunicar los resultados de los servicios relacionados, conforme a las disposiciones emitidas por la CGR. h) Actuar de ofi cio cuando en los actos y operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de falsifi cación de documentos, debiendo informar al Ministerio Público o al Titular, según corresponda, bajo responsabilidad, para que se adopten las medidas pertinentes, previamente a efectuar la coordinación con la unidad orgánica de la CGR bajo cuyo ámbito se encuentra el OCI. i) Elaborar la Carpeta de Control y remitirla a las unidades orgánicas competentes de la CGR para la comunicación de hechos evidenciados durante el desarrollo de servicios de control posterior al Ministerio Público conforme a las disposiciones emitidas por la CGR. j) Orientar, recibir, derivar o atender las denuncias, otorgándole el trámite que corresponda de conformidad con las disposiciones del Sistema Nacional de Atención de Denuncias o de la CGR sobre la materia. k) Realizar el seguimiento a las acciones que la entidad disponga para la implementación efectiva y oportuna de las recomendaciones formuladas en los resultados de los servicios de control, de conformidad con las disposiciones emitidas por la CGR. l) Apoyar a las Comisiones Auditoras que designe la CGR para la realización de los servicios de control en el ámbito de la entidad en la cual se encuentra el OCI, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad operativa. Asimismo, el Jefe y el personal del OCI deben prestar apoyo, por razones operativas o de especialidad y por disposición expresa de las unidades orgánicas de línea u órganos desconcentrados de la CGR, en otros servicios de control y servicios relacionados fuera del ámbito de la entidad. El Jefe del OCI, debe dejar constancia de tal situación para efectos de la evaluación del desempeño, toda vez que dicho apoyo impactará en el cumplimiento de su Plan Anual de Control. m) Cumplir diligente y oportunamente, de acuerdo a la disponibilidad de su capacidad operativa, con los encargos y requerimientos que le formule la CGR. n) Cautelar que la publicidad de los resultados de los servicios de control y servicios relacionados se realicen de conformidad con las disposiciones emitidas por la CGR. o) Cautelar que cualquier modifi cación al Cuadro de Puestos, al presupuesto asignado o al MO u otros documentos de gestión que los complementen o reemplacen, en lo relativo al OCI, se realice de conformidad a las disposiciones de la materia y las emitidas por la CGR. p) Promover la capacitación, el entrenamiento profesional y desarrollo de competencias del Jefe y personal del OCI a través de la Escuela Nacional de Control o de otras instituciones educativas superiores nacionales o extranjeras. q) Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la CGR durante diez (10) años los informes de auditoría, documentación de auditoría o papeles de trabajo, denuncias recibidas y en general cualquier documento relativo a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigentes para el sector público. r) Efectuar el registro y actualización oportuna, integral y real de la información en los aplicativos informáticos de la CGR. s) Mantener en reserva y confi dencialidad la información y resultados obtenidos en el ejercicio de sus funciones. t) Promover y evaluar la implementación y mantenimiento del Sistema de Control Interno por parte de la entidad. u) Presidir la Comisión Especial de Cautela en la auditoría fi nanciera gubernamental de acuerdo a las disposiciones que emita la CGR. v) Otras que establezca la CGR”. “Artículo 21.- Relación de Puestos El PEBPT tiene la siguiente Relación de Puestos, con la fi nalidad de cumplir con sus objetivos: N° Órgano del PEBPT Denominación del Puesto Propuesto Número de Puestos Observaciones ÓRGANO DE DIRECCIÓN Dirección Ejecutiva 1 Director Ejecutivo 1 Designado por el Ministro de Agricultura y Riego 2 Secretaria - A 1 3 Auxiliar Administrativo - A 1 4 Especialista Administrativo - B 1 5 Técnico Administrativo - A 1 6 Chofer - B 1 ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Órgano de Control Institucional 7 Jefe 1 Designado por la Contraloría General de la República 8 Auditor Financiero - B 1 9 Especialista Legal - D 1 10 Secretaria - B 1 ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO Ofi cina de Programación, Presupuesto y Seguimiento 11 Director 1 X 12 Supervisor de Programación - D2 1 13 Especialista Administrativo - A 1 14 Especialista Administrativo - A 1 15 Especialista en Infraestructura - B 1 16 Especialista en Infraestructura - B 1 17 Secretaria - A 1 18 Secretaria - A 1 19 Chofer - A 1 Ofi cina de Asesoría Legal 20 Director 1 X 21 Especialista Legal - A 1 22 Especialista Legal - A 1 23 Especialista Legal - B 1 24 Técnico Administrativo - A 1 25 Asistente Legal - B 1 26 Secretaria - B 1 ÓRGANO DE APOYO Ofi cina de Administración 27 Director 1 X 28 Especialista Administrativo - A 1 29 Especialista Administrativo - A 1 30 Especialista Administrativo - A 1 31 Especialista Administrativo - A 1 32 Especialista Administrativo - A 1 33 Especialista Administrativo - A 1