Norma Legal Oficial del día 03 de abril del año 2016 (03/04/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 3 de abril de 2016

NORMAS LEGALES

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k) Aresio Crispolo Castillo Mamani, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Lago Titicaca, como representante titular. Hernán Javier Cruz Cruz, como representante alterno. l) Segundo Víctor Soto Vásquez, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Desarrollo Integral de la Cuenca del Río Putumayo, como representante titular. William Pablo Soria Ruíz, como representante alterno. m) Víctor Augusto Sayán Gianella, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jequetepeque Zaña. Eduardo Alberto Jáuregui León, como representante alterno. n) Yordan Américo Baldoceda Ponce, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Sierra Centro Sur, como representante titular. César Hernán Manrique Perlacios, como representante alterno. o) Werner Cabrera Campos, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Jaén San Ignacio Bagua, como representante titular. Jaime Chávez Pérez, como representante alterno. p) Roy Roger Cruz Domínguez, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Alto Huallaga, como representante titular. Jonell Ponce Ibarra, como representante alterno. q) Efraín Cáceres Palomino, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Pichis Palcazu, como representante titular. Gregorio Romel Moreno Trejo, como representante alterno. r) Nahum Teófilo Terán Ayay, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Datem del Marañón ­ Amazonas ­ Loreto ­ Condorcanqui ­ PEDAMAALC, como representante titular. Mario Alberto Vásquez Pinedo, como representante alterno. s) Orlando Fidel Sulca Castilla, Director Ejecutivo del Proyecto Especial de Desarrollo del Valle de los Ríos Apurímac, Ene y Mantaro ­ PROVRAEM, como representante titular. Javier Morales Salazar, como representante alterno. Los integrantes de la Comisión de Transferencia de Gestión, ejercen sus funciones ad honorem. Asimismo, esta Comisión forma parte de la Comisión de Transferencia de Gestión, de conformidad a los lineamientos aprobados por la Contraloría General de la República, contemplados en la Directiva N° 0032016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría N° 088-2016-CG, sin perjuicio de lo establecido en el Decreto Supremo N° 022-2016-PCM, que aprueba los Lineamientos que regulan la Transferencia de Gobierno por parte de los Ministerios y Entidades Públicas del Poder Ejecutivo. Artículo 3.- Funciones de la Comisión de Transferencia La Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), tiene las funciones siguientes: a) Realizar las coordinaciones necesarias a fin de elaborar oportunamente el Informe de Transferencia de Gestión. b) Elaborar la Memoria Sectorial. c) Requerir, coordinar y exigir a cada órgano y/o unidad orgánica dentro del ámbito de competencia, la elaboración de los informes en los cuales se detalle el estado de la gestión durante el período comprendido de Julio 2011 a Julio 2016. d) Recopilar los Informes para la Transferencia de Gestión de las entidades adscritas al Sector, que tienen la calidad de Pliego, para su incorporación al Informe Sectorial para la Transferencia de Gestión. e) Organizar un file en el que se anotará el nombre y apellidos de las personas designadas por la Autoridad

Entrante para la Transferencia de Gestión, actas de reuniones, coordinaciones e información suministrada, remitiendo e informando al Titular de la Entidad y Secretario General Saliente. f) Coordinar, supervisar y verificar que los archivos documentarios, expedientes, dispositivos legales y bienes asignados, estén debidamente ordenados, clasificados e inventariados, para su entrega a la Autoridad Entrante. g) Supervisar el Acta de Transferencia y convocar al Órgano de Control Institucional del Ministerio para tal efecto. h) Coordinar el proceso de Transferencia de Gestión con las Autoridades Entrantes del período 2016-2021, así como todas las acciones que sean necesarias con las Comisiones de Transferencias conformadas por las Entidades adscritas (Pliegos) del Ministerio de Agricultura y Riego. i) Efectuar las acciones y gestiones respectivas conforme a las disposiciones establecidas en la Directiva N° 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría N° 088-2016-CG, y aquellos lineamientos que apruebe el Poder Ejecutivo para la transferencia de gestión del Sector. j) Elaborar el Informe para la Transferencia de Gestión del Ministerio, de conformidad a los lineamientos aprobados por la Contraloría General de la República, contemplados en la Directiva N° 003-2016-CG/GPROD "Lineamientos Preventivos para la Transferencia de Gestión de las Entidades del Gobierno Nacional", aprobada por Resolución de Contraloría N° 088-2016-CG, consolidando la información y documentación presentadas por los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Agricultura y Riego. k) Otras que sean dispuestas por el Titular de la Entidad Saliente. Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica de la Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), será ejercida por el señor abogado Steven Enrique Rodríguez Bendezú, en calidad de Secretario Técnico (titular) y por el señor abogado Axel Víctor Juárez Quispe, en calidad de Secretario Técnico (alterno), ambos Profesionales de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Agricultura y Riego. Artículo 5.- Instalación de la Comisión de Transferencia La Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), se instalará en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 6.- De la colaboración, asesoramiento y asistencia técnica Para el desarrollo de sus actividades y cumplimiento cabal y oportuno de sus funciones, la Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de Gobierno del Ministerio de Agricultura y Riego" (período 2011-2016), podrá solicitar la colaboración, asesoramiento y asistencia técnica de los órganos, unidades orgánicas, programas, proyectos especiales y organismos públicos adscritos del Ministerio de Agricultura y Riego, quedando estos obligados a brindar y atender los requerimientos que se les formule, en el marco de lo dispuesto por la presente Resolución. Artículo 7.- Informe Final La Comisión de Transferencia de Gobierno denominado "Grupo de Trabajo para la Transferencia de

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