Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2015 (27/09/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Domingo 27 de setiembre de 2015
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA / MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES NACIONALES UNIVERSIDAD NACIONAL TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA DE AMAZONAS UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE CHOTA UNIVERSIDAD NACIONAL DE FRONTERA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL FABIOLA SALAZAR LEGUIA DE BAGUA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE LA SELVA CENTRAL JUAN SANTOS ATAHUALPA UNIVERSIDAD NACIONAL INTERCULTURAL DE QUILLABAMBA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA ALTOANDINA DE TARMA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE HUANTA UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE SAN JUAN DE LURIGANCHO UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE TAYACAJA DANIEL HERNÁNDEZ MORILLO UNIVERSIDAD NACIONAL CIRO ALEGRIA

NORMAS LEGALES
ÍNDICE

562439

ENERGIA Y MINAS
Imponen con carácter forzoso a favor de concesión definitiva de transmisión de energía eléctrica de la que es titular Minera Bateas S.A.C. la servidumbre permanente de electroducto para nueva línea de transmisión
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 413-2015-MEM/DM Lima, 17 de setiembre de 2015 VISTO: El Expediente Nº 21232114 presentado por Minera Bateas S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida Nº 11749707 del Registro de Personas Jurídicas de la Oficina Registral de Lima, sobre solicitud de imposición de la servidumbre de electroducto para la nueva Línea de Transmisión en 15 kV S.E. Caylloma ­ S.E. Casa de Fuerza Bateas (Huayllacho); CONSIDERANDO:

0.0000000025

0.0011290799 0.0000080968 0.0000000025

0.0033853042

0.0014135956 0.0033853042 0.0005731798 0.0000515292

0.0004701052

0.0018327553

1292751-1

Que, Minera Bateas S.A.C., titular de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la nueva Línea de Transmisión en 15 kV S.E. Caylloma ­ S.E. Casa de Fuerza Bateas (Huayllacho), en mérito de la Resolución Suprema Nº 038-2014-EM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 04 de junio de 2014, de conformidad con los artículos 110 y 111 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, solicitó la imposición de servidumbre de electroducto para dicha línea de transmisión, ubicada

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